Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto DemográficoV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2024-45266)
Anuncio de la Dirección General de la Costa y el Mar, en procedimiento de rectificación del deslinde aprobado por la O.M. de 3 de diciembre 2024, en el tramo de unos 582 m, comprendido entre los vértices M-95 al M-113 del deslinde en el término municipal de Avilés, aprobado por O.M. de 16 de noviembre de 2010, al objeto de excluir del mismo los terrenos desafectados por Orden del Ministerio de Hacienda y Función Pública, de fecha 7 de diciembre de 2023. Refª. DES01/08/33/0001-DES04/01.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 297

Martes 10 de diciembre de 2024

Sec. V-B. Pág. 70775

en el expediente, examinar el plano de la delimitación provisional o formular
alegaciones.
IV) Con fecha 23 de mayo de 2024 se notificó a los interesados y se solicitó el
informe preceptivo al Principado de Asturias y al Ayuntamiento de Avilés.
Los organismos consultados no emitieron el informe solicitado por lo que,
transcurrido el plazo de un mes se entendió el informe respectivo emitido con
carácter favorable de acuerdo con lo previsto en el artículo 21.2.b del Reglamento
General de Costas.
V) Con fecha 11 de septiembre de 2024, la Demarcación de Costas en Asturias
remitió el expediente, indicando que no se habían producido alegaciones durante
el plazo establecido al efecto.
VI) Previa autorización de fecha 17 de septiembre de 2024 de la Dirección
General de la Costa y el Mar, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 82
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, se otorgó un período de audiencia a los interesados,
para examinar el expediente y presentar, los escritos, documentos y pruebas que
estimasen convenientes.
VII) Con fecha 4 de noviembre de 2024, la Demarcación de Costas en Asturias
remitió el resultado del trámite de audiencia, transcurrido el cual no se recibieron
alegaciones.
CONSIDERACIONES:
1) Examinado el expediente se considera correcta la tramitación del mismo y
conforme con lo dispuesto en la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas y en el
Reglamento General de Costas aprobado por R.D. 876/2014, de 10 de octubre.
Así, el artículo 27.1 c) del Reglamento General de Costas establece lo
siguiente:
"En los supuestos de incorporación de terrenos previstos en los apartados 7 y
8 del artículo 5 de este reglamento y en los de desafectación recogidos en el
artículo 38 de este reglamento, no será necesario tramitar un nuevo deslinde, sino
que será suficiente con rectificar el deslinde existente con información pública y
solicitud de informes al Ayuntamiento y la comunidad autónoma, de forma que se
adapte la línea definitoria del dominio público marítimo-terrestre al resultado de
tales mutaciones demaniales".

Por todo lo anterior,
ESTA DIRECCIÓN GENERAL, POR DELEGACIÓN DE LA MINISTRA, HA
RESUELTO:
Aprobar la rectificación, en el tramo de unos 582 m, comprendido entre los
vértices M-95 al M-113 del deslinde en el término municipal de Avilés, aprobado
por O.M. de 16 de noviembre de 2010, al objeto de excluir del mismo los terrenos

cve: BOE-B-2024-45266
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2) Los terrenos que conforman la parcela comprendida entre los vértices M-95
al M-113, según el deslinde aprobado por O.M. de 16 de noviembre de 2010, han
sido desafectados del dominio público marítimo-terrestre mediante O.M. del
Ministerio de Hacienda y Función Pública, de fecha 7 de diciembre de 2023.