Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Registro Civil. Gestión informatizada. (BOE-A-2024-25416)
Resolución de 18 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerda la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática Dicireg en las Oficinas del Registro Civil del Partido Judicial de Piedrahíta, para el funcionamiento de las mismas conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.
<< 3 << Página 3
Página 4 Pág. 4
-
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 293

Jueves 5 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 165826

Martínez, Medinilla, Mesegar de Corneja, Narrillos del Álamo, Nava del Barco,
Navacepedilla de Corneja, Navadijos, Navaescurial, Navalonguilla, Navalperal de
Tormes, Navarredonda de Gredos, Navatejares, Neila de San Miguel, Pascualcobo,
Puerto Castilla, San Bartolomé de Béjar, San Bartolomé de Corneja, San Juan de
Gredos, San Lorenzo de Tormes, San Martín de la Vega del Alberche, San Martín del
Pimpollar, San Miguel de Corneja, San Miguel de Serrezuela, Santa María de los
Caballeros, Santa María del Berrocal, Santiago del Collado, Santiago del Tormes, Solana
de Ávila, Tormellas, Tórtoles, Umbrías, Villafranca de la Sierra, Villanueva del Campillo,
Villar de Corneja, Zapardiel de la Cañada y Zapardiel de la Ribera, continuará
desarrollando sus funciones en las oficinas del Registro Civil, según lo establecido en la
disposición transitoria octava de la Ley 20/2011, de 21 de julio, y en esta resolución,
aplicando las normas reseñadas en el artículo segundo.
Cuarto.
La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública regulará, en uso de las
atribuciones comprendidas en el artículo 26 de la Ley 20/2011, de 21 de julio, los
protocolos e instrucciones que resulten oportunos para el mejor desempeño del servicio.
Quinto.
La presente resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2024-25416
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 18 de noviembre de 2024.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe
Pública, María Ester Pérez Jerez.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X