Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Procedimientos de libre designación. (BOE-A-2024-25091)
Resolución de 25 de noviembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca la provisión de puestos de trabajo por el sistema de libre designación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 290
Lunes 2 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 163726
Tercera.
Además de los datos personales, número de Registro Personal y último destino
definitivo obtenido, los aspirantes deberán acompañar a la solicitud su curriculum vitae,
en el que harán constar:
a) Títulos académicos.
b) Puestos de trabajo desempeñados.
c) Estudios y cursos realizados y cuantos otros méritos estimen oportuno poner de
manifiesto.
Cuarta.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su
publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de su Comunidad Autónoma o del
Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a elección del recurrente, conforme a lo
establecido en los artículos 10.1.i, 14.1.segunda y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, o, potestativamente y
con carácter previo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo
órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
cve: BOE-A-2024-25091
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 25 de noviembre de 2024.–La Subsecretaria para la Transformación Digital y
de la Función Pública, Iria Álvarez Besteiro.
Núm. 290
Lunes 2 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 163726
Tercera.
Además de los datos personales, número de Registro Personal y último destino
definitivo obtenido, los aspirantes deberán acompañar a la solicitud su curriculum vitae,
en el que harán constar:
a) Títulos académicos.
b) Puestos de trabajo desempeñados.
c) Estudios y cursos realizados y cuantos otros méritos estimen oportuno poner de
manifiesto.
Cuarta.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su
publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de su Comunidad Autónoma o del
Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a elección del recurrente, conforme a lo
establecido en los artículos 10.1.i, 14.1.segunda y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, o, potestativamente y
con carácter previo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo
órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
cve: BOE-A-2024-25091
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 25 de noviembre de 2024.–La Subsecretaria para la Transformación Digital y
de la Función Pública, Iria Álvarez Besteiro.