Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-25565)
Resolución de 25 de noviembre de 2024, de la Universidad Politécnica de Madrid, por la que se convocan concursos de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 295

Sábado 7 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 166805

Transcurrido el mencionado plazo de dos meses sin que se haya constituido la
Comisión de Acceso, ni se haya autorizado prórroga para su constitución, el Rector o
Rectora, de oficio o a instancia de parte interesada, procederá a la sustitución del
Presidente de la Comisión.
La válida constitución de cada Comisión exigirá la asistencia de la totalidad de sus
miembros titulares. Los miembros titulares que no concurrieran al citado acto cesarán y
serán sustituidos por el Sr. Rector a solicitud del Presidente de la Comisión.
Los actos relativos al desarrollo de las pruebas serán publicados por la Comisión en
el Tablón de Anuncios y en la web de la Escuela donde se celebren las mismas.
5.6 Una vez constituida la Comisión, en caso de ausencia del Presidente, éste será
sustituido por el Catedrático más antiguo en la UPM. En el caso de ausencia del
Secretario, éste será sustituido por el Catedrático más moderno.
Para que la Comisión pueda actuar válidamente será necesaria la participación de, al
menos, tres de sus miembros. Los miembros de la Comisión que estuvieran ausentes en
la actuación correspondiente de alguno de los candidatos cesarán en su calidad de
miembros de esta, sin perjuicio de las responsabilidades en que pudieran haber
incurrido. Si una vez constituida la Comisión, ésta quedara con menos de tres miembros,
se suspenderán las actuaciones y se procederá al nombramiento de una nueva
Comisión por el procedimiento normativamente establecido y en la que no podrán
incluirse los miembros que hubieren cesado en su condición, repitiéndose todas las
actuaciones practicadas.
La participación de los miembros de la Comisión, puede ser presencial o telemática.
En todo caso, deberá haber al menos dos miembros de la Comisión presentes
físicamente. Una vez que se inicie la primera prueba, no se podrá modificar la forma de
participación, teniendo que permanecer desde ese momento de manera presencial o
telemática.
5.7 Los miembros de las Comisiones de Acceso tendrán derecho al percibo de
asistencias, gastos de viaje y dietas de conformidad con lo dispuesto en el Real
Decreto 462/2002, de 24 de mayo (BOE del 30), modificado por el Real
Decreto 1616/2007, de 7 de diciembre sobre indemnizaciones por razón del servicio. A
estos efectos, las Comisiones de Acceso tendrán la categoría primera de las señaladas
en el artículo 30 del citado reglamento.
6.

Desarrollo del concurso

En virtud de lo dispuesto en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 21 de
diciembre de 2023 los concursos a Catedrático de Universidad, incluirán dos pruebas
eliminatorias:
De las pruebas.

– La primera prueba para plazas de Catedrático de Universidad consistirá en la
exposición oral de los méritos y el historial académico, docente e investigador alegados.
Dicha prueba incluirá, la defensa de los proyectos docente e investigador presentado.
Cada candidato dispondrá de un tiempo máximo de noventa minutos para dicha
prueba.
Seguidamente, la Comisión debatirá con el candidato sobre sus méritos, historial
académico, docente e investigador, y sobre el proyecto docente e investigador
presentado, durante un tiempo máximo de dos horas.
Los candidatos que superen la primera prueba, y cuando lo indique el tribunal,
entregará al Presidente de la Comisión en formato electrónico un resumen o guion del
trabajo de investigación que van a defender en la segunda prueba.
Finalizada la prueba, cada miembro de la Comisión entregará al Presidente un
informe razonado y puntuado, incluyendo la valoración desglosada por cada uno de los
aspectos evaluados, ajustado, en todo caso, a los criterios previamente establecidos por

cve: BOE-A-2024-25565
Verificable en https://www.boe.es

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