Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. Destinos. (BOE-A-2024-25590)
Orden PJC/1386/2024, de 28 de noviembre, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Orden PJC/1068/2024, de 24 de septiembre, para el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 296

Lunes 9 de diciembre de 2024

Sec. II.A. Pág. 166982

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
25590

Orden PJC/1386/2024, de 28 de noviembre, por la que se resuelve la
convocatoria de libre designación, efectuada por Orden PJC/1068/2024, de
24 de septiembre, para el Cuerpo de Letrados de la Administración de
Justicia.

De conformidad con lo establecido en la base tercera de la Orden PJC/1068/2024,
de 24 de septiembre (BOE 7 de octubre de 2024), por la que se convoca la provisión de
puestos de trabajo de Directores o Directoras de los Servicios Comunes Procesales por
el sistema de libre designación y en el artículo 119 y siguientes del Reglamento Orgánico
del Cuerpo de Secretarios Judiciales, aprobado por el Real Decreto 1608/2005, de 30 de
diciembre, habiéndose recibido las propuestas de las Secretarías de Gobierno afectadas,
previo informe de las comunidades autónomas correspondientes,
Este Ministerio acuerda:
Primero.
Resolver la provisión, por el sistema de libre designación y para el Cuerpo de
Letradas y Letrados de la Administración de Justicia, de los puestos de trabajo de
Dirección de los Servicios Comunes Procesales, convocados por Orden PJC/1068/2024,
de 24 de septiembre, y modificados por Orden PJC/1130/2024, de 8 de octubre, por la
que se corrigen errores, adjudicando los puestos convocados a las personas que se
relacionan en el anexo y declarando desiertos los restantes puestos ofertados.
Segundo.
El cese y la toma de posesión se realizarán dentro de los tres días hábiles siguientes
a la publicación de esta orden y tomarán posesión de sus nuevos puestos en el plazo de
tres días hábiles a partir del cese si el destino no implica cambio de residencia, de ocho
días hábiles si implica cambio de localidad dentro de la misma Comunidad Autónoma, o
de veinte días hábiles si comporta cambio de Comunidad Autónoma.
Como dispone el apartado 2 del artículo 117 del Reglamento Orgánico del Cuerpo de
Secretarios Judiciales, el cómputo de plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los
permisos y licencias, incluida la de vacaciones que, en su caso, hayan sido concedidas a
los interesados.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
recurso contencioso administrativo, de conformidad con lo establecido en la Ley
reguladora de la Jurisdicción Contencioso administrativa en el plazo de dos meses
contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente orden en el «Boletín
Oficial del Estado». Todo ello sin perjuicio de la interposición de recurso potestativo de
reposición, ante el mismo órgano que lo dictó, en el plazo de un mes contado a partir del
día siguiente a su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la

cve: BOE-A-2024-25590
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Tercero.