Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Servicios portuarios. (BOE-A-2024-25291)
Resolución de 31 de octubre de 2024, de la Autoridad Portuaria de A Coruña, por la que se publica la aprobación del Pliego de prescripciones particulares del servicio portuario de recepción de desechos generados por buques y residuos de carga en el puerto de A Coruña.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 292

Miércoles 4 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 164984

8.1 Desechos no peligrosos generados por buques regulados por el anexo V.
8.2 Residuos peligrosos generados por buques regulados por el anexo V.
8.3 Residuos de carga regulados por el anexo V.
9.

Anexo VI.

Prescripción 3.ª
Sección II.

Licencias.

Prescripción 4.ª
1.
2.

Tipos de licencias.

Por tipo de desecho o residuo (anexo).
Por ámbito geográfico.

Prescripción 5.ª
1.
2.

Ámbito geográfico.

Plazo e inversión significativa.

Plazo.
Inversión significativa.

Prescripción 6.ª Otorgamiento de las licencias.
Prescripción 7.ª Modificación de este pliego de prescripciones particulares y de las
licencias.
Modificación del pliego de prescripciones particulares.
Modificación de las licencias.

Prescripción 8.ª
Sección III.

Acceso a la prestación del servicio.

Prescripción 9.ª
9.ª1.
9.ª2.

Extinción de las licencias.

Requisitos de acceso y régimen de incompatibilidades.

Requisitos de acceso.
Régimen de incompatibilidades.

Prescripción 10.ª
profesional.
1.
2.

Solvencia económico-financiera.
Solvencia técnico-profesional.

Prescripción 11.ª
1.
1.1

Condiciones de solvencia económico-financiera y técnico-

Medios humanos y materiales mínimos exigidos.

Medios materiales mínimos exigidos para prestar el servicio.
Residuos de carga.

2. Medios humanos mínimos y su cualificación exigidos para prestar el servicio.
3. Licencias restringidas al ámbito geográfico de una estación marítima o terminal
de mercancías dedicadas a uso particular y licencias de terminales de hidrocarburos,
químicas y petroquímicas, astilleros e instalaciones de reparación naval o de desguace a
as que hace referencia el artículo 63 del TRLPEMM.
4. Medios necesarios para el cumplimiento de la obligación de servicio público de
cooperar en las operaciones de salvamento, extinción de incendios, lucha contra la
contaminación, así como en prevención y control de emergencias.
Prescripción 12.ª Obligaciones sobre seguridad, de protección medioambiental y de
contribución a la sostenibilidad.
Prescripción 13.ª Obligaciones de servicio público portuario.

cve: BOE-A-2024-25291
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