Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030. III. Otras disposiciones. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-25124)
Resolución de 21 de noviembre de 2024, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Convenio con la Comunidad de Madrid, para el desarrollo del Marco de Cooperación Interadministrativa previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, y para el establecimiento y financiación del nivel de protección acordado para el ejercicio 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 2 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 164312
Las partes intervienen en nombre y representación de sus respectivas Administraciones
Públicas, en ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas, y se
reconocen mutua y recíprocamente legitimidad y capacidad suficiente para obligarse
mediante el presente convenio en los términos que en él se contienen y, al efecto,
EXPONEN
I. Que el Real Decreto 209/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y
Agenda 2030, adscribe a dicho Ministerio, a través de la Secretaría de Estado de
Derechos Sociales, la entidad gestora de la Seguridad Social Instituto de Mayores y
Servicios Sociales (Imserso).
Que el Real Decreto 1226/2005, de 13 de octubre, por el que se establece la
estructura orgánica y funciones del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, atribuye a
este la gestión de los servicios sociales complementarios del Sistema de la Seguridad
Social, así como la gestión de los planes, programas y servicios de ámbito estatal para
personas mayores y personas en situación de dependencia.
II. Que la Comunidad de Madrid, de conformidad con su Estatuto de Autonomía, es
competente en materia de servicios sociales y, en virtud de ello, ha desarrollado
proyectos de atención y cuidado de las personas mayores y personas con discapacidad
en situación de dependencia y ha creado recursos e infraestructuras para ello en
colaboración con la Administración General del Estado, con el fin de mejorar la atención
de las personas que precisan del apoyo de otra u otras personas o ayudas importantes
para realizar actividades básicas de la vida diaria y mantener un determinado nivel de
calidad de vida.
III. Que la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía
Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, al configurar el
Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) establece tres niveles
de protección, correspondiendo la financiación del nivel mínimo a la Administración
General del Estado, y la financiación del nivel acordado a la Administración General del
Estado y a la Administración de cada una de las comunidades autónomas, a través de
los convenios a que se refiere el artículo 10 de dicha ley.
De esta forma, los citados convenios se configuran como el instrumento a través del
cual las Administraciones Públicas intervinientes acuerdan los objetivos, medios y
recursos en desarrollo del Marco de Cooperación Interadministrativa acordado en el
Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la
Dependencia.
IV. Que la Administración General del Estado ha incluido en la Ley 31/2022, de 23
de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, prorrogados
para el 2024, los créditos para participar en la financiación del nivel acordado mediante
la celebración de convenios con las Administraciones de las comunidades autónomas.
Asimismo, dicha Ley 31/2022, de 23 de diciembre, establece las cantidades que la
Administración General del Estado aporta para la financiación del nivel mínimo de
protección en el ejercicio de 2023, prorrogada para el ejercicio 2024.
Que en la reunión del Consejo de Ministros celebrada el día 23 de julio de 2024, en
cumplimiento de lo previsto en el artículo 86.2.Segunda de la Ley 47/2003, de 26 de
noviembre, General Presupuestaria, se aprobó el acuerdo por el que se autoriza la
propuesta de distribución territorial entre las comunidades autónomas, para su posterior
sometimiento al Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la
Autonomía y Atención a la Dependencia, del Marco de Cooperación Interadministrativa, y
los criterios de reparto de créditos de la Administración General del Estado para la
financiación durante 2024 del nivel acordado, previsto en la Ley 39/2006, de 14 de
diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en
situación de dependencia, por un importe total de 783.197.420 euros.
cve: BOE-A-2024-25124
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 290
Lunes 2 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 164312
Las partes intervienen en nombre y representación de sus respectivas Administraciones
Públicas, en ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas, y se
reconocen mutua y recíprocamente legitimidad y capacidad suficiente para obligarse
mediante el presente convenio en los términos que en él se contienen y, al efecto,
EXPONEN
I. Que el Real Decreto 209/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y
Agenda 2030, adscribe a dicho Ministerio, a través de la Secretaría de Estado de
Derechos Sociales, la entidad gestora de la Seguridad Social Instituto de Mayores y
Servicios Sociales (Imserso).
Que el Real Decreto 1226/2005, de 13 de octubre, por el que se establece la
estructura orgánica y funciones del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, atribuye a
este la gestión de los servicios sociales complementarios del Sistema de la Seguridad
Social, así como la gestión de los planes, programas y servicios de ámbito estatal para
personas mayores y personas en situación de dependencia.
II. Que la Comunidad de Madrid, de conformidad con su Estatuto de Autonomía, es
competente en materia de servicios sociales y, en virtud de ello, ha desarrollado
proyectos de atención y cuidado de las personas mayores y personas con discapacidad
en situación de dependencia y ha creado recursos e infraestructuras para ello en
colaboración con la Administración General del Estado, con el fin de mejorar la atención
de las personas que precisan del apoyo de otra u otras personas o ayudas importantes
para realizar actividades básicas de la vida diaria y mantener un determinado nivel de
calidad de vida.
III. Que la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía
Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, al configurar el
Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) establece tres niveles
de protección, correspondiendo la financiación del nivel mínimo a la Administración
General del Estado, y la financiación del nivel acordado a la Administración General del
Estado y a la Administración de cada una de las comunidades autónomas, a través de
los convenios a que se refiere el artículo 10 de dicha ley.
De esta forma, los citados convenios se configuran como el instrumento a través del
cual las Administraciones Públicas intervinientes acuerdan los objetivos, medios y
recursos en desarrollo del Marco de Cooperación Interadministrativa acordado en el
Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la
Dependencia.
IV. Que la Administración General del Estado ha incluido en la Ley 31/2022, de 23
de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, prorrogados
para el 2024, los créditos para participar en la financiación del nivel acordado mediante
la celebración de convenios con las Administraciones de las comunidades autónomas.
Asimismo, dicha Ley 31/2022, de 23 de diciembre, establece las cantidades que la
Administración General del Estado aporta para la financiación del nivel mínimo de
protección en el ejercicio de 2023, prorrogada para el ejercicio 2024.
Que en la reunión del Consejo de Ministros celebrada el día 23 de julio de 2024, en
cumplimiento de lo previsto en el artículo 86.2.Segunda de la Ley 47/2003, de 26 de
noviembre, General Presupuestaria, se aprobó el acuerdo por el que se autoriza la
propuesta de distribución territorial entre las comunidades autónomas, para su posterior
sometimiento al Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la
Autonomía y Atención a la Dependencia, del Marco de Cooperación Interadministrativa, y
los criterios de reparto de créditos de la Administración General del Estado para la
financiación durante 2024 del nivel acordado, previsto en la Ley 39/2006, de 14 de
diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en
situación de dependencia, por un importe total de 783.197.420 euros.
cve: BOE-A-2024-25124
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 290