Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-25775)
Resolución de 21 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Azucena New Energy, SL, la declaración, en concreto, de utilidad pública para la instalación fotovoltaica «Tordesillas Solar PV», de 286,910 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en San Román de Hornija, Pedrosa del Rey, Villalar de los Comuneros, Bercero, Torrecilla de la Abadesa y Tordesillas (Valladolid).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 10 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 168254
ante dicho organismo por la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o
servicios de su competencia. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, el
cual expresa su conformidad con la misma.
Se ha recibido contestación de la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla
y León Occidental del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, en la que indica
su conformidad siempre que el reconocimiento de utilidad pública que se está tramitando
tenga carácter positivo. Por otro lado, establece condicionados técnicos y, en su caso, la
necesidad de solicitar autorización ante dicho organismo por la ocupación o el
cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de su competencia. Posteriormente,
el promotor ha manifestado su conformidad con el condicionado.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Patrimonio Natural y Política
Forestal de la Junta de Castilla y León, en la que solicita un documento de síntesis
donde se resuman los cambios introducidos en el proyecto. Se ha dado trasladado al
promotor, el cual aporta tabla comparativa donde se incluyen los cambios introducidos
durante la tramitación del expediente. Se da traslado al organismo de dicha respuesta
para que muestre su conformidad o reparos, no habiéndose recibido contestación alguna
en el plazo reglamentario, se entiende la conformidad del mismo en virtud de lo
dispuesto en el artículo 146.2 del referido Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Preguntados el Ayuntamiento de San Román de Hornija, el Ayuntamiento de
Pedrosa del Rey, el Ayuntamiento de Villalar de los Comuneros, el Ayuntamiento de
Torrecilla de la Abadesa, el Ayuntamiento de Bercero, el Ayuntamiento de Tordesillas, la
Diputación Provincial de Valladolid, la Confederación Hidrográfica del Duero, la Junta de
Castilla y León-Servicios Centrales, el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible,
el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Democrático, I-DE Redes Eléctricas
Inteligentes, SAU (Grupo Iberdrola), el Servicio Territorial de Agricultura, Ganadería y
Desarrollo Rural de la Junta de Castilla y León y Telefónica Móviles España, SAU, no se
recibió contestación por su parte, por lo que se entiende la conformidad en virtud de lo
dispuesto en el artículo 146.1 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
La petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo previsto en el
referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con la publicación el 18 de julio
de 2024 en el «Boletín Oficial del Estado» y el 25 de julio de 2024 en el Boletín Oficial de
la Provincia de Valladolid. Además, el anuncio fue publicado en el diario «El Norte de
Castilla» del día 25 de julio de 2024 y remitido a los Ayuntamientos de San Román de
Hornija, Pedrosa del Rey, Villalar de los Comuneros, Bercero, Torrecilla de la Abadesa y
Tordesillas, para su exposición pública. No se han recibido alegaciones al trámite de
información pública en el plazo previsto.
El Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Valladolid emitió
informe en fecha 4 de octubre de 2024.
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico reconoce la libre iniciativa
empresarial para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía
eléctrica.
La citada autorización se va a conceder sin perjuicio de las concesiones y
autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio
ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables,
así como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para
la ejecución de la obra.
De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de resolución de
esta Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia del promotor, que ha
respondido al mismo manifestando su conformidad.
cve: BOE-A-2024-25775
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 297
Martes 10 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 168254
ante dicho organismo por la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o
servicios de su competencia. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, el
cual expresa su conformidad con la misma.
Se ha recibido contestación de la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla
y León Occidental del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, en la que indica
su conformidad siempre que el reconocimiento de utilidad pública que se está tramitando
tenga carácter positivo. Por otro lado, establece condicionados técnicos y, en su caso, la
necesidad de solicitar autorización ante dicho organismo por la ocupación o el
cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de su competencia. Posteriormente,
el promotor ha manifestado su conformidad con el condicionado.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Patrimonio Natural y Política
Forestal de la Junta de Castilla y León, en la que solicita un documento de síntesis
donde se resuman los cambios introducidos en el proyecto. Se ha dado trasladado al
promotor, el cual aporta tabla comparativa donde se incluyen los cambios introducidos
durante la tramitación del expediente. Se da traslado al organismo de dicha respuesta
para que muestre su conformidad o reparos, no habiéndose recibido contestación alguna
en el plazo reglamentario, se entiende la conformidad del mismo en virtud de lo
dispuesto en el artículo 146.2 del referido Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Preguntados el Ayuntamiento de San Román de Hornija, el Ayuntamiento de
Pedrosa del Rey, el Ayuntamiento de Villalar de los Comuneros, el Ayuntamiento de
Torrecilla de la Abadesa, el Ayuntamiento de Bercero, el Ayuntamiento de Tordesillas, la
Diputación Provincial de Valladolid, la Confederación Hidrográfica del Duero, la Junta de
Castilla y León-Servicios Centrales, el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible,
el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Democrático, I-DE Redes Eléctricas
Inteligentes, SAU (Grupo Iberdrola), el Servicio Territorial de Agricultura, Ganadería y
Desarrollo Rural de la Junta de Castilla y León y Telefónica Móviles España, SAU, no se
recibió contestación por su parte, por lo que se entiende la conformidad en virtud de lo
dispuesto en el artículo 146.1 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
La petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo previsto en el
referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con la publicación el 18 de julio
de 2024 en el «Boletín Oficial del Estado» y el 25 de julio de 2024 en el Boletín Oficial de
la Provincia de Valladolid. Además, el anuncio fue publicado en el diario «El Norte de
Castilla» del día 25 de julio de 2024 y remitido a los Ayuntamientos de San Román de
Hornija, Pedrosa del Rey, Villalar de los Comuneros, Bercero, Torrecilla de la Abadesa y
Tordesillas, para su exposición pública. No se han recibido alegaciones al trámite de
información pública en el plazo previsto.
El Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Valladolid emitió
informe en fecha 4 de octubre de 2024.
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico reconoce la libre iniciativa
empresarial para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía
eléctrica.
La citada autorización se va a conceder sin perjuicio de las concesiones y
autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio
ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables,
así como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para
la ejecución de la obra.
De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de resolución de
esta Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia del promotor, que ha
respondido al mismo manifestando su conformidad.
cve: BOE-A-2024-25775
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 297