Comunidad Autónoma de AndalucíaV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Convenios. (BOE-B-2024-44477)
Anuncio de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, Industria, Energía y Minas, por el que se somete a información pública la solicitud de declaración en concreto de utilidad pública del proyecto "planta solar fotovoltaica Cañuelo II", en el término municipal de Los Barrios (Cádiz). Expediente AT-14416/20.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 291

Martes 3 de diciembre de 2024

Sec. V-B. Pág. 69403

El Centro de Seccionamiento estará ubicado en la parcela de la planta solar
"Cañuelo II". Llevará la tensión de 30kV de la planta fotovoltaica a la línea
evacuación subterránea de 30kV "Cañuelo II" con objeto de evacuar, mediante la
misma, hasta la subestación "SET Cañuelo I" (subestación objeto de otro proyecto
de expediente AT-14415-20). El CS está formado por:
Una posición de línea de salida de 30 kV con los equipos necesarios de
protección y medida.
Una posición de línea de entrada de 30 kV para las líneas de media tensión
procedentes de la planta fotovoltaica.
Una posición para transformador de servicios auxiliares.
Un transformador de servicios auxiliares 30/0,4 kV de 50 kVA.
2. Línea subterránea 30kV desde "CS CAÑUELO II" hasta "SET CAÑUELO I"
Tipo: Línea eléctrica trifásica subterránea
Tensión: 30 KV
Longitud: 2.350 m
Tipo Conductor: 2(3x1x500) XLPE AL 18/30 (36) kV
Número de circuitos: 1
Número de conductores por fase: 1
Conforme a los proyectos técnicos:
PROYECTO DE PLANTA FOTOVOLTAICA CAÑUELO II y declaración
responsable de 29 de mayo de 2023. Técnico titulado competente: Ingeniero
Técnico Industrial, especialidad electricidad, D. IVÁN GARRÉ SIERRA, colegiado
n.º 25691 del CETIB.

Esta Declaración, en concreto, de Utilidad Pública, en virtud de lo establecido
en el artículo 56.1 de la Ley del Sector Eléctrico, llevará implícita en todo caso la
necesidad de ocupación de los bienes o derechos afectados e implicará la urgente
ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de
Expropiación Forzosa, adquiriendo la empresa solicitante la condición de
beneficiaria en el expediente expropiatorio, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 2.2 de dicha ley.
Igualmente, de conformidad con lo establecido en el artículo 56.2 de la citada
Ley del Sector Eléctrico, «supondrá el derecho a que le sea otorgada la oportuna
autorización, en los términos que en la Declaración de Utilidad Pública se
determinen, para el establecimiento, paso u ocupación de la instalación eléctrica
sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, o de

cve: BOE-B-2024-44477
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CENTRO DE SECCIONAMIENTO CAÑUELO II Y LÍNEA DE EVACUACIÓN 30
KV CS CAÑUELO II – SET CAÑUELO I y declaración responsable de 27
septiembre 2024. Técnico titulado competente: Ingeniero Técnico Industrial,
especialidad electricidad, D. IVÁN GARRÉ SIERRA, colegiado n.º 25691 del
CETIB.