Ministerio de Sanidad. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal estatutario de los servicios de salud. (BOE-A-2024-25357)
Resolución de 20 de noviembre de 2024, del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, por la que se convoca proceso selectivo, por el sistema de concurso, para acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas reservadas para el cupo de discapacidad de la categoría de Técnico/a Medio Sanitario en Cuidados Auxiliares de Enfermería.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 5 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 165514
ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas
selectivas en la Administración Pública (modelo 790) y en las siguientes instrucciones
particulares.
En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala» se consignará: (denominación de la
categoría).
En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará «ESC».
En el recuadro 18, «Ministerio/órgano/Entidad convocante», se consignará
«Ministerio de Sanidad».
En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que
haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 21, «Grado de Discapacidad», las personas aspirantes deberán
indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado.
En el recuadro 22, «Reserva de Discapacidad», se indicará GENERAL.
En el recuadro 26, «Títulos académicos oficiales», se consignará el que se posea y
habilite para presentarse a estas pruebas.
Las solicitudes se dirigirán a la Dirección del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria.
ANEXO V
Documentación a presentar para el nombramiento de personal estatutario fijo
a) Título exigido para su participación en estas pruebas selectivas. Las personas
aspirantes con titulación obtenida en el extranjero, deberán acreditar que están en
posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del
correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a las
personas aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación
profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de
Derecho Comunitario (Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, BOE del 22).
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, de cualquier servicio de salud o Administración Pública en los seis años
anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio
de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión. Las personas
aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar, además de la
declaración relativa al Estado Español, declaración jurada o promesa de no estar
sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la
función pública.
c) Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, en el caso
de españoles o en otro caso del Registro de Penados del País de la nacionalidad a la
que se refiere la base segunda.
d) Declaración de acatamiento de la Constitución y del Estatuto de Autonomía
correspondiente a la Ciudad de destino y del resto del Ordenamiento Jurídico.
e) La capacidad funcional para el desempeño de la plaza se acreditará mediante
certificación expedida por los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales del INGESA
de las Ciudades de Ceuta, Melilla o Valencia (según corresponda), o por los Servicios
Médicos de los Servicios de Salud. La toma de posesión quedará supeditada a la
superación de este requisito.
Quienes ya ostenten la condición de personal fijo de las Administraciones Públicas o
de los Servicios de Salud estarán exentos de acreditar las condiciones y requisitos ya
justificados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del
cve: BOE-A-2024-25357
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 293
Jueves 5 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 165514
ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas
selectivas en la Administración Pública (modelo 790) y en las siguientes instrucciones
particulares.
En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala» se consignará: (denominación de la
categoría).
En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará «ESC».
En el recuadro 18, «Ministerio/órgano/Entidad convocante», se consignará
«Ministerio de Sanidad».
En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que
haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 21, «Grado de Discapacidad», las personas aspirantes deberán
indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado.
En el recuadro 22, «Reserva de Discapacidad», se indicará GENERAL.
En el recuadro 26, «Títulos académicos oficiales», se consignará el que se posea y
habilite para presentarse a estas pruebas.
Las solicitudes se dirigirán a la Dirección del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria.
ANEXO V
Documentación a presentar para el nombramiento de personal estatutario fijo
a) Título exigido para su participación en estas pruebas selectivas. Las personas
aspirantes con titulación obtenida en el extranjero, deberán acreditar que están en
posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del
correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a las
personas aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación
profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de
Derecho Comunitario (Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, BOE del 22).
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, de cualquier servicio de salud o Administración Pública en los seis años
anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio
de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión. Las personas
aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar, además de la
declaración relativa al Estado Español, declaración jurada o promesa de no estar
sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la
función pública.
c) Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, en el caso
de españoles o en otro caso del Registro de Penados del País de la nacionalidad a la
que se refiere la base segunda.
d) Declaración de acatamiento de la Constitución y del Estatuto de Autonomía
correspondiente a la Ciudad de destino y del resto del Ordenamiento Jurídico.
e) La capacidad funcional para el desempeño de la plaza se acreditará mediante
certificación expedida por los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales del INGESA
de las Ciudades de Ceuta, Melilla o Valencia (según corresponda), o por los Servicios
Médicos de los Servicios de Salud. La toma de posesión quedará supeditada a la
superación de este requisito.
Quienes ya ostenten la condición de personal fijo de las Administraciones Públicas o
de los Servicios de Salud estarán exentos de acreditar las condiciones y requisitos ya
justificados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del
cve: BOE-A-2024-25357
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Núm. 293