Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-25312)
Resolución de 25 de noviembre de 2024, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con el Centro de Enseñanzas y Desarrollo, SL, para la realización de prácticas académicas externas de grado y de máster.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 292
Miércoles 4 de diciembre de 2024
Cuarta.
Sec. III. Pág. 165197
Requisitos de los estudiantes.
Para beneficiarse del Programa, los estudiantes aspirantes deben reunir el día de
finalización del plazo de presentación de solicitudes los siguientes requisitos:
a) Poseer la nacionalidad de un estado miembro de la Unión Europea.
b) Haber nacido a partir del 1 de enero de 1996, año de referencia para aquellos
estudiantes que participen en el Programa a celebrar el curso académico 2024-2025.
Esta fecha se irá adaptando al Curso Académico correspondiente (estudiantes
hasta veintiocho años) a lo largo de las anualidades del Programa que se desarrollen
bajo el presente convenio.
c) Encontrarse cursando, en el momento de solicitar la participación en el
Programa, un Grado o Máster, oficial o propio, con la única limitación de que esté
adscrito a la Universidad.
d) Dominar la lengua española.
e) Inglés avanzado (preferentemente nivel B2).
f) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica
incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones de las prácticas en el
momento de aceptación de la misma.
g) No haber participado con anterioridad en este Programa, ni en ningún otro
programa para titulados universitarios de similares características gestionado por ICEX.
h) No mantener ninguna relación contractual con ICEX, ni directamente como
profesional, ni indirectamente como trabajador o trabajadora por cuenta ajena de una
empresa contratada por ICEX.
Quinta.
Selección de los estudiantes.
ICEX, atendiendo a las solicitudes de participación que reciba de sus distintos
centros de actuación, realizará una descripción de cada una de las plazas de prácticas
ofertadas, incluyendo en cada caso el proyecto formativo que se ofrece y el perfil de
estudiante que se requiere, y remitirá esta información a CEDEU-Centro de Estudios
Universitarios.
A la vista de los perfiles presentados por ICEX, CEDEU-Centro de Estudios
Universitarios realizará una selección entre los estudiantes interesados, remitiendo a
ICEX un número máximo de candidaturas por cada una de las plazas ofertadas, que se
determinará en cada edición con carácter previo al lanzamiento de la convocatoria.
Estos currículos serán enviados a ICEX para que los solicitantes de los perfiles
de ICEX realicen una primera preselección de los estudiantes que se ajusten mejor
al perfil que necesitan. Posteriormente, ICEX se pondrá en contacto directamente
con los candidatos resultantes de esta primera preselección para iniciar el proceso
de selección final.
Las prácticas académicas objeto de este convenio tienen carácter formativo, y de su
realización no se derivarán, en ningún caso, obligaciones propias de una relación laboral,
ni su contenido podrá dar lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos
de trabajo.
Durante la vigencia del Programa, el estudiante que participe en las prácticas no
podrá ocupar puesto de trabajo alguno en ICEX, ni siquiera de carácter eventual.
Mediante la firma del documento «Compromiso del estudiante», ICEX y los
estudiantes en prácticas aceptarán expresamente que la relación que se establece no es
de carácter laboral y se comprometerán a no establecer vínculo laboral alguno entre
ellos, ni siquiera de carácter eventual, mientras el Programa esté vigente.
cve: BOE-A-2024-25312
Verificable en https://www.boe.es
Sexta. Régimen jurídico de la relación que se establece entre ICEX y el estudiante en
prácticas.
Núm. 292
Miércoles 4 de diciembre de 2024
Cuarta.
Sec. III. Pág. 165197
Requisitos de los estudiantes.
Para beneficiarse del Programa, los estudiantes aspirantes deben reunir el día de
finalización del plazo de presentación de solicitudes los siguientes requisitos:
a) Poseer la nacionalidad de un estado miembro de la Unión Europea.
b) Haber nacido a partir del 1 de enero de 1996, año de referencia para aquellos
estudiantes que participen en el Programa a celebrar el curso académico 2024-2025.
Esta fecha se irá adaptando al Curso Académico correspondiente (estudiantes
hasta veintiocho años) a lo largo de las anualidades del Programa que se desarrollen
bajo el presente convenio.
c) Encontrarse cursando, en el momento de solicitar la participación en el
Programa, un Grado o Máster, oficial o propio, con la única limitación de que esté
adscrito a la Universidad.
d) Dominar la lengua española.
e) Inglés avanzado (preferentemente nivel B2).
f) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica
incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones de las prácticas en el
momento de aceptación de la misma.
g) No haber participado con anterioridad en este Programa, ni en ningún otro
programa para titulados universitarios de similares características gestionado por ICEX.
h) No mantener ninguna relación contractual con ICEX, ni directamente como
profesional, ni indirectamente como trabajador o trabajadora por cuenta ajena de una
empresa contratada por ICEX.
Quinta.
Selección de los estudiantes.
ICEX, atendiendo a las solicitudes de participación que reciba de sus distintos
centros de actuación, realizará una descripción de cada una de las plazas de prácticas
ofertadas, incluyendo en cada caso el proyecto formativo que se ofrece y el perfil de
estudiante que se requiere, y remitirá esta información a CEDEU-Centro de Estudios
Universitarios.
A la vista de los perfiles presentados por ICEX, CEDEU-Centro de Estudios
Universitarios realizará una selección entre los estudiantes interesados, remitiendo a
ICEX un número máximo de candidaturas por cada una de las plazas ofertadas, que se
determinará en cada edición con carácter previo al lanzamiento de la convocatoria.
Estos currículos serán enviados a ICEX para que los solicitantes de los perfiles
de ICEX realicen una primera preselección de los estudiantes que se ajusten mejor
al perfil que necesitan. Posteriormente, ICEX se pondrá en contacto directamente
con los candidatos resultantes de esta primera preselección para iniciar el proceso
de selección final.
Las prácticas académicas objeto de este convenio tienen carácter formativo, y de su
realización no se derivarán, en ningún caso, obligaciones propias de una relación laboral,
ni su contenido podrá dar lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos
de trabajo.
Durante la vigencia del Programa, el estudiante que participe en las prácticas no
podrá ocupar puesto de trabajo alguno en ICEX, ni siquiera de carácter eventual.
Mediante la firma del documento «Compromiso del estudiante», ICEX y los
estudiantes en prácticas aceptarán expresamente que la relación que se establece no es
de carácter laboral y se comprometerán a no establecer vínculo laboral alguno entre
ellos, ni siquiera de carácter eventual, mientras el Programa esté vigente.
cve: BOE-A-2024-25312
Verificable en https://www.boe.es
Sexta. Régimen jurídico de la relación que se establece entre ICEX y el estudiante en
prácticas.