Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. III. Otras disposiciones. Entidades de seguros. (BOE-A-2024-25316)
Orden ECM/1369/2024, de 22 de noviembre, de autorización administrativa de la fusión por absorción de la entidad IMA Ibérica de Seguros y Reaseguros, SA, por IMA Assurances, SA.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 292
Miércoles 4 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 165230
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA
25316
Orden ECM/1369/2024, de 22 de noviembre, de autorización administrativa
de la fusión por absorción de la entidad IMA Ibérica de Seguros y
Reaseguros, SA, por IMA Assurances, SA.
La entidad IMA Assurances SA, domiciliada en Francia, que opera en España en
régimen de derecho de establecimiento con la clave E0258, así como en régimen de
libre prestación de servicios con la clave L0845, y la entidad IMA Ibérica de Seguros y
Reaseguros, SA, inscrita en el Registro administrativo de entidades aseguradoras con
clave C0709, han presentado, con fecha 18 de junio de 2024, solicitud de autorización
administrativa y completado con los documentos previstos legalmente para llevar a cabo
la operación de fusión por absorción de la entidad IMA Ibérica de Seguros y Reaseguros,
SA, por parte de la entidad IMA Assurances SA.
De la documentación que se adjunta a la solicitud presentada se concluye que se ha
dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 90 de la Ley 20/2015,
de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y
reaseguradoras, y en los artículos 109, 110 y 111 del Real Decreto 1060/2015, de 20 de
noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y
reaseguradoras, para llevar a cabo la operación de fusión.
En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de
Pensiones, resuelvo:
Primero.
Autorizar, en los términos de la solicitud presentada, la fusión por absorción de la
entidad IMA Ibérica de Seguros y Reaseguros, SA (C0709) por parte de la entidad IMA
Assurances SA (E0258).
Segundo.
La entidad absorbida notificará individualmente a cada tomador, al menos, los
siguientes aspectos:
– La efectividad de la fusión, con su fecha de efectos, y la identificación de la entidad
absorbente y de la orden ministerial de autorización.
– El derecho del tomador a solicitar la resolución de su póliza en el plazo de un mes
contado desde la publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado», así como
el derecho a la devolución de la prima no consumida.
Declarar la extinción y cancelación de la entidad IMA Ibérica de Seguros y
Reaseguros, SA (C0709), en el Registro administrativo de entidades aseguradoras y
reaseguradoras al que se refiere el artículo 40 de la Ley 20/2015, de 14 de julio.
Cuarto.
La presente orden se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo
previsto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se podrá interponer con
cve: BOE-A-2024-25316
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.
Núm. 292
Miércoles 4 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 165230
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA
25316
Orden ECM/1369/2024, de 22 de noviembre, de autorización administrativa
de la fusión por absorción de la entidad IMA Ibérica de Seguros y
Reaseguros, SA, por IMA Assurances, SA.
La entidad IMA Assurances SA, domiciliada en Francia, que opera en España en
régimen de derecho de establecimiento con la clave E0258, así como en régimen de
libre prestación de servicios con la clave L0845, y la entidad IMA Ibérica de Seguros y
Reaseguros, SA, inscrita en el Registro administrativo de entidades aseguradoras con
clave C0709, han presentado, con fecha 18 de junio de 2024, solicitud de autorización
administrativa y completado con los documentos previstos legalmente para llevar a cabo
la operación de fusión por absorción de la entidad IMA Ibérica de Seguros y Reaseguros,
SA, por parte de la entidad IMA Assurances SA.
De la documentación que se adjunta a la solicitud presentada se concluye que se ha
dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 90 de la Ley 20/2015,
de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y
reaseguradoras, y en los artículos 109, 110 y 111 del Real Decreto 1060/2015, de 20 de
noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y
reaseguradoras, para llevar a cabo la operación de fusión.
En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de
Pensiones, resuelvo:
Primero.
Autorizar, en los términos de la solicitud presentada, la fusión por absorción de la
entidad IMA Ibérica de Seguros y Reaseguros, SA (C0709) por parte de la entidad IMA
Assurances SA (E0258).
Segundo.
La entidad absorbida notificará individualmente a cada tomador, al menos, los
siguientes aspectos:
– La efectividad de la fusión, con su fecha de efectos, y la identificación de la entidad
absorbente y de la orden ministerial de autorización.
– El derecho del tomador a solicitar la resolución de su póliza en el plazo de un mes
contado desde la publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado», así como
el derecho a la devolución de la prima no consumida.
Declarar la extinción y cancelación de la entidad IMA Ibérica de Seguros y
Reaseguros, SA (C0709), en el Registro administrativo de entidades aseguradoras y
reaseguradoras al que se refiere el artículo 40 de la Ley 20/2015, de 14 de julio.
Cuarto.
La presente orden se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo
previsto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se podrá interponer con
cve: BOE-A-2024-25316
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.