Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030. III. Otras disposiciones. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-25124)
Resolución de 21 de noviembre de 2024, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Convenio con la Comunidad de Madrid, para el desarrollo del Marco de Cooperación Interadministrativa previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, y para el establecimiento y financiación del nivel de protección acordado para el ejercicio 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 290

Lunes 2 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 164315

cuatro céntimos (102.629.444,54 euros), con cargo a las aplicaciones: 231A
«Atención social especializada a personas con enfermedad mental»; 231F «Atención
especializada a personas con discapacidad»; 231D «Atención a personas mayores»;
231I «Coordinación de la Dependencia»; 239N «Dirección y coordinación del
Servicio Regional de Bienestar social»; 231H «Atención a personas mayores en
residencias y centros de día»; 231J «Atención a personas con discapacidad psíquica
en centros»; 239M «Dirección y Gestión Administrativa de Familia, Juventud y
Asuntos Sociales», 239O «Evaluación, calidad e innovación»; 942M «Agencia para
la Administración Digital de la Comunidad de Madrid».
2. Todo ello sin perjuicio de la necesidad del cumplimiento de la obligación, por
parte de la Comunidad de Madrid, de que su aportación sea al menos igual a la realizada
por la Administración General del Estado para la financiación del nivel mínimo y del nivel
acordado de protección del SAAD en el territorio de aquella, de conformidad con lo
previsto en el artículo 32.3 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre.
3. Dichas aportaciones se realizarán según los términos y condiciones que se
regulan en las cláusulas siguientes.
Tercera.

Servicios y prestaciones del SAAD.

1. La provisión de los servicios y prestaciones del Sistema para la Autonomía y
Atención a la Dependencia gestionados por la Comunidad Autónoma se ajustará a los
acuerdos adoptados, a la fecha de la firma del presente convenio, por el Consejo
Territorial.
2. Con cargo al presente convenio, podrán ser financiadas las siguientes
actuaciones:
a) Todas las relativas a la agilización administrativa, reducción de plazos de
valoración del grado de dependencia y elaboración del Programa Individual de Atención
(PIA) y disminución de la lista de espera de conformidad al Plan de Reducción de la lista
de espera presentado por la Comunidad Autónoma y sus sucesivas actualizaciones, en
forma de:
– Mejora de sistemas de información y gestión.
– Incremento de personal valorador y de realización de PIA.
– Incremento de personas atendidas de manera efectiva sobre personas con
derecho a atención.
Mejora en las prestaciones y servicios del SAAD en forma de:

– Incremento de las intensidades en los servicios y las prestaciones respecto a los
mínimos fijados en el Real Decreto 1051/2013, de 27 de diciembre, por el que se regulan
las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia,
establecidas en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, modificado por el Real
Decreto 675/2023, de 18 de julio.
– Reconocimiento de compatibilidades de servicios entre sí y de servicios con las
prestaciones económicas.
– Mejora y fomento del servicio de teleasistencia, incremento de su cobertura a la
población en situación de dependencia susceptible de recibir dicho servicio y mejora de
la calidad y cobertura del servicio en forma de «teleasistencia avanzada».
– Adecuación de los servicios, de su acreditación y funcionamiento al modelo de
cuidados representado de atención integral centrada en la persona en consonancia con
el vigente acuerdo sobre criterios comunes de acreditación y calidad de centros y
servicios.
– Financiación de las entidades locales en su ámbito territorial para la adecuación y
mejora de los servicios que presten a las personas en situación de dependencia.

cve: BOE-A-2024-25124
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