Ministerio de Hacienda. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo de Arquitectos Técnicos al servicio de la Hacienda Pública. (BOE-A-2024-25605)
Resolución de 29 de noviembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para acceso, por promoción interna, en el Cuerpo de Arquitectos Técnicos al servicio de la Hacienda Pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 296
Lunes 9 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 167209
posible en la realización de los ejercicios que componen la fase de oposición del proceso
selectivo.
Asimismo, se habilita al Tribunal calificador para establecer la forma y procedimientos
a seguir en el uso de medios electrónicos o telemáticos, incluidos los audiovisuales, para
el desarrollo de las pruebas o de alguna de sus fases, así como para la digitalización,
cifrado, almacenamiento y custodia, por medios electrónicos, de los exámenes
realizados por escrito que así lo requieran, garantizando en todo momento el secreto de
aquellos hasta su apertura y lectura pública por las personas aspirantes.
7.7 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede
en el Ministerio de Hacienda, Subdirección General de Recursos Humanos, calle Alcalá,
número 9, planta 4.ª de Madrid, teléfonos 91 595 89 33 / 91 595 87 22 / 91 595 87 83,
dirección de correo electrónico: oposiciones.funcionarios@hacienda.gob.es.
8.
Desarrollo del proceso selectivo
El orden de actuación de las personas aspirantes en la fase de oposición se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra «V», según lo establecido en la Resolución
de 25 de julio de 2024 (BOE del día 31 de julio), de la Secretaría de Estado de Función
Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento
General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.
En el supuesto de que no exista ninguna persona aspirante cuyo primer apellido
comience por la letra «V», el orden de actuación se iniciará por aquellas cuyo primer
apellido comience por la letra inmediata siguiente en el abecedario y así sucesivamente.
9.
Norma final
Madrid, 29 de noviembre de 2024.–La Subsecretaria de Hacienda, Lidia Sánchez
Milán.
cve: BOE-A-2024-25605
Verificable en https://www.boe.es
Al presente proceso selectivo le será de aplicación el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, el Libro Segundo del Real Decreto-ley 6/2023,
de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia,
función pública, régimen local y mecenazgo, el resto de la legislación vigente en la
materia y lo dispuesto en la presente resolución.
Contra la presente resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante la Subsecretaria de Hacienda, en el plazo de un mes desde su
publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde
su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa,
significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se
haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las
resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Núm. 296
Lunes 9 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 167209
posible en la realización de los ejercicios que componen la fase de oposición del proceso
selectivo.
Asimismo, se habilita al Tribunal calificador para establecer la forma y procedimientos
a seguir en el uso de medios electrónicos o telemáticos, incluidos los audiovisuales, para
el desarrollo de las pruebas o de alguna de sus fases, así como para la digitalización,
cifrado, almacenamiento y custodia, por medios electrónicos, de los exámenes
realizados por escrito que así lo requieran, garantizando en todo momento el secreto de
aquellos hasta su apertura y lectura pública por las personas aspirantes.
7.7 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede
en el Ministerio de Hacienda, Subdirección General de Recursos Humanos, calle Alcalá,
número 9, planta 4.ª de Madrid, teléfonos 91 595 89 33 / 91 595 87 22 / 91 595 87 83,
dirección de correo electrónico: oposiciones.funcionarios@hacienda.gob.es.
8.
Desarrollo del proceso selectivo
El orden de actuación de las personas aspirantes en la fase de oposición se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra «V», según lo establecido en la Resolución
de 25 de julio de 2024 (BOE del día 31 de julio), de la Secretaría de Estado de Función
Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento
General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.
En el supuesto de que no exista ninguna persona aspirante cuyo primer apellido
comience por la letra «V», el orden de actuación se iniciará por aquellas cuyo primer
apellido comience por la letra inmediata siguiente en el abecedario y así sucesivamente.
9.
Norma final
Madrid, 29 de noviembre de 2024.–La Subsecretaria de Hacienda, Lidia Sánchez
Milán.
cve: BOE-A-2024-25605
Verificable en https://www.boe.es
Al presente proceso selectivo le será de aplicación el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, el Libro Segundo del Real Decreto-ley 6/2023,
de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia,
función pública, régimen local y mecenazgo, el resto de la legislación vigente en la
materia y lo dispuesto en la presente resolución.
Contra la presente resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante la Subsecretaria de Hacienda, en el plazo de un mes desde su
publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde
su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa,
significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se
haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las
resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.