Ministerio de Sanidad. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal estatutario de los servicios de salud. (BOE-A-2024-25358)
Resolución de 20 de noviembre de 2024, del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, por la que se convoca proceso selectivo, por el sistema de concurso, para acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas reservadas para el cupo de discapacidad de la categoría de Enfermero/a.
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 293
Jueves 5 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 165530
sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la
función pública.
c) Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, en el caso
de españoles o en otro caso del Registro de Penados del País de la nacionalidad a la
que se refiere la base segunda.
d) Declaración de acatamiento de la Constitución y del Estatuto de Autonomía
correspondiente a la Ciudad de destino y del resto del Ordenamiento Jurídico.
e) La capacidad funcional para el desempeño de la plaza se acreditará mediante
certificación expedida por los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales del INGESA
de las Ciudades de Ceuta, Melilla o Valencia (según corresponda), o por los Servicios
Médicos de los Servicios de Salud. La toma de posesión quedará supeditada a la
superación de este requisito.
cve: BOE-A-2024-25358
Verificable en https://www.boe.es
Quienes ya ostenten la condición de personal fijo de las Administraciones Públicas o
de los Servicios de Salud estarán exentos de acreditar las condiciones y requisitos ya
justificados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del
organismo del que dependan acreditando su condición y demás circunstancias que
consten en su expediente personal.
Si dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor, algún aspirante no
presentase la documentación para participar en este concurso de méritos o de la misma
se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en la base cuarta, la
Dirección del INGESA dictará resolución motivada en la que se declare la pérdida de los
derechos que pudieran derivarse de su participación en el proceso selectivo. Esta
resolución podrá ser impugnada en la forma establecida en la base decimocuarta de esta
convocatoria.
En el supuesto de que los documentos presentados en relación con los apartados a)
y e) no sean originales, será de aplicación lo establecido en el artículo 28.5 de la
Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
responsabilizándose las personas interesadas de la veracidad de los mismos.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 293
Jueves 5 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 165530
sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la
función pública.
c) Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, en el caso
de españoles o en otro caso del Registro de Penados del País de la nacionalidad a la
que se refiere la base segunda.
d) Declaración de acatamiento de la Constitución y del Estatuto de Autonomía
correspondiente a la Ciudad de destino y del resto del Ordenamiento Jurídico.
e) La capacidad funcional para el desempeño de la plaza se acreditará mediante
certificación expedida por los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales del INGESA
de las Ciudades de Ceuta, Melilla o Valencia (según corresponda), o por los Servicios
Médicos de los Servicios de Salud. La toma de posesión quedará supeditada a la
superación de este requisito.
cve: BOE-A-2024-25358
Verificable en https://www.boe.es
Quienes ya ostenten la condición de personal fijo de las Administraciones Públicas o
de los Servicios de Salud estarán exentos de acreditar las condiciones y requisitos ya
justificados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del
organismo del que dependan acreditando su condición y demás circunstancias que
consten en su expediente personal.
Si dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor, algún aspirante no
presentase la documentación para participar en este concurso de méritos o de la misma
se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en la base cuarta, la
Dirección del INGESA dictará resolución motivada en la que se declare la pérdida de los
derechos que pudieran derivarse de su participación en el proceso selectivo. Esta
resolución podrá ser impugnada en la forma establecida en la base decimocuarta de esta
convocatoria.
En el supuesto de que los documentos presentados en relación con los apartados a)
y e) no sean originales, será de aplicación lo establecido en el artículo 28.5 de la
Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
responsabilizándose las personas interesadas de la veracidad de los mismos.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X