Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Registro Civil. Gestión informatizada. (BOE-A-2024-25417)
Resolución de 18 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerda la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática Dicireg en las Oficinas del Registro Civil del Partido Judicial de Vitigudino, para el funcionamiento de las mismas conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 293
Jueves 5 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 165829
Barruecopardo, Bermellar, Bogajo, Brincones, Cabeza del Caballo, Cerezal de
Peñahorcada, Cerralbo, Cipérez, El Cubo de Don Sancho, El Milano, Encinasola de los
Comendadores, Espadaña, Fuentealiente, Guadramiro, Hinojosa de Duero, Iruelos, La
Fregeneda, La Peña, La Redonda, La Vídola, La Zarza de Pumareda, Lumbrales,
Masueco, Mieza, Moronta, Olmedo de Camaces, Peralejos de Abajo, Peralejos de
Arriba, Pereña de la Ribera, Pozos de Hinojo, Puertas, Saldeana, San Felices de los
Gallegos, Sanchón de la Ribera, Saucelle, Sobradillo, Trabanca, Tremedal de Tormes,
Valderrodrigo, Valsalabroso, Villar de Peralonso, Villar de Samaniego, Villares de Yeltes,
Villarino de los Aires, Villarmuerto, Villasbuenas, Villavieja de Yeltes, Vilvestre y Yecla de
Yeltes pasarán a denominarse oficinas colaboradoras del Registro Civil de Ahigal de los
Aceiteros, Ahigal de Villarino, Aldeadávila de la Ribera, Almendra, Bañobárez, Barceo,
Barruecopardo, Bermellar, Bogajo, Brincones, Cabeza del Caballo, Cerezal de
Peñahorcada, Cerralbo, Cipérez, El Cubo de Don Sancho, El Milano, Encinasola de los
Comendadores, Espadaña, Fuentealiente, Guadramiro, Hinojosa de Duero, Iruelos, La
Fregeneda, La Peña, La Redonda, La Vídola, La Zarza de Pumareda, Lumbrales,
Masueco, Mieza, Moronta, Olmedo de Camaces, Peralejos de Abajo, Peralejos de
Arriba, Pereña de la Ribera, Pozos de Hinojo, Puertas, Saldeana, San Felices de los
Gallegos, Sanchón de la Ribera, Saucelle, Sobradillo, Trabanca, Tremedal de Tormes,
Valderrodrigo, Valsalabroso, Villar de Peralonso, Villar de Samaniego, Villares de Yeltes,
Villarino de los Aires, Villarmuerto, Villasbuenas, Villavieja de Yeltes, Vilvestre y Yecla de
Yeltes, según resultan creadas en virtud de lo dispuesto en la disposición transitoria
octava y en la disposición adicional quinta, ambas de la Ley 20/2011, de 21 de julio, y
serán de aplicación las demás previsiones contenidas en dicha ley.
2. Mientras no entre en vigor el nuevo Reglamento de Registro Civil, que desarrolle
la Ley 20/2011, de 21 de julio, será de aplicación lo dispuesto en la Instrucción de 16 de
septiembre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la
que se acuerdan las pautas y criterios para apoyar la entrada en servicio efectiva de la
aplicación informática DICIREG, conforme a las previsiones contenidas en la
Ley 20/2011, de 21 de julio, modificada por la Instrucción de 3 de junio de 2022, de la
Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública y las demás Instrucciones,
Circulares y Resoluciones que han sido dictadas hasta el momento, en relación con la
aplicación de la Ley 20/2011.
El personal que, en la fecha indicada de entrada en servicio efectiva de DICIREG,
esté prestando servicios en el Registro Civil de Vitigudino y en las secretarías o unidades
procesales de apoyo directo de los Registros Civiles Municipales Delegados de Ahigal de
los Aceiteros, Ahigal de Villarino, Aldeadávila de la Ribera, Almendra, Bañobárez,
Barceo, Barruecopardo, Bermellar, Bogajo, Brincones, Cabeza del Caballo, Cerezal de
Peñahorcada, Cerralbo, Cipérez, El Cubo de Don Sancho, El Milano, Encinasola de los
Comendadores, Espadaña, Fuentealiente, Guadramiro, Hinojosa de Duero, Iruelos, La
Fregeneda, La Peña, La Redonda, La Vídola, La Zarza de Pumareda, Lumbrales,
Masueco, Mieza, Moronta, Olmedo de Camaces, Peralejos de Abajo, Peralejos de
Arriba, Pereña de la Ribera, Pozos de Hinojo, Puertas, Saldeana, San Felices de los
Gallegos, Sanchón de la Ribera, Saucelle, Sobradillo, Trabanca, Tremedal de Tormes,
Valderrodrigo, Valsalabroso, Villar de Peralonso, Villar de Samaniego, Villares de Yeltes,
Villarino de los Aires, Villarmuerto, Villasbuenas, Villavieja de Yeltes, Vilvestre y Yecla de
Yeltes, continuará desarrollando sus funciones en las oficinas del Registro Civil, según lo
establecido en la disposición transitoria octava de la Ley 20/2011, de 21 de julio, y en
esta resolución, aplicando las normas reseñadas en el artículo segundo.
cve: BOE-A-2024-25417
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.
Núm. 293
Jueves 5 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 165829
Barruecopardo, Bermellar, Bogajo, Brincones, Cabeza del Caballo, Cerezal de
Peñahorcada, Cerralbo, Cipérez, El Cubo de Don Sancho, El Milano, Encinasola de los
Comendadores, Espadaña, Fuentealiente, Guadramiro, Hinojosa de Duero, Iruelos, La
Fregeneda, La Peña, La Redonda, La Vídola, La Zarza de Pumareda, Lumbrales,
Masueco, Mieza, Moronta, Olmedo de Camaces, Peralejos de Abajo, Peralejos de
Arriba, Pereña de la Ribera, Pozos de Hinojo, Puertas, Saldeana, San Felices de los
Gallegos, Sanchón de la Ribera, Saucelle, Sobradillo, Trabanca, Tremedal de Tormes,
Valderrodrigo, Valsalabroso, Villar de Peralonso, Villar de Samaniego, Villares de Yeltes,
Villarino de los Aires, Villarmuerto, Villasbuenas, Villavieja de Yeltes, Vilvestre y Yecla de
Yeltes pasarán a denominarse oficinas colaboradoras del Registro Civil de Ahigal de los
Aceiteros, Ahigal de Villarino, Aldeadávila de la Ribera, Almendra, Bañobárez, Barceo,
Barruecopardo, Bermellar, Bogajo, Brincones, Cabeza del Caballo, Cerezal de
Peñahorcada, Cerralbo, Cipérez, El Cubo de Don Sancho, El Milano, Encinasola de los
Comendadores, Espadaña, Fuentealiente, Guadramiro, Hinojosa de Duero, Iruelos, La
Fregeneda, La Peña, La Redonda, La Vídola, La Zarza de Pumareda, Lumbrales,
Masueco, Mieza, Moronta, Olmedo de Camaces, Peralejos de Abajo, Peralejos de
Arriba, Pereña de la Ribera, Pozos de Hinojo, Puertas, Saldeana, San Felices de los
Gallegos, Sanchón de la Ribera, Saucelle, Sobradillo, Trabanca, Tremedal de Tormes,
Valderrodrigo, Valsalabroso, Villar de Peralonso, Villar de Samaniego, Villares de Yeltes,
Villarino de los Aires, Villarmuerto, Villasbuenas, Villavieja de Yeltes, Vilvestre y Yecla de
Yeltes, según resultan creadas en virtud de lo dispuesto en la disposición transitoria
octava y en la disposición adicional quinta, ambas de la Ley 20/2011, de 21 de julio, y
serán de aplicación las demás previsiones contenidas en dicha ley.
2. Mientras no entre en vigor el nuevo Reglamento de Registro Civil, que desarrolle
la Ley 20/2011, de 21 de julio, será de aplicación lo dispuesto en la Instrucción de 16 de
septiembre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la
que se acuerdan las pautas y criterios para apoyar la entrada en servicio efectiva de la
aplicación informática DICIREG, conforme a las previsiones contenidas en la
Ley 20/2011, de 21 de julio, modificada por la Instrucción de 3 de junio de 2022, de la
Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública y las demás Instrucciones,
Circulares y Resoluciones que han sido dictadas hasta el momento, en relación con la
aplicación de la Ley 20/2011.
El personal que, en la fecha indicada de entrada en servicio efectiva de DICIREG,
esté prestando servicios en el Registro Civil de Vitigudino y en las secretarías o unidades
procesales de apoyo directo de los Registros Civiles Municipales Delegados de Ahigal de
los Aceiteros, Ahigal de Villarino, Aldeadávila de la Ribera, Almendra, Bañobárez,
Barceo, Barruecopardo, Bermellar, Bogajo, Brincones, Cabeza del Caballo, Cerezal de
Peñahorcada, Cerralbo, Cipérez, El Cubo de Don Sancho, El Milano, Encinasola de los
Comendadores, Espadaña, Fuentealiente, Guadramiro, Hinojosa de Duero, Iruelos, La
Fregeneda, La Peña, La Redonda, La Vídola, La Zarza de Pumareda, Lumbrales,
Masueco, Mieza, Moronta, Olmedo de Camaces, Peralejos de Abajo, Peralejos de
Arriba, Pereña de la Ribera, Pozos de Hinojo, Puertas, Saldeana, San Felices de los
Gallegos, Sanchón de la Ribera, Saucelle, Sobradillo, Trabanca, Tremedal de Tormes,
Valderrodrigo, Valsalabroso, Villar de Peralonso, Villar de Samaniego, Villares de Yeltes,
Villarino de los Aires, Villarmuerto, Villasbuenas, Villavieja de Yeltes, Vilvestre y Yecla de
Yeltes, continuará desarrollando sus funciones en las oficinas del Registro Civil, según lo
establecido en la disposición transitoria octava de la Ley 20/2011, de 21 de julio, y en
esta resolución, aplicando las normas reseñadas en el artículo segundo.
cve: BOE-A-2024-25417
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Tercero.