Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia. (BOE-A-2024-25074)
Orden PJC/1357/2024, de 19 de noviembre, por la que se convoca proceso selectivo extraordinario para acceso por el sistema general de acceso libre, por el sistema de concurso de méritos, reservado a personas con discapacidad, a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 290

Lunes 2 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 163575

derechos de examen» que estará disponible en el punto de acceso general
(www.administracion.gob.es) o a través del portal web del Ministerio de la Presidencia,
Justicia y Relaciones con las Cortes, www.mjusticia.gob.es, dentro de la pestaña
«Ciudadanos», sección «Empleo Público», cuerpo Gestión Procesal.
La persona aspirante que solicita presentarse al proceso selectivo deberá disponer
de un certificado digital válido de persona física (más información: http://
firmaelectronica.gob.es y en https://www.dnielectronico.es/).
Solicitud:
− Casilla 15. Deberá constar el Cuerpo.
− Casilla 16. Deberá consignarse «ninguna».
− Casilla 17. Forma de acceso. Deberá constar «ESC».
− Casilla 20 (ámbito autonómico por el que concurre). Indique el ámbito territorial por
el que desea concurrir de los contemplados en la base 1.1.
− Casillas 21 a 23: Aspirantes con discapacidad.
− Casilla 21: Grado de discapacidad. Las personas aspirantes con discapacidad
podrán indicar el grado de discapacidad que tengan reconocido.
− Casilla 22: Cupo de reserva personas con discapacidad. Deberán marcar el valor
«SI» los aspirantes con grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento que
opten por las plazas del cupo de reserva para personas con discapacidad.
− Casilla 23: Adaptación que solicita en caso de discapacidad. En este recuadro se
expresarán, en su caso, las adaptaciones de tiempo y medios que puedan requerir, a fin
de que el Tribunal cuente con la necesaria información para la adaptación de la
realización de los ejercicios. Se deberá aportar, además, un dictamen técnico facultativo
actualizado acerca de la procedencia de la adaptación solicitada, emitido por el órgano
técnico de valoración que determinó el grado de discapacidad, en el que conste
expresamente la adaptación que corresponde a la persona interesada en cada uno de
los ejercicios según sus circunstancias personales. Esta adaptación la pueden solicitar
todas las personas aspirantes con discapacidad con independencia de que accedan o no
por el cupo de discapacidad.
− Casilla 26. Titulación. Seleccione la titulación de acuerdo con lo establecido en la
convocatoria.
− Casilla 27. Acreditación de lengua autonómica y/o Derecho Civil Vasco. «Datos a
consignar según las bases de la convocatoria». Quienes deseen realizar las pruebas
optativas escribirán la palabra «Realiza» en el cuadro correspondiente al tipo de prueba,
quienes deseen acreditar documentalmente sus conocimientos escribirán «Documenta»
y quienes se acojan a ambos sistemas, en los términos de la convocatoria, indicarán
«Documenta y Realiza».
Pago y presentación:

− Deberá disponer de un certificado electrónico, acceder al portal web del Ministerio
de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, www.mjusticia.gob.es, dentro de
la pestaña «Ciudadanos», sección «Empleo Público», cuerpo Gestión y seguir las
instrucciones previstas.
− Mediante esta opción se realizarán electrónicamente los trámites de
cumplimentación del formulario, pago y presentación en el Registro Electrónico del
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
− Como resultado se podrá descargar un documento con los comprobantes y del
registro de la solicitud, firmado electrónicamente, que servirá de justificante de haberlo
realizado correctamente.

cve: BOE-A-2024-25074
Verificable en https://www.boe.es

Una vez cumplimentada la solicitud según las instrucciones que se indican. Cuando
resulte imposible la inscripción electrónica por razones técnicas, se podrá realizar la
presentación en papel de manera excepcional, debiendo acreditar documentalmente
dicha imposibilidad.