Ministerio Del Interior. III. Otras disposiciones. Ayudas. (BOE-A-2024-25761)
Orden INT/1390/2024, de 5 de diciembre, por la que se aprueban los nuevos modelos normalizados para la solicitud de ayudas a la población afectada gravemente por una emergencia de protección civil, reconocidas en el Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes de respuesta ante los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 10 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 168154

La legitimación se encuentra en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, el Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, por el que se regulan las
subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de
emergencia o de naturaleza catastrófica, y se establece el procedimiento para su
concesión, el Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, Real Decreto-Ley 7/2024,
de 11 de noviembre, y el Real Decreto-Ley 8/2024, de 28 de noviembre.
Destinatarios: Usuarios de la Base Nacional de Subvenciones.
Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de
sus datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de
decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos,
cuando procedan, en la dirección de correo electrónico https://www.interior.gob.es/
opencms/es/servicios-al-ciudadano/participacion-ciudadana/proteccion-de-datospersonales/tutela-de-los-derechos/
o en la dirección de correo electrónico: subsecretaria.dpd@interior.es.
INSTRUCCIONES DE CUMPLIMENTACIÓN DEL MODELO DE CONSENTIMIENTO
EXPRESO
Para la cumplimentación y tramitación del consentimiento expreso del/la interesado/a
para su identificación y autenticación por personal funcionario público habilitado en base
a la representación otorgada por Real Decreto-ley 8/2024, de 28 de noviembre, la
persona designada como representante, se atenderán las siguientes instrucciones:
– Se cumplimentará un ejemplar por la actuación electrónica que el/la interesado/a
desee realizar a través del personal funcionario habilitado, consignando, en cada caso,
todos los datos que se requieren en el modelo de formulario.
– Al efectuar la actuación, el personal funcionario habilitado presentará a el/la
interesado/a copia impresa de la cumplimentación de datos en el sistema de información
que dé soporte al mismo, para que éste dé su conformidad, mediante su firma en el
impreso, antes de proceder a completar la actuación.
– El personal funcionario habilitado entregará al/la interesado/a una copia del
documento cumplimentado y firmado por ambas partes.
– El personal funcionario habilitado incluirá una copia del documento cumplimentado
y firmado por ambas partes en el expediente administrativo.

cve: BOE-A-2024-25761
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Núm. 297