Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-25498)
Resolución de 26 de noviembre de 2024, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre y por promoción interna, de plazas de personal laboral de la categoría de Titulado de Grado Medio de apoyo a la Docencia e Investigación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 6 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 166163
por la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada deberá proponer
su exclusión al Rector de la Universidad de Cádiz, comunicándole, asimismo, las
inexactitudes o falsedades formuladas por la persona aspirante en la solicitud de
admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
8.7 Contra la resolución de exclusión, que ultima la vía administrativa, podrá
interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector de
la Universidad de Cádiz, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o, bien, recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante el órgano competente,
conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
9.
Resultados
9.1 Tras la realización de cada ejercicio, el Tribunal hará público en la página Web
del área de Personal (https://personal.uca.es/convocatoria-pas/) el acuerdo con la
relación provisional de calificaciones. Contra este acuerdo se podrá presentar
reclamación en el plazo de cinco días hábiles, mediante Instancia Genérica de la Sede
Electrónica de la Universidad de Cádiz dirigidas al Área de Personal, que serán resueltas
por el Tribunal mediante acuerdo definitivo. En caso de no presentarse reclamación, el
acuerdo provisional devendrá automáticamente en definitivo.
9.2 Una vez finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará público el acuerdo con
el listado provisional de valoración de la fase de concurso de las personas aspirantes
que hayan superado aquélla pudiendo publicarse simultáneamente a la del resultado del
último ejercicio de la fase de oposición. Contra este acuerdo se podrá presentar
reclamación en el plazo de cinco días hábiles, mediante Instancia Genérica de la Sede
Electrónica de la Universidad de Cádiz dirigidas al Área de Personal, que serán resueltas
por el Tribunal mediante acuerdo definitivo. En caso de no presentarse reclamación, el
acuerdo provisional devendrá automáticamente en definitivo.
9.3 Una vez finalizada la valoración del proceso selectivo, el Tribunal hará público
el acuerdo por el que se publica el listado de aspirantes que han superado el mismo, sin
que su número pueda superar el de plazas convocadas. En el supuesto de que ninguna
de las personas aspirantes superase el proceso selectivo mediante el sistema de
promoción interna, se procederá a la cobertura de la plaza mediante el sistema de turno
libre al que podrán acceder únicamente las personas candidatas incluidas en el listado
definitivo de dicho proceso publicado de acuerdo con el punto 4 de las presentes bases.
9.4 Contra el acuerdo señalado en el apartado anterior, así como contra los
acuerdos definitivos del Tribunal que impidan continuar con el procedimiento, se podrá
interponer recurso de alzada ante el Rector en los plazos y formas que establece la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
10. Presentación de documentos y contratación
10.1 Aquellas personas que hayan superado el proceso selectivo deberán
presentar en el área de Personal de la Universidad, sita en el Edificio Hospital Real en
Plaza de Falla, núm. 8, Cádiz, los documentos precisos para acreditar las condiciones
exigidas en la presente convocatoria.
10.2 Quienes hayan superado el proceso selectivo estarán exentas de justificar
documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su
anterior contrato en la Universidad de Cádiz.
10.3 Las personas aspirantes que, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de
fuerza mayor, no presenten la documentación, o del examen de la misma, se dedujera
que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser
contratadas en la categoría Titulado de Grado Medio de apoyo a la Docencia e
cve: BOE-A-2024-25498
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 294
Viernes 6 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 166163
por la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada deberá proponer
su exclusión al Rector de la Universidad de Cádiz, comunicándole, asimismo, las
inexactitudes o falsedades formuladas por la persona aspirante en la solicitud de
admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
8.7 Contra la resolución de exclusión, que ultima la vía administrativa, podrá
interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector de
la Universidad de Cádiz, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o, bien, recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante el órgano competente,
conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
9.
Resultados
9.1 Tras la realización de cada ejercicio, el Tribunal hará público en la página Web
del área de Personal (https://personal.uca.es/convocatoria-pas/) el acuerdo con la
relación provisional de calificaciones. Contra este acuerdo se podrá presentar
reclamación en el plazo de cinco días hábiles, mediante Instancia Genérica de la Sede
Electrónica de la Universidad de Cádiz dirigidas al Área de Personal, que serán resueltas
por el Tribunal mediante acuerdo definitivo. En caso de no presentarse reclamación, el
acuerdo provisional devendrá automáticamente en definitivo.
9.2 Una vez finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará público el acuerdo con
el listado provisional de valoración de la fase de concurso de las personas aspirantes
que hayan superado aquélla pudiendo publicarse simultáneamente a la del resultado del
último ejercicio de la fase de oposición. Contra este acuerdo se podrá presentar
reclamación en el plazo de cinco días hábiles, mediante Instancia Genérica de la Sede
Electrónica de la Universidad de Cádiz dirigidas al Área de Personal, que serán resueltas
por el Tribunal mediante acuerdo definitivo. En caso de no presentarse reclamación, el
acuerdo provisional devendrá automáticamente en definitivo.
9.3 Una vez finalizada la valoración del proceso selectivo, el Tribunal hará público
el acuerdo por el que se publica el listado de aspirantes que han superado el mismo, sin
que su número pueda superar el de plazas convocadas. En el supuesto de que ninguna
de las personas aspirantes superase el proceso selectivo mediante el sistema de
promoción interna, se procederá a la cobertura de la plaza mediante el sistema de turno
libre al que podrán acceder únicamente las personas candidatas incluidas en el listado
definitivo de dicho proceso publicado de acuerdo con el punto 4 de las presentes bases.
9.4 Contra el acuerdo señalado en el apartado anterior, así como contra los
acuerdos definitivos del Tribunal que impidan continuar con el procedimiento, se podrá
interponer recurso de alzada ante el Rector en los plazos y formas que establece la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
10. Presentación de documentos y contratación
10.1 Aquellas personas que hayan superado el proceso selectivo deberán
presentar en el área de Personal de la Universidad, sita en el Edificio Hospital Real en
Plaza de Falla, núm. 8, Cádiz, los documentos precisos para acreditar las condiciones
exigidas en la presente convocatoria.
10.2 Quienes hayan superado el proceso selectivo estarán exentas de justificar
documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su
anterior contrato en la Universidad de Cádiz.
10.3 Las personas aspirantes que, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de
fuerza mayor, no presenten la documentación, o del examen de la misma, se dedujera
que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser
contratadas en la categoría Titulado de Grado Medio de apoyo a la Docencia e
cve: BOE-A-2024-25498
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 294