Ministerio de Hacienda. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal laboral. (BOE-A-2024-25079)
Resolución de 20 de noviembre de 2024, de la Delegación Especial del Estado en el Consorcio de la Zona Franca de Barcelona, por la que se convocan procesos selectivos para la provisión de plazas de personal laboral.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 2 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 163625
debidamente acreditada, no pudiera realizar este trámite de forma telemática, podrán
cumplimentar este trámite de forma sustitutoria en papel a la siguiente dirección:
Consorcio de la Zona Franca de Barcelona, Registro General, avda. del Parc
Logístic, 2-10. Pol. Ind. Zona Franca, 08040 Barcelona.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del/la
aspirante. Todos los documentos habrán de estar redactados en castellano o catalán.
Los documentos presentados en otros idiomas deberán estar traducidos oficialmente al
castellano o catalán.
3. A la solicitud se acompañarán los siguientes documentos:
Documentación acreditativa de los requisitos de participación en la convocatoria, que
se recogen en la base 3, a excepción del certificado de estar en posesión de la
capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
4. Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio a petición del/la
interesado/a.
5. Toda la información referida a este punto será publicada en la página web del
Punto de Acceso General, www.administracion.gob.es.
5.
Admisión de aspirantes
1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Tribunal calificador analizará
las candidaturas recibidas, determinará los/as candidatos/as admitidos/as y excluidos/as
en función de la documentación presentada, y publicará la relación provisional de
admitidos/as y excluidos/as al proceso selectivo, indicando respecto de los/as no
admitidos/as el motivo o motivos de exclusión. Con la publicación de la citada relación, se
considerará efectuada la correspondiente notificación a los/as interesados/as. Si no se
subsana el defecto que haya motivado la exclusión u omisión, se archivará la solicitud sin
más trámite y no podrán seguir participando en el proceso de selección.
2. Los/as aspirantes excluidos/as dispondrán de un plazo de diez días hábiles,
contados desde el siguiente a la publicación, para subsanar, cuando sea posible, el
defecto que haya motivado su exclusión.
3. Una vez resueltas las alegaciones, se publicará la relación definitiva de
candidatos/as admitidos/as. En la resolución por la que se aprueben las relaciones
definitivas de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, el Tribunal hará pública la relación
de aspirantes que han solicitado adaptación, indicando para cada uno/a de ellos/as la
adaptación concedida o, en su caso, las razones de la denegación.
4. La fecha de realización de la primera fase de concurso-oposición se publicará
oportunamente.
5. Todas las publicaciones a las que se hace referencia en este apartado se realizarán
tanto en la página web del Consorcio de la Zona Franca de Barcelona, www.zfbarcelona.es
en la página web del Punto de Acceso General, www.administracion.gob.es.
6.
Tribunal calificador
1. La composición del Tribunal calificador en cada uno de estos procesos selectivos
respeta la regulación sobre órganos de selección contenidas en el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, en el III Plan para la igualdad de género en la
Administración General del Estado y en los Órganos Públicos vinculados o dependientes
de ella (anexo III) y en todo caso deberá respetar el principio de presencia equilibrada de
mujeres y hombres, salvo por razones fundadas y objetivas.
2. El Consorcio de la Zona Franca de Barcelona publicará un breve currículum
profesional de las personas que forman parte del Tribunal calificador.
cve: BOE-A-2024-25079
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 290
Lunes 2 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 163625
debidamente acreditada, no pudiera realizar este trámite de forma telemática, podrán
cumplimentar este trámite de forma sustitutoria en papel a la siguiente dirección:
Consorcio de la Zona Franca de Barcelona, Registro General, avda. del Parc
Logístic, 2-10. Pol. Ind. Zona Franca, 08040 Barcelona.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del/la
aspirante. Todos los documentos habrán de estar redactados en castellano o catalán.
Los documentos presentados en otros idiomas deberán estar traducidos oficialmente al
castellano o catalán.
3. A la solicitud se acompañarán los siguientes documentos:
Documentación acreditativa de los requisitos de participación en la convocatoria, que
se recogen en la base 3, a excepción del certificado de estar en posesión de la
capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
4. Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio a petición del/la
interesado/a.
5. Toda la información referida a este punto será publicada en la página web del
Punto de Acceso General, www.administracion.gob.es.
5.
Admisión de aspirantes
1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Tribunal calificador analizará
las candidaturas recibidas, determinará los/as candidatos/as admitidos/as y excluidos/as
en función de la documentación presentada, y publicará la relación provisional de
admitidos/as y excluidos/as al proceso selectivo, indicando respecto de los/as no
admitidos/as el motivo o motivos de exclusión. Con la publicación de la citada relación, se
considerará efectuada la correspondiente notificación a los/as interesados/as. Si no se
subsana el defecto que haya motivado la exclusión u omisión, se archivará la solicitud sin
más trámite y no podrán seguir participando en el proceso de selección.
2. Los/as aspirantes excluidos/as dispondrán de un plazo de diez días hábiles,
contados desde el siguiente a la publicación, para subsanar, cuando sea posible, el
defecto que haya motivado su exclusión.
3. Una vez resueltas las alegaciones, se publicará la relación definitiva de
candidatos/as admitidos/as. En la resolución por la que se aprueben las relaciones
definitivas de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, el Tribunal hará pública la relación
de aspirantes que han solicitado adaptación, indicando para cada uno/a de ellos/as la
adaptación concedida o, en su caso, las razones de la denegación.
4. La fecha de realización de la primera fase de concurso-oposición se publicará
oportunamente.
5. Todas las publicaciones a las que se hace referencia en este apartado se realizarán
tanto en la página web del Consorcio de la Zona Franca de Barcelona, www.zfbarcelona.es
en la página web del Punto de Acceso General, www.administracion.gob.es.
6.
Tribunal calificador
1. La composición del Tribunal calificador en cada uno de estos procesos selectivos
respeta la regulación sobre órganos de selección contenidas en el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, en el III Plan para la igualdad de género en la
Administración General del Estado y en los Órganos Públicos vinculados o dependientes
de ella (anexo III) y en todo caso deberá respetar el principio de presencia equilibrada de
mujeres y hombres, salvo por razones fundadas y objetivas.
2. El Consorcio de la Zona Franca de Barcelona publicará un breve currículum
profesional de las personas que forman parte del Tribunal calificador.
cve: BOE-A-2024-25079
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Núm. 290