Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Procedimientos de libre designación. (BOE-A-2024-25089)
Resolución de 22 de noviembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 290
Lunes 2 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 163717
– Una justificación por escrito de la idoneidad de la persona candidata para el puesto
al que aspira, en relación con las funciones, méritos y requisitos exigidos para el
desempeño del puesto.
La presentación de solicitudes se realizará exclusivamente a través de medios
electrónicos: https://www.funciona.es/public/funciona/AreaPersonal/autoservicio.html.
Para ello se cumplimentará el anexo II de esta resolución dirigido a la Subdirección
General de Recursos Humanos e Inspección de Servicios con el código DIR 3
EA0054374.
Asimismo, el personal con destino en la Administración General del Estado podrá
presentar las instancias a través del Portal Funciona, siendo imprescindible la
acreditación por medio de certificado electrónico (DNI-e o certificado de la FNMT).
Dentro del Portal Funciona habrá de accederse a la siguiente ruta: Espacio SIGP > Mis
servicios de RR.HH. > Convocatoria libre designación.
Tercero.
Criterios para la asignación del puesto.
La provisión se realizará atendiendo a criterios de idoneidad, competencia
profesional y experiencia acreditados mediante la documentación presentada por el
aspirante y a través de una entrevista. La valoración de los aspirantes se realizará con
referencia a los méritos incluidos en el anexo I.
La valoración de las candidaturas por el órgano competente para el nombramiento
motivará la importancia dada a cada uno de los elementos en términos de idoneidad en
relación con el perfil de los puestos incluidos en el anexo I.
A fin de valorar las competencias directivas y el cumplimiento del perfil requerido
para el puesto, se celebrarán entrevistas, que serán comunicadas a las personas
candidatas con, al menos, cuarenta y ocho horas de antelación.
De existir un número elevado de solicitudes, el órgano competente para el
nombramiento podrá realizar una selección de aquellos participantes que, por su
idoneidad, serán objeto de entrevista.
Para asesorar al órgano competente para el nombramiento se podrá designar en
calidad de personas expertas a la Directora general de la Función Pública, a la Directora
general de Gobernanza Pública y a la Directora del gabinete de la Secretaria de Estado
de Función Pública. En caso de vacante, ausencia o enfermedad podrán ser suplidas,
respectivamente, por un subdirector/a de la Dirección General de Función Pública, un
subdirector/a de la Dirección general de Gobernanza Pública y por un Vocal Asesor del
Gabinete de la secretaría de Estado de Función Pública. Las personas designadas
deberán estar presentes en las entrevistas y emitir informe de valoración. A las mismas
les resultarán de aplicación las causas de abstención recogidas en el artículo 23 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Nombramiento.
El nombramiento derivado de la presente convocatoria, cuya resolución se publicará
en el «Boletín Oficial del Estado», deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes
contado desde la finalización del de presentación de solicitudes; dicho plazo podrá
prorrogarse hasta un mes más.
La toma de posesión de los puestos adjudicados se realizará en la fecha establecida
en la resolución de adjudicación. Si la resolución no estableciera otra fecha, tendrá lugar
el 1 de febrero de 2025.
Quinto. Permanencia.
El período de permanencia en el puesto de trabajo convocado será como mínimo de
tres años. Este período podrá ser prorrogado, por períodos anuales, a petición del
interesado hasta un máximo de cinco años. Dicha petición de prórroga deberá hacerse
en el último trimestre del año anterior al que finalice la estancia.
cve: BOE-A-2024-25089
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.
Núm. 290
Lunes 2 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 163717
– Una justificación por escrito de la idoneidad de la persona candidata para el puesto
al que aspira, en relación con las funciones, méritos y requisitos exigidos para el
desempeño del puesto.
La presentación de solicitudes se realizará exclusivamente a través de medios
electrónicos: https://www.funciona.es/public/funciona/AreaPersonal/autoservicio.html.
Para ello se cumplimentará el anexo II de esta resolución dirigido a la Subdirección
General de Recursos Humanos e Inspección de Servicios con el código DIR 3
EA0054374.
Asimismo, el personal con destino en la Administración General del Estado podrá
presentar las instancias a través del Portal Funciona, siendo imprescindible la
acreditación por medio de certificado electrónico (DNI-e o certificado de la FNMT).
Dentro del Portal Funciona habrá de accederse a la siguiente ruta: Espacio SIGP > Mis
servicios de RR.HH. > Convocatoria libre designación.
Tercero.
Criterios para la asignación del puesto.
La provisión se realizará atendiendo a criterios de idoneidad, competencia
profesional y experiencia acreditados mediante la documentación presentada por el
aspirante y a través de una entrevista. La valoración de los aspirantes se realizará con
referencia a los méritos incluidos en el anexo I.
La valoración de las candidaturas por el órgano competente para el nombramiento
motivará la importancia dada a cada uno de los elementos en términos de idoneidad en
relación con el perfil de los puestos incluidos en el anexo I.
A fin de valorar las competencias directivas y el cumplimiento del perfil requerido
para el puesto, se celebrarán entrevistas, que serán comunicadas a las personas
candidatas con, al menos, cuarenta y ocho horas de antelación.
De existir un número elevado de solicitudes, el órgano competente para el
nombramiento podrá realizar una selección de aquellos participantes que, por su
idoneidad, serán objeto de entrevista.
Para asesorar al órgano competente para el nombramiento se podrá designar en
calidad de personas expertas a la Directora general de la Función Pública, a la Directora
general de Gobernanza Pública y a la Directora del gabinete de la Secretaria de Estado
de Función Pública. En caso de vacante, ausencia o enfermedad podrán ser suplidas,
respectivamente, por un subdirector/a de la Dirección General de Función Pública, un
subdirector/a de la Dirección general de Gobernanza Pública y por un Vocal Asesor del
Gabinete de la secretaría de Estado de Función Pública. Las personas designadas
deberán estar presentes en las entrevistas y emitir informe de valoración. A las mismas
les resultarán de aplicación las causas de abstención recogidas en el artículo 23 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Nombramiento.
El nombramiento derivado de la presente convocatoria, cuya resolución se publicará
en el «Boletín Oficial del Estado», deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes
contado desde la finalización del de presentación de solicitudes; dicho plazo podrá
prorrogarse hasta un mes más.
La toma de posesión de los puestos adjudicados se realizará en la fecha establecida
en la resolución de adjudicación. Si la resolución no estableciera otra fecha, tendrá lugar
el 1 de febrero de 2025.
Quinto. Permanencia.
El período de permanencia en el puesto de trabajo convocado será como mínimo de
tres años. Este período podrá ser prorrogado, por períodos anuales, a petición del
interesado hasta un máximo de cinco años. Dicha petición de prórroga deberá hacerse
en el último trimestre del año anterior al que finalice la estancia.
cve: BOE-A-2024-25089
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.