Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-25624)
Resolución de 25 de noviembre de 2024, de la Universidad Politécnica de Cataluña, por la que se convoca concurso para la provisión puesto de trabajo de personal laboral.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 296

Lunes 9 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 167425

Los mismos términos se aplicarán para con las personas que no hayan sido
declaradas exentas de realizar las pruebas de conocimientos de catalán, que dispondrán
del mismo plazo para mejorar o subsanar la solicitud en relación a este punto.
4.3 Una vez finalizado el plazo para subsanar los defectos o mejorar las solicitudes,
se aprobará y publicará la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, con
indicación de los motivos de exclusión, y se aprobará y publicará la lista definitiva de las
personas candidatas admitidas definitivamente que hayan acreditado los conocimientos
de catalán y de aquellas que deban realizar la prueba.
4.4 Asimismo, se publicará la composición nominal de los órganos de selección
para que sea posible el ejercicio de los derechos de abstención y recusación.
4.5 A los efectos de admisión se tendrán en cuenta los datos que las personas
aspirantes hayan hecho constar en la solicitud.
4.6 El trámite de subsanación o mejora no podrá otorgar un plazo adicional para el
cumplimiento de los requisitos de participación.
Quinta. Tribunal.
5.1 Mediante resolución del órgano convocante, se nombra a los miembros del
tribunal de selección. Los miembros del tribunal actúan siempre a título individual.
5.2 El tribunal deberá actuar según el procedimiento de actuación sobre aquello
que dispone la normativa básica sobre los órganos colegiados.
5.3 Los miembros deberán estar en posesión de una titulación con un nivel
académico igual o superior al exigido por el puesto de trabajo, o pertenecer a un grupo
igual o superior a este, salvo en casos debidamente justificados.
5.4 De acuerdo con el vigente convenio colectivo, el tribunal tendrá la siguiente
composición:

5.5 El órgano convocante, de oficio o a petición del tribunal, puede nombrar
personal asesor, con voz pero sin voto, para que colabore, según su especialización
técnica, en la realización y el desarrollo de las pruebas. El nombramiento se hará público
por los mismos medios que el nombramiento del tribunal.
5.6 Los miembros del tribunal y, si procede, el personal asesor, están sujetos al
régimen de abstención y recusación establecido en los artículos 23 y 24 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
5.7 Los miembros del tribunal, el personal asesor y el personal colaborador de
soporte a las pruebas deberán observar la confidencialidad y el secreto profesional en
todo lo que hace referencia a las cuestiones tratadas en las reuniones que se celebren.
5.8 El tribunal tendrá la facultad de interpretar las presentes bases, resolver las
cuestiones que se planteen en cuanto a su interpretación y tomar los acuerdos
necesarios para el buen funcionamiento del proceso selectivo en todo aquello que no
esté previsto en estas bases.
5.9 El tribunal tiene la sede en el Servicio de Acceso y Provisión (edificio Vèrtex,
plaza Eusebi Güell, núm. 6, 08034 Barcelona), sin perjuicio que cualquier comunicación
de las personas candidatas hacia el tribunal se debe realizar a través de la Sede
Electrónica.

cve: BOE-A-2024-25624
Verificable en https://www.boe.es

– Un presidente o presidenta.
– El responsable o la responsable del Área de Personal o la persona en quien delegue.
– Un vocal o una vocal que tenga relación con el ámbito de especialidad del puesto
de trabajo objeto de la convocatoria, designado por la gerencia de la Universidad.
– Dos vocales designados por el Comité de Empresa.
– Un miembro del Área de Personal de la Universidad, que actuará como secretario
o secretaria, con voz pero sin voto.