Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-25508)
Resolución de 20 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Ebagui Renovables, SL, de autorización administrativa previa de la instalación fotovoltaica denominada «Fotovoltaica Navas Renovables I», de 100 MW de potencia pico, 84,17 MW de potencia instalada, y de su infraestructura de evacuación, en las provincias de Ávila y Madrid.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 294

Viernes 6 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 166391

afectar a bienes y derechos a su cargo, así como a los organismos que deben presentar
informe conforme a la Ley 21/2013, de 9 de diciembre.
Con fecha 7 de junio de 2023, se recibe el informe y el expediente de tramitación de
la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en
Ávila, complementado con fecha 4 de julio de 2023.
Cuarto.

Evaluación de impacto ambiental practicada.

Con fecha 19 de junio de 2023 y complementada con fecha 26 de julio de 2023, se
remite a la Subdirección General de Evaluación Ambiental (SGEA) dicho expediente
para inicio del procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, según lo
dispuesto en el artículo 39 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación
ambiental.
La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental emite, con fecha 4 de
septiembre de 2023, resolución por la que formula declaración de impacto ambiental
desfavorable del proyecto parque solar fotovoltaico «PSF Navas renovables I»,
de 100 MWp/84,17 MWwins/80 MWn, y su infraestructura de evacuación en las
provincias de Ávila y Madrid, al haberse identificado la posibilidad de impactos
negativos significativos sobre el medio ambiente para los que las medidas propuestas
no presentan garantía suficiente de su adecuada prevención, corrección o
compensación (en adelante, Declaración de Impacto Ambiental desfavorable). La citada
resolución se encuentra disponible en el siguiente enlace:
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2023-19643
Quinto. Permisos de acceso y conexión.
El proyecto obtuvo permisos de acceso y conexión a la red de transporte mediante la
emisión de Informe de Viabilidad de Acceso a la Red (IVA), así como Informe de
Cumplimiento de Condiciones Técnicas de Conexión (ICCTC) e Informe de Verificación
de las Condiciones Técnicas de Conexión (IVCTC) en la subestación Galapagar 220 kV,
propiedad de Red Eléctrica de España, SAU.
Con fecha de 31 de octubre de 2023 tiene entrada, en el Registro de este Ministerio,
escrito de Red Eléctrica de España, SAU por el que se comunica la caducidad de los
permisos de acceso y conexión otorgados en aplicación de lo dispuesto en el Real
Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de
energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
Sexto.

Trámite de audiencia.

Con fecha de 15 de octubre de 2024 se notifica el trámite de audiencia sobre la
propuesta de resolución por la que se desestima la solicitud de autorización
administrativa previa del proyecto, sin haberse recibido respuesta al respecto.
Analizada la documentación obrante en el expediente, en base a los siguientes:

Primero.

Normativa aplicable.

Tomando en consideración lo establecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del
Sector Eléctrico, en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan
las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos
de autorización de instalaciones de energía eléctrica, en la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el Real
Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte

cve: BOE-A-2024-25508
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II. Fundamentos jurídicos