Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal laboral. (BOE-A-2024-25714)
Resolución de 2 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se aprueba la relación provisional de personas admitidas y excluidas en el proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, como personal laboral fijo en los grupos profesionales M3, M2, M1, E2 y E1, sujetos al IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado, convocado por Resolución de 22 de julio de 2024.
<< 21 << Página 21
Página 22 Pág. 22
-
22 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 297

Martes 10 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 167992

cve: BOE-A-2024-25714
Verificable en https://www.boe.es

08. No cumplimentar la solicitud en el modelo oficial (790)
09. No aportar DNI, NIE o documento de identidad equivalente, y/o no consentir su
comprobación
10. Ser personal laboral fijo del mismo grupo profesional y especialidad para el
puesto al que opta.
11. No tener reconocida o en su caso, acreditada, la condición de carecer de rentas
superiores, en computo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
12. No tener reconocida, o no acreditada, en su caso, la condición de demandante
de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de publicación de la
reseña de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
13. No aportar/no cumplir la condición de familia numerosa que acredite exención
abono total o parcial de la tasa de derechos de examen, o habiendo consentido la
consulta de su condición de familia numerosa general o especial, no ha sido posible la
verificación de dicha condición en la Comunidad Autónoma indicada en la solicitud ni en
la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas.
14. No aportar certificado acreditativo de la condición de persona con un grado de
discapacidad igual o superior al 33 %, o el aportado no justifica el cumplimiento del
requisito para la exención de la tasa, o habiendo consentido la consulta de su condición
de discapacidad, no ha sido posible la verificación de dicha condición en la Comunidad
Autónoma indicada en la solicitud ni en la Plataforma de Intermediación de Datos de las
Administraciones Públicas.
15. No adjuntar dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de
valoración para adaptación de tiempo y/o medios en discapacidad igual o superior
al 33 %.
16. Optar por más de un turno de acceso, grupo o especialidad.
17. No consignar la especialidad a la que se opta en la solicitud.
18. No cumplir los requisitos exigidos en la convocatoria para presentarse a la
promoción interna: no ser personal laboral fijo
19. No cumplir los requisitos exigidos en la convocatoria para presentarse a la
promoción interna: no pertenecer como personal laboral fijo al grupo profesional
inmediatamente inferior.
20. No cumplir los requisitos exigidos en la convocatoria para presentarse a la
promoción interna: no haber prestado dos años de servicios efectivos en el grupo
profesional inmediatamente inferior.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X