Ministerio de Defensa. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal estatutario de los servicios de salud. (BOE-A-2024-25538)
Resolución 400/38515/2024, de 25 de noviembre, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría de Celador/a en la Red Hospitalaria de la Defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 7 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 166740

plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario, se procederá a la exclusión de la
persona aspirante. En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la
justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del
mismo, supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la
solicitud de participación en el proceso selectivo.
No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de
exclusión por causa imputable a las personas aspirantes.
4.

Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad convocante
dictará resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista
provisional de personas admitidas y excluidas, aunque, en atención al número previsto
de solicitudes de participación, y de acuerdo con el artículo 23 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
se amplía el citado plazo en un mes. En dicha resolución, que se publicará en el «Boletín
Oficial del Estado», se indicará la relación provisional de personas aspirantes excluidas,
por categorías y destino, que se habrá elegido en la hoja de autobaremo, ordenada
alfabéticamente, incluyendo la puntuación obtenida en el autobaremo, con indicación de
las causas de exclusión, señalando un plazo de diez días hábiles, contados a partir del
día siguiente a la publicación de la relación, para subsanar el defecto que haya motivado
su exclusión u omisión, así como para poder indicar que se ha producido en error en su
puntuación obtenida del autobaremo. La lista provisional de personas aspirantes
admitidas se publicará en la página web del Ministerio de Defensa (http://
www.defensa.gob.es/), y en el punto de acceso general www.administracion.gob.es.
ordenada alfabéticamente, incluyendo la puntuación obtenida en el autobaremo, por si
esta no fuera correcta y debiera ser subsanada en el mismo plazo que las exclusiones u
omisiones. Las subsanaciones deberán cumplimentarse electrónicamente haciendo uso
del servicio de Inscripción en Procesos Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General
(https://administracion.gob.es/PAG/ips).
Una vez registrada y presentada la documentación para subsanar la causa de
exclusión u omisión o error de autobaremo, ésta se adelantará por correo electrónico a la
siguiente dirección: estatutarios-defensa@oc.mde.es
4.2 Finalizado dicho plazo, se publicará el listado definitivo de personas admitidas y
excluidas, y se expondrá en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.
Asimismo, se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» la relación definitiva de
personas admitidas ordenada por orden de puntuación obtenida en el autobaremo.
4.3 De la relación total de personas admitidas, se publicará al mismo tiempo, en los
mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales, la relación de personas
aspirantes que deberán presentar la documentación acreditativa de los méritos que se
han hecho constar en el autobaremo, que estará compuesta exclusivamente por un
máximo de 4 solicitudes por plaza convocada, por orden de puntuación, según el
autobaremo.
Las personas aspirantes con idéntico número de puntos formarán parte de la
precitada relación, aunque se supere el número de aspirantes por plaza.
La documentación que se presente servirá para revisar que está debidamente
justificada la puntuación obtenida en el autobaremo.
En el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación
de la citada relación, las personas aspirantes incluidas en la misma deberán presentar la
documentación acreditativa de los méritos que se han hecho constar en el autobaremo,
con el objeto de revisar la documentación acreditativa que justifica la puntuación
obtenida en el autobaremo.
La documentación deberá ser registrada con tramitación electrónica, de conformidad
con la disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el
que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por

cve: BOE-A-2024-25538
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Núm. 295