Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-25574)
Resolución de 28 de noviembre de 2024, del Organismo Autónomo Parques Nacionales, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con la Universidad Politécnica de Madrid, para la realización de prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 295
Sábado 7 de diciembre de 2024
Segunda.
Sec. III. Pág. 166878
Modificación del convenio.
Único. Se modifica la cláusula séptima «Compromisos económicos» del convenio,
quedando redactada como sigue:
«Séptima.
Compromisos económicos.
El OAPN asume compromisos económicos con la firma del presente convenio.
En relación con las obligaciones contempladas en la disposición adicional
quincuagésima segunda del texto refundido de la Ley General de la Seguridad
Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre,
añadida por el Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes
para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de
género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema
público de pensiones, el cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social
corresponderá al OAPN.
La estimación económica del gasto asumida por el OAPN para lo que resta de
vigencia del convenio ascenderá a un máximo de 1.395,00 euros,
correspondientes a los costes de cotización a la Seguridad Social de un máximo
de quince alumnos (cinco alumnos por cada anualidad) de prácticas formativas no
remuneradas durante un máximo de seis meses al año dentro del
período 2024-2026. El gasto se imputará a la aplicación 23.101.456C.482 del
presupuesto ordinario del OAPN, de acuerdo con la distribución por anualidades
de la tabla que se relaciona a continuación:
Distribución gasto por anualidades
Año
Cuantía
–
Euros
2024
465,00
2025
465,00
2026
465,00»
Tercera. Eficacia de la adenda.
Los representantes de ambas partes, en prueba de conformidad, firman la presente
adenda al convenio en el lugar y fecha indicados.–Por la Universidad Politécnica de
Madrid, el Rector Magnífico, P. D. (Resolución Rectoral, de 22 de diciembre de 2020), el
Vicerrector de Estudiantes y Extensión Universitaria, Miguel Ángel Gómez Tierno.–Por el
Organismo Autónomo Parques Nacionales, el Presidente, P. D. (Orden APM/126/2018,
de 5 de febrero), el Director, Javier Pantoja Trigueros.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2024-25574
Verificable en https://www.boe.es
La presente adenda de modificación surtirá efectos tras su suscripción e inscripción
en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación antes de la
fecha de extinción del convenio, tal y como se deriva del artículo 48 de la Ley 40/2025,
de 1 de octubre y del apartado 2 de la disposición adicional séptima de la citada ley.
Adicionalmente será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».
Núm. 295
Sábado 7 de diciembre de 2024
Segunda.
Sec. III. Pág. 166878
Modificación del convenio.
Único. Se modifica la cláusula séptima «Compromisos económicos» del convenio,
quedando redactada como sigue:
«Séptima.
Compromisos económicos.
El OAPN asume compromisos económicos con la firma del presente convenio.
En relación con las obligaciones contempladas en la disposición adicional
quincuagésima segunda del texto refundido de la Ley General de la Seguridad
Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre,
añadida por el Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes
para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de
género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema
público de pensiones, el cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social
corresponderá al OAPN.
La estimación económica del gasto asumida por el OAPN para lo que resta de
vigencia del convenio ascenderá a un máximo de 1.395,00 euros,
correspondientes a los costes de cotización a la Seguridad Social de un máximo
de quince alumnos (cinco alumnos por cada anualidad) de prácticas formativas no
remuneradas durante un máximo de seis meses al año dentro del
período 2024-2026. El gasto se imputará a la aplicación 23.101.456C.482 del
presupuesto ordinario del OAPN, de acuerdo con la distribución por anualidades
de la tabla que se relaciona a continuación:
Distribución gasto por anualidades
Año
Cuantía
–
Euros
2024
465,00
2025
465,00
2026
465,00»
Tercera. Eficacia de la adenda.
Los representantes de ambas partes, en prueba de conformidad, firman la presente
adenda al convenio en el lugar y fecha indicados.–Por la Universidad Politécnica de
Madrid, el Rector Magnífico, P. D. (Resolución Rectoral, de 22 de diciembre de 2020), el
Vicerrector de Estudiantes y Extensión Universitaria, Miguel Ángel Gómez Tierno.–Por el
Organismo Autónomo Parques Nacionales, el Presidente, P. D. (Orden APM/126/2018,
de 5 de febrero), el Director, Javier Pantoja Trigueros.
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2024-25574
Verificable en https://www.boe.es
La presente adenda de modificación surtirá efectos tras su suscripción e inscripción
en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación antes de la
fecha de extinción del convenio, tal y como se deriva del artículo 48 de la Ley 40/2025,
de 1 de octubre y del apartado 2 de la disposición adicional séptima de la citada ley.
Adicionalmente será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».