Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Escala de Científicos Titulares de los Organismos Públicos de Investigación. (BOE-A-2024-25150)
Resolución de 26 de noviembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se aprueba la relación provisional de personas admitidas y excluidas, y se anuncia fecha, hora y lugar de la primera fase de concurso del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Científicos Titulares de los Organismos Públicos de Investigación, convocado por Resolución de 14 de junio de 2024.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 291
Martes 3 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 164430
1. Instancia o documentación presentada fuera de plazo (motivo insubsanable).
2. No presentar la solicitud en modelo oficial (IPS); no firmar la solicitud (solicitudes
en soporte papel. Firma-e en solicitud telemática).
3. No acreditar la nacionalidad exigida en la convocatoria. No haber aportado los
cónyuges/descendientes menores de 21 años, no residentes en España, documentación
acreditativa las condiciones alegadas. No acreditar documentalmente residencia legal en
España. No acreditar documentalmente inclusión en tratados internacionales de libre
circulación de trabajadores.
4. No cumplir con requisito de edad.
5. No presentar el título de Doctor/No presentar certificado de equivalencia o
credencial de homologación del título de Doctor (titulaciones en el extranjero).
6. No poseer o indicar la titulación exigida en la convocatoria.
7. No aportar curriculum vitae.
8. No aportar resumen con los objetivos científicos y líneas fundamentales de
investigación del solicitante.
9. No aportar el resumen de las aportaciones científico-técnicas más relevantes de
la carrera profesional del solicitante.
10. No aportar 5 ejemplares con las aportaciones científico-técnicas más relevantes
de la carrera profesional del solicitante.
11. No presentar acreditación documental del desarrollo de labores investigación en
instituciones públicas o privadas un mínimo de nueve años (Profesorado Investigación)Seis años (Personal Investigador Científico).
12. No abonar los derechos de examen, no presentar documentación acreditativa
del abono de la tasa de inscripción (comprobante bancario de ingreso o transferencia
internacional), o hacerlo en cuantía inferior a la establecida.
13. No presentar certificado del servicio público de empleo expedido en plazo de
presentación de solicitudes o presentar uno que no cumple con los requisitos para la
exención del pago de la tasa (antigüedad mínima y no rechazos).
14. No presentar certificación de la declaración de IRPF del solicitante
correspondiente al último ejercicio y, en su caso, certificado de nivel de renta para
justificar exención de tasa de derechos de examen para los demandantes de empleo o la
presentada no cumple con los requisitos para la exención del pago de la tasa.
15. No presentar, para justificar exención de tasa de derechos de examen,
certificado acreditativo de discapacidad cuando esta no haya sido reconocida por las
CC. AA.
16. No acreditar documentalmente los solicitantes miembros de familia
numerosa especial la exención de la tasa de examen. No acreditar documentalmente
los solicitantes miembros de familia numerosa general el pago de tasa de examen
reducida.
17. No acreditar documentalmente la condición de víctima de terrorismo para
justificar la exención de la tasa de examen.
18. Concurrir a más de un perfil, programa o ámbito geográfico, presentar más de
una solicitud, no reflejar perfil, programa o ámbito geográfico en la solicitud (motivo
insubsanable).
19. El perfil, programa o ámbito geográfico indicado no se encuentra entre los que
se relacionan en la convocatoria.
20. No indica correctamente idioma.
21. No pertenecer a ningún cuerpo/escala de la Administración General del Estado
(promoción interna).
cve: BOE-A-2024-25150
Verificable en https://www.boe.es
Motivos de exclusión:
Núm. 291
Martes 3 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 164430
1. Instancia o documentación presentada fuera de plazo (motivo insubsanable).
2. No presentar la solicitud en modelo oficial (IPS); no firmar la solicitud (solicitudes
en soporte papel. Firma-e en solicitud telemática).
3. No acreditar la nacionalidad exigida en la convocatoria. No haber aportado los
cónyuges/descendientes menores de 21 años, no residentes en España, documentación
acreditativa las condiciones alegadas. No acreditar documentalmente residencia legal en
España. No acreditar documentalmente inclusión en tratados internacionales de libre
circulación de trabajadores.
4. No cumplir con requisito de edad.
5. No presentar el título de Doctor/No presentar certificado de equivalencia o
credencial de homologación del título de Doctor (titulaciones en el extranjero).
6. No poseer o indicar la titulación exigida en la convocatoria.
7. No aportar curriculum vitae.
8. No aportar resumen con los objetivos científicos y líneas fundamentales de
investigación del solicitante.
9. No aportar el resumen de las aportaciones científico-técnicas más relevantes de
la carrera profesional del solicitante.
10. No aportar 5 ejemplares con las aportaciones científico-técnicas más relevantes
de la carrera profesional del solicitante.
11. No presentar acreditación documental del desarrollo de labores investigación en
instituciones públicas o privadas un mínimo de nueve años (Profesorado Investigación)Seis años (Personal Investigador Científico).
12. No abonar los derechos de examen, no presentar documentación acreditativa
del abono de la tasa de inscripción (comprobante bancario de ingreso o transferencia
internacional), o hacerlo en cuantía inferior a la establecida.
13. No presentar certificado del servicio público de empleo expedido en plazo de
presentación de solicitudes o presentar uno que no cumple con los requisitos para la
exención del pago de la tasa (antigüedad mínima y no rechazos).
14. No presentar certificación de la declaración de IRPF del solicitante
correspondiente al último ejercicio y, en su caso, certificado de nivel de renta para
justificar exención de tasa de derechos de examen para los demandantes de empleo o la
presentada no cumple con los requisitos para la exención del pago de la tasa.
15. No presentar, para justificar exención de tasa de derechos de examen,
certificado acreditativo de discapacidad cuando esta no haya sido reconocida por las
CC. AA.
16. No acreditar documentalmente los solicitantes miembros de familia
numerosa especial la exención de la tasa de examen. No acreditar documentalmente
los solicitantes miembros de familia numerosa general el pago de tasa de examen
reducida.
17. No acreditar documentalmente la condición de víctima de terrorismo para
justificar la exención de la tasa de examen.
18. Concurrir a más de un perfil, programa o ámbito geográfico, presentar más de
una solicitud, no reflejar perfil, programa o ámbito geográfico en la solicitud (motivo
insubsanable).
19. El perfil, programa o ámbito geográfico indicado no se encuentra entre los que
se relacionan en la convocatoria.
20. No indica correctamente idioma.
21. No pertenecer a ningún cuerpo/escala de la Administración General del Estado
(promoción interna).
cve: BOE-A-2024-25150
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Motivos de exclusión: