Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-25103)
Resolución de 25 de noviembre de 2024, de la Universidad Carlos III de Madrid, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 290

Lunes 2 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 163747

hora. En este acto, la Comisión establecerá los criterios de evaluación de las personas
aspirantes que deberán estar de acuerdo con los criterios publicados en la convocatoria,
haciéndolos públicos antes del acto de presentación.
6.4 Los curricula de los miembros de las Comisiones serán publicados en la página
web de la Universidad Carlos III de Madrid indicada en la base 5 de esta convocatoria.
7.

Criterios generales de evaluación

Entre los criterios de evaluación para la resolución de los concursos deberán figurar
necesariamente los siguientes:
a) Adecuación del currículum de la persona aspirante al área de conocimiento de la
plaza.
b) Valoración del historial académico docente e investigador, del proyecto docente,
referido a alguna de las asignaturas obligatorias de los planes de estudio de la
Universidad Carlos III correspondientes al área de conocimiento, y del proyecto
investigador de la persona aspirante.
c) Los que rijan con carácter general para las convocatorias de plazas de las áreas
correspondientes a cada Departamento, aprobadas por el Consejo de Gobierno a
propuesta del Rector (Anexo III).
La valoración de estos criterios de evaluación deberá realizarse sobre 100 puntos y
deberá estar de acuerdo con los esquemas de puntuación establecidos en la base 9.
«Celebración de las pruebas». De acuerdo con el principio de proporcionalidad, la
puntuación máxima establecida para un criterio por la Comisión deberá permitir reflejar
de forma completa los méritos de las personas aspirantes, por lo que no se podrán
establecer umbrales que impidan la valoración de todos los méritos presentados. La
descalificación o ausencia de méritos en un criterio no debe afectar a la valoración que
merezcan los restantes.
8.

Acto de presentación

8.1 La persona que ocupa la presidencia de cada Comisión convocará a las
personas aspirantes admitidas en el plazo máximo de quince días naturales desde la
constitución para realizar el acto de presentación, indicando lugar, fecha y hora de
celebración de dicho acto.
La convocatoria deberá ser notificada con una antelación mínima de diez días
naturales con respecto a la fecha del acto para el que son convocados.
8.2 En el acto de presentación, la Comisión:

8.3 Las personas aspirantes admitidas deberán entregar en este acto a la
Comisión: curriculum vitae, con su historial académico, docente e investigador, y
documentos acreditativos de lo consignado en el mismo, proyectos docente e
investigador que la persona aspirante propone y trabajo de investigación original, en
cinco dispositivos USB de almacenamiento, en formato pdf sin restricciones para realizar
búsquedas y anotaciones electrónicas. La documentación para la acreditación o
justificación de méritos se incluirá en los dispositivos USB que se entreguen.
8.4 La falta de comparecencia de las personas participantes admitidas en este acto
o la falta de presentación de la documentación al completo, o en un formato distinto al
indicado, implicará su exclusión automática del proceso selectivo.

cve: BOE-A-2024-25103
Verificable en https://www.boe.es

a) Fijará la lista definitiva de participantes a partir de las personas concurrentes al
acto que hayan aportado en regla la documentación preceptiva.
b) Determinará mediante sorteo el orden de actuación.
c) Señalará la fecha, hora y lugar de actuación en la primera prueba.
d) Determinará y hará público el plazo durante el cual las personas candidatas
podrán examinar la documentación presentada por las demás personas aspirantes.