Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social. (BOE-A-2024-25362)
Resolución de 29 de noviembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 5 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 165564

de la oferta de empleo público que las hubiera autorizado, previo informe del
departamento ministerial con competencias en materia de función pública.
Así, se convocan dos procesos selectivos para ingreso en el Cuerpo Superior de
Técnicos de la Administración de la Seguridad Social, Código 1604, uno para cubrir 381
plazas por el sistema general de acceso libre (153 correspondientes al Real
Decreto 477/2022, de 24 de mayo, 178 correspondientes al Real Decreto 625/2023,
de 11 de julio; y 50 correspondientes al Real Decreto 656/2024 de 2 de julio) y otro para
cubrir 297 plazas por el sistema de promoción interna (129 correspondientes al Real
Decreto 407/2022, de 24 de mayo; 81 de las comprendidas en el Real Decreto 625/2023,
de 11 de julio; y 87 de las comprendidas en el Real Decreto 656/2024, de 2 de julio).
Del total de las plazas convocadas se reservarán 38 para ser cubiertas por quienes
tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado igual o superior
al 33 %, de las que 14 pertenecen al Real Decreto 407/2022 (8 de acceso libre y 6 de
promoción interna) 13 corresponden al Real Decreto 625/2023 (9 de acceso libre y 4 de
promoción interna) y 11 corresponden al Real Decreto 656/2024 (4 de acceso libre y 7 de
promoción interna).
De acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, las
plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad, por el
sistema general de acceso libre, no se acumularán a las de acceso general. Las plazas
no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad, por promoción
interna, se acumularán a las de acceso general por promoción interna.
En el caso de que las plazas convocadas por el sistema de promoción interna
queden vacantes no podrán acumularse a las de acceso libre.
Las personas aspirantes que ingresen por promoción interna tendrán, en todo caso,
preferencia para cubrir los puestos vacantes que se oferten.
1.2 Las personas aspirantes sólo podrán participar en una de las dos
convocatorias.
2.

Procesos selectivos

2.1 Sistema. Los procesos selectivos se realizarán mediante oposición para las
personas aspirantes que se presenten por el sistema general de acceso libre y mediante
concurso-oposición para los aspirantes que se presenten por el sistema de promoción
interna, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
Incluirán la superación de un curso selectivo y un periodo de prácticas, para cuya
realización los aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán nombrados
funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.
2.2 Programa. El programa que ha de regir los procesos selectivos es el que figura
como anexo II a esta Resolución.
2.3 Desarrollo. De conformidad con el artículo 108.2 del Real Decreto-Ley 6/2023,
las convocatorias deberán ejecutarse en el plazo máximo de dos años desde su
publicación, y las respectivas fases de oposición en un año, salvo causa justificada.
No obstante, el desarrollo de estos procesos selectivos exige el cumplimiento de
determinados plazos en concordancia con lo establecido en el Reglamento General de
Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado, y de Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo y en la Orden HFP/688/2017 de bases comunes.
Desde la total conclusión de un ejercicio hasta el comienzo del siguiente no podrá
transcurrir un plazo superior a cuarenta y cinco días naturales, salvo en el caso de los
ejercicios segundo y tercero, que podrán celebrarse simultáneamente.
Las fechas de celebración de los ejercicios serán fijadas por el Tribunal y podrán ser
coincidentes con las fechas de celebración de ejercicios de otros procesos selectivos.
El orden de actuación de las personas aspirantes se iniciará alfabéticamente por
aquél cuyo primer apellido comience por la letra «V» o por la letra «W» en el supuesto de

cve: BOE-A-2024-25362
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Núm. 293