Ministerio de Defensa. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Escala de Científicos Superiores de la Defensa. (BOE-A-2024-25353)
Resolución 400/38504/2024, de 25 de noviembre, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para acceso, por el sistema de promoción interna, a la Escala de Científicos Superiores de la Defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 293

Jueves 5 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 165436

el ámbito del real decreto de oferta de empleo público, siempre que desarrolle funciones
coincidentes en su contenido profesional y en su nivel técnico a las de la Escala de
Científicos Superiores de la Defensa.
c) A los efectos de lo previsto en los puntos 6.1.2.a) y b), las funciones coincidentes
en su contenido profesional y en su nivel técnico a las de la Escala de Científicos
Superiores de la Defensa son las siguientes: realización de proyectos de investigación,
ensayos y análisis físicos o químicos, así como cualquier otra de naturaleza similar o
análoga a las anteriores.
6.2

Antigüedad.

Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años:

6.2.1 En el caso del personal funcionario de carrera, haber prestado servicios
efectivos durante al menos dos años como funcionario/funcionaria de carrera en Cuerpos
o Escalas del Subgrupo A2 mencionados y en los términos previstos en el punto 6.1.1.
6.2.2 En el caso del personal laboral fijo previsto en el punto 6.1.2, haber prestado
servicios efectivos durante al menos dos años como personal laboral fijo (excluido el
tiempo como personal laboral indefinido no fijo) en puestos que estén encuadrados en
los grupos profesionales y especialidades descritos en las letras a) y b) del citado
punto 6.1.2, y desarrollando funciones coincidentes con las que se detallan en el
apartado 6.1.2, letra c).
6.3 La acreditación de los requisitos establecidos en los puntos 6.1 y 6.2 se
realizará mediante los certificados regulados en la base 11 de la presente resolución.
Acceso de personas con discapacidad

7.1 Quienes opten a las plazas reservadas para personas con discapacidad
deberán tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, y
habrán de expresarlo en el formulario de solicitud de participación en el proceso
selectivo.
7.2 Las personas que como consecuencia de su discapacidad presenten
especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas podrán requerir en el
modelo de solicitud las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios
oportunos de las pruebas del proceso selectivo.
Para ello al cumplimentar la solicitud de participación en la convocatoria deberán
indicar las adaptaciones requeridas en cada uno de los ejercicios del proceso selectivo y
deberán anexar copia del dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de
calificación competente. El dictamen acreditará de forma fehaciente la/s deficiencia/s
permanente/s que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, sin que sea
válido, a estos efectos, ningún otro documento.
Los tribunales aplicarán las adaptaciones de tiempos que correspondan previstas en
la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio (BOE de 13 de junio), por la que se establecen
criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos
para el acceso al empleo público de personas con discapacidad. Para ello será
necesaria la aportación del dictamen técnico facultativo en el plazo de presentación de
solicitudes.
7.3 La adjudicación de los puestos de trabajo a las personas aspirantes que
superen el proceso selectivo tendrá en cuenta lo previsto en el artículo 9 del Real
Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público
y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad (BOE de 17 de
diciembre).
7.4 Las personas aspirantes que participen por el cupo de reserva de personas con
discapacidad y superen, como mínimo, el 50 por ciento de la calificación máxima posible
a obtener en cualquiera de los ejercicios de la fase de oposición valorados con nota
numérica y no superen el proceso selectivo, conservarán dicha puntuación y estarán
exentas de realizar tales ejercicios durante la convocatoria inmediata siguiente, siempre

cve: BOE-A-2024-25353
Verificable en https://www.boe.es

7.