Ministerio de Transportes y Movilidad SostenibleV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Bienes de interés cultural. (BOE-B-2024-44567)
Extracto de modificación del Extracto de la Orden por la que se aprueba la segunda convocatoria de subvenciones en concurrencia no competitiva del Eco-Incentivo para el impulso del transporte ferroviario de mercancías basado en el mérito ambiental y socioeconómico, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia- financiado por la Unión Europea -NextGenerationEU correspondiente al periodo de elegibilidad 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 292
Miércoles 4 de diciembre de 2024
Sec. V-B. Pág. 69579
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
44567
Extracto de modificación del Extracto de la Orden por la que se aprueba
la se gunda convocatoria de subve ncione s e n concurre ncia no
competitiva del Eco-Incentivo para el impulso del transporte ferroviario
de mercancías basado en el mérito ambiental y socioeconómico, en el
marco de l Plan de Re cupe ración, Transformación y Re silie nciafinanciado por la Unión Europea -NextGenerationEU correspondiente al
periodo de elegibilidad 2023.
BDNS(Identif.):703857
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
703857)
Se modifica el apartado "Cuarto. Cuantía" del Extracto publicado el 20 de junio
de 2023, que pasa a tener la siguiente redacción:
«Cuarto. Cuantía.
La cuantía total máxima de las subvenciones a conceder en el marco de la
presente convocatoria será inicialmente de 25.000.000 de euros, sin perjuicio de la
posibilidad de ampliar la cuantía en función de los créditos disponibles, sin
necesidad de una nueva convocatoria, de acuerdo con lo establecido en el artículo
62.3 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre.
La convocatoria se aprueba por el sistema de tramitación anticipada con cargo
al ejercicio presupuestario 2024. De acuerdo con la Regla 43 de la Instrucción de
Operatoria Contable a seguir en la ejecución del gasto de la Administración
General del Estado, la concesión de la subvención quedará sometida a la
condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para
financiarlas obligaciones derivadas de la concesión en el ejercicio correspondiente.
Con fecha 29 de noviembre de 2024 se ha aprobado la distribución definitiva
del gasto entre los créditos de la convocatoria. El gasto de las subvenciones será
imputable al ejercicio 2024, en el que recaerán las resoluciones de concesión
correspondientes, de acuerdo con la siguiente distribución final de créditos:
17.50.20.45FD.441: 3.150.795,13 €.
El anuncio completo de publicación de la distribución definitiva de la cuantía
máxima entre los créditos presupuestarios puede consultarse en la Base de Datos
Nacional de Subvenciones, y en la Sede Electrónica del Ministerio de Transportes
y Movilidad Sostenible. Esta publicidad no implica la apertura de plazo para
presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.»
Madrid, 2 de diciembre de 2024.- El Ministro de Transportes y Movilidad
Sostenible, P.D. (Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre; Real Decreto 829/
2023, de 20 de noviembre; Real Decreto 253/2024, de 12 de marzo), el Secretario
de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible, José Antonio Santano Clavero.
ID: A240055762-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2024-44567
Verificable en https://www.boe.es
17.50.20.45FD.470: 21.849.204,87 €.
Núm. 292
Miércoles 4 de diciembre de 2024
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44567
Extracto de modificación del Extracto de la Orden por la que se aprueba
la se gunda convocatoria de subve ncione s e n concurre ncia no
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de mercancías basado en el mérito ambiental y socioeconómico, en el
marco de l Plan de Re cupe ración, Transformación y Re silie nciafinanciado por la Unión Europea -NextGenerationEU correspondiente al
periodo de elegibilidad 2023.
BDNS(Identif.):703857
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
703857)
Se modifica el apartado "Cuarto. Cuantía" del Extracto publicado el 20 de junio
de 2023, que pasa a tener la siguiente redacción:
«Cuarto. Cuantía.
La cuantía total máxima de las subvenciones a conceder en el marco de la
presente convocatoria será inicialmente de 25.000.000 de euros, sin perjuicio de la
posibilidad de ampliar la cuantía en función de los créditos disponibles, sin
necesidad de una nueva convocatoria, de acuerdo con lo establecido en el artículo
62.3 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre.
La convocatoria se aprueba por el sistema de tramitación anticipada con cargo
al ejercicio presupuestario 2024. De acuerdo con la Regla 43 de la Instrucción de
Operatoria Contable a seguir en la ejecución del gasto de la Administración
General del Estado, la concesión de la subvención quedará sometida a la
condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para
financiarlas obligaciones derivadas de la concesión en el ejercicio correspondiente.
Con fecha 29 de noviembre de 2024 se ha aprobado la distribución definitiva
del gasto entre los créditos de la convocatoria. El gasto de las subvenciones será
imputable al ejercicio 2024, en el que recaerán las resoluciones de concesión
correspondientes, de acuerdo con la siguiente distribución final de créditos:
17.50.20.45FD.441: 3.150.795,13 €.
El anuncio completo de publicación de la distribución definitiva de la cuantía
máxima entre los créditos presupuestarios puede consultarse en la Base de Datos
Nacional de Subvenciones, y en la Sede Electrónica del Ministerio de Transportes
y Movilidad Sostenible. Esta publicidad no implica la apertura de plazo para
presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.»
Madrid, 2 de diciembre de 2024.- El Ministro de Transportes y Movilidad
Sostenible, P.D. (Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre; Real Decreto 829/
2023, de 20 de noviembre; Real Decreto 253/2024, de 12 de marzo), el Secretario
de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible, José Antonio Santano Clavero.
ID: A240055762-1
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cve: BOE-B-2024-44567
Verificable en https://www.boe.es
17.50.20.45FD.470: 21.849.204,87 €.