Ministerio de Defensa. I. Disposiciones generales. Servicios públicos. Acceso electrónico. (BOE-A-2024-25452)
Resolución 300/38523/2024, de 26 de noviembre, de la Secretaría de Estado de Defensa, por la que se crea el portal de internet del Hospital Central de la Defensa «Gómez Ulla», Centro Sanitario de Vida y Esperanza.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 294
Viernes 6 de diciembre de 2024
Sec. I. Pág. 166010
sanitaria y para la realización de determinadas actuaciones en el terreno de la formación
y de la optimización de los recursos sanitarios.
En consecuencia, resulta la necesidad de disponer de un portal web diferenciado,
que proporcione información pública a los ciudadanos sobre la cartera de servicios y
capacidad asistencial del citado hospital militar, así como sus actividades de formación o
investigación, para su equiparación al resto de centros hospitalarios que conforman la
Red Hospitalaria de titularidad pública de la Comunidad de Madrid.
En atención a cuanto ha quedado expuesto, previo informe favorable de la Comisión
Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Defensa, y comunicación al
Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, resuelvo:
Primero. Objeto.
La presente resolución tiene por objeto crear y regular el Portal de Internet del
Hospital Central de la Defensa «Gómez Ulla», Centro Sanitario de Vida y Esperanza, de
conformidad con lo establecido en el artículo 39 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, y en el artículo 6 del Reglamento de actuación y
funcionamiento del sector público por medios electrónicos, aprobado por el Real
Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y
funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
Segundo. Portal de internet del Hospital Central de la Defensa «Gómez Ulla», Centro
Sanitario de Vida y Esperanza.
1. Se crea el Portal del Hospital Central de la Defensa «Gómez Ulla», Centro
Sanitario de Vida y Esperanza, con el dominio https://www.defensa.gob.es/hcd-gomezulla, que ofrecerá a los ciudadanos y empresas la información sobre la cartera de
servicios y capacidad asistencial del hospital militar.
2. La titularidad del Portal corresponderá al Ministerio de Defensa, que establecerá
los principios generales y directrices básicos de funcionamiento del mismo.
3. La dirección y coordinación del Portal corresponderá a la Secretaría de Estado, a
través de la Dirección General Centro de Sistemas y Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7 del Real Decreto 205/2024,
de 27 de febrero.
4. La gestión y administración del Portal corresponde a la Subsecretaría, a través
de la Inspección General de Sanidad de la Defensa, que será responsable de la
provisión y actualización de la información y contenidos que ofrezca el portal en relación
con sus procedimientos, servicios e informaciones a través de los mecanismos que se
establezcan.
Tercero. Contenido y funcionalidades.
a) Acceso a la información orgánica y funcional del Hospital, así como direcciones y
teléfonos de contacto.
b) La cartera de servicios y modalidades asistenciales que el hospital pone a
disposición de los ciudadanos y las empresas.
c) Secciones diferenciadas con información sobre calidad asistencial, atención al
paciente, docencia e investigación.
d) Información sobre protección de datos.
e) Mapa web.
cve: BOE-A-2024-25452
Verificable en https://www.boe.es
1. El Portal del Hospital Central de la Defensa «Gómez Ulla», Centro Sanitario de
Vida y Esperanza deberá garantizar, de forma gradual y progresiva a medida que los
recursos y desarrollos técnicos lo permitan, el acceso a los siguientes contenidos y
servicios:
Núm. 294
Viernes 6 de diciembre de 2024
Sec. I. Pág. 166010
sanitaria y para la realización de determinadas actuaciones en el terreno de la formación
y de la optimización de los recursos sanitarios.
En consecuencia, resulta la necesidad de disponer de un portal web diferenciado,
que proporcione información pública a los ciudadanos sobre la cartera de servicios y
capacidad asistencial del citado hospital militar, así como sus actividades de formación o
investigación, para su equiparación al resto de centros hospitalarios que conforman la
Red Hospitalaria de titularidad pública de la Comunidad de Madrid.
En atención a cuanto ha quedado expuesto, previo informe favorable de la Comisión
Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Defensa, y comunicación al
Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, resuelvo:
Primero. Objeto.
La presente resolución tiene por objeto crear y regular el Portal de Internet del
Hospital Central de la Defensa «Gómez Ulla», Centro Sanitario de Vida y Esperanza, de
conformidad con lo establecido en el artículo 39 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, y en el artículo 6 del Reglamento de actuación y
funcionamiento del sector público por medios electrónicos, aprobado por el Real
Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y
funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
Segundo. Portal de internet del Hospital Central de la Defensa «Gómez Ulla», Centro
Sanitario de Vida y Esperanza.
1. Se crea el Portal del Hospital Central de la Defensa «Gómez Ulla», Centro
Sanitario de Vida y Esperanza, con el dominio https://www.defensa.gob.es/hcd-gomezulla, que ofrecerá a los ciudadanos y empresas la información sobre la cartera de
servicios y capacidad asistencial del hospital militar.
2. La titularidad del Portal corresponderá al Ministerio de Defensa, que establecerá
los principios generales y directrices básicos de funcionamiento del mismo.
3. La dirección y coordinación del Portal corresponderá a la Secretaría de Estado, a
través de la Dirección General Centro de Sistemas y Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7 del Real Decreto 205/2024,
de 27 de febrero.
4. La gestión y administración del Portal corresponde a la Subsecretaría, a través
de la Inspección General de Sanidad de la Defensa, que será responsable de la
provisión y actualización de la información y contenidos que ofrezca el portal en relación
con sus procedimientos, servicios e informaciones a través de los mecanismos que se
establezcan.
Tercero. Contenido y funcionalidades.
a) Acceso a la información orgánica y funcional del Hospital, así como direcciones y
teléfonos de contacto.
b) La cartera de servicios y modalidades asistenciales que el hospital pone a
disposición de los ciudadanos y las empresas.
c) Secciones diferenciadas con información sobre calidad asistencial, atención al
paciente, docencia e investigación.
d) Información sobre protección de datos.
e) Mapa web.
cve: BOE-A-2024-25452
Verificable en https://www.boe.es
1. El Portal del Hospital Central de la Defensa «Gómez Ulla», Centro Sanitario de
Vida y Esperanza deberá garantizar, de forma gradual y progresiva a medida que los
recursos y desarrollos técnicos lo permitan, el acceso a los siguientes contenidos y
servicios: