Ministerio de Defensa. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo de Oficiales de Arsenales de la Armada. (BOE-A-2024-25351)
Resolución 400/38500/2024, de 25 de noviembre, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Oficiales de Arsenales de la Armada.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 5 de diciembre de 2024
1.
Sec. II.B. Pág. 165363
Descripción de las plazas
1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 85 plazas del Cuerpo de Oficiales de
Arsenales de la Armada, Código 0424, por el sistema general de acceso libre. Las plazas
se desglosan de la siguiente manera, 80 plazas autorizadas en la oferta de empleo
de 2024 y 5 plazas correspondientes a la oferta de empleo de 2022 que no han sido
cubiertas una vez finalizado el proceso selectivo, 2 pertenecientes al cupo de acceso
general y 3 de reserva para personas con discapacidad, en aplicación de lo dispuesto en
el artículo 2 apartado 9 del Real Decreto 656/2024, de 2 de julio, por el que se aprueba
la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024.
1.2 En aplicación del artículo 20.3 de la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y
Marinería, según redacción dada por la disposición final vigésima de la Ley 11/2020,
de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, del total
de plazas convocadas, se reservarán 57 para los militares profesionales de tropa y
marinería que hayan cumplido, como mínimo, 5 años de tiempo de servicios, así como
para los militares profesionales de tropa y marinería que se encuentren en los últimos 10
años de compromiso, y para los reservistas de especial disponibilidad que se encuentren
percibiendo, hasta el momento de publicación de la convocatoria, la asignación por
disponibilidad en la cuantía y condiciones previstos en el artículo 19.1 de la citada Ley, y
reúnan los requisitos establecidos.
De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimotercera de la
Ley 39/2007, de la Carrera Militar, según redacción dada por la disposición final vigésima
cuarta de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para 2018,
esta reserva de plazas se extenderá a los militares de complemento con más de cinco
años de servicios en las Fuerzas Armadas y que reúnan los requisitos establecidos.
De este cupo de 57 plazas, se reservarán 9 plazas para los militares profesionales de
tropa y marinería que se encuentren en los últimos 10 años de compromiso.
La opción a estas plazas reservadas habrá de formularse en la solicitud de
participación en la convocatoria.
Las plazas reservadas para estos colectivos que no se cubran se acumularán del
siguiente modo, en primer lugar, se acumularán entre sí las plazas reservadas al
personal militar, y cuando éstas no se cubran, se acumularán a las de acceso general.
1.3 Asimismo, del total de plazas convocadas se reservarán 9 para quienes tengan
la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o
superior al 33 por ciento (6 plazas correspondientes a la oferta de empleo de 2024 y 3
plazas correspondientes a la oferta de empleo de 2022).
La opción a estas plazas reservadas habrá de formularse en la solicitud de
participación en la convocatoria.
En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes con discapacidad que se
hubiera presentado por el cupo de reserva superase los ejercicios correspondientes pero
no obtuviera plaza por dicho cupo, siendo su puntuación superior a la obtenida por otras
personas aspirantes del sistema de acceso general, ésta será incluida por su orden de
puntuación en el cupo de acceso general.
Será de aplicación lo dispuesto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por
el que por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de
trabajo de las personas con discapacidad («Boletín Oficial del Estado» de 17 de
diciembre).
Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad no se
acumularán a las de acceso general.
Si en alguno de los programas que tengan cupo de reserva para personas con
discapacidad no se cubriera el número total de plazas ofertadas para dicho cupo, éstas
podrán acumularse, según determine este Ministerio, a propuesta del Tribunal y de la
Jefatura de Personal del Cuartel General de la Armada, a cualquier otro programa en el
que se hayan ofertado plazas por este cupo de reserva.
cve: BOE-A-2024-25351
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 293
Jueves 5 de diciembre de 2024
1.
Sec. II.B. Pág. 165363
Descripción de las plazas
1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 85 plazas del Cuerpo de Oficiales de
Arsenales de la Armada, Código 0424, por el sistema general de acceso libre. Las plazas
se desglosan de la siguiente manera, 80 plazas autorizadas en la oferta de empleo
de 2024 y 5 plazas correspondientes a la oferta de empleo de 2022 que no han sido
cubiertas una vez finalizado el proceso selectivo, 2 pertenecientes al cupo de acceso
general y 3 de reserva para personas con discapacidad, en aplicación de lo dispuesto en
el artículo 2 apartado 9 del Real Decreto 656/2024, de 2 de julio, por el que se aprueba
la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024.
1.2 En aplicación del artículo 20.3 de la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y
Marinería, según redacción dada por la disposición final vigésima de la Ley 11/2020,
de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, del total
de plazas convocadas, se reservarán 57 para los militares profesionales de tropa y
marinería que hayan cumplido, como mínimo, 5 años de tiempo de servicios, así como
para los militares profesionales de tropa y marinería que se encuentren en los últimos 10
años de compromiso, y para los reservistas de especial disponibilidad que se encuentren
percibiendo, hasta el momento de publicación de la convocatoria, la asignación por
disponibilidad en la cuantía y condiciones previstos en el artículo 19.1 de la citada Ley, y
reúnan los requisitos establecidos.
De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimotercera de la
Ley 39/2007, de la Carrera Militar, según redacción dada por la disposición final vigésima
cuarta de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para 2018,
esta reserva de plazas se extenderá a los militares de complemento con más de cinco
años de servicios en las Fuerzas Armadas y que reúnan los requisitos establecidos.
De este cupo de 57 plazas, se reservarán 9 plazas para los militares profesionales de
tropa y marinería que se encuentren en los últimos 10 años de compromiso.
La opción a estas plazas reservadas habrá de formularse en la solicitud de
participación en la convocatoria.
Las plazas reservadas para estos colectivos que no se cubran se acumularán del
siguiente modo, en primer lugar, se acumularán entre sí las plazas reservadas al
personal militar, y cuando éstas no se cubran, se acumularán a las de acceso general.
1.3 Asimismo, del total de plazas convocadas se reservarán 9 para quienes tengan
la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o
superior al 33 por ciento (6 plazas correspondientes a la oferta de empleo de 2024 y 3
plazas correspondientes a la oferta de empleo de 2022).
La opción a estas plazas reservadas habrá de formularse en la solicitud de
participación en la convocatoria.
En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes con discapacidad que se
hubiera presentado por el cupo de reserva superase los ejercicios correspondientes pero
no obtuviera plaza por dicho cupo, siendo su puntuación superior a la obtenida por otras
personas aspirantes del sistema de acceso general, ésta será incluida por su orden de
puntuación en el cupo de acceso general.
Será de aplicación lo dispuesto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por
el que por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de
trabajo de las personas con discapacidad («Boletín Oficial del Estado» de 17 de
diciembre).
Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad no se
acumularán a las de acceso general.
Si en alguno de los programas que tengan cupo de reserva para personas con
discapacidad no se cubriera el número total de plazas ofertadas para dicho cupo, éstas
podrán acumularse, según determine este Ministerio, a propuesta del Tribunal y de la
Jefatura de Personal del Cuartel General de la Armada, a cualquier otro programa en el
que se hayan ofertado plazas por este cupo de reserva.
cve: BOE-A-2024-25351
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 293