Ministerio de Transportes y Movilidad SostenibleV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Recursos. (BOE-B-2024-44094)
Resolución de la Autoridad Portuaria de Valencia por la que se otorga una concesión administrativa a Terminal Investment Limited SARL, en el puerto de Valencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289

Sábado 30 de noviembre de 2024

Sec. V-B. Pág. 68767

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE

44094

Resolución de la Autoridad Portuaria de Valencia por la que se otorga
una concesión administrativa a Terminal Investment Limited SARL, en
el puerto de Valencia.

El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Valencia, en la
sesión celebrada el 26 de septiembre de 2024, a propuesta de la Dirección
General, acordó otorgar una concesión administrativa para la ocupación de
dominio público portuario a favor de la mercantil Terminal Investment Limited
SARL, con destino a la construcción y explotación de la nueva Terminal del Muelle
de Contenedores en la Ampliación Norte del puerto de Valencia.
Objeto: ocupación de bienes de dominio público portuario con destino a la
construcción y explotación de una terminal marítima de contenedores para la
prestación del servicio portuario de manipulación de mercancías, abierta al tráfico
general, en la Ampliación Norte del puerto de Valencia.
Superficie: constituida por una superficie de terreno de 1.361.661,00 m2, y una
superficie de agua de 128.050 m2 situada en la Ampliación Norte del puerto de
Valencia.
Plazo: cincuenta (50) años.
Tasa de ocupación:
A. En su componente derivada de la ocupación de terrenos:
- Cuota íntegra unitaria Ocupación de terrenos Área VII-A = 6,789200 €/m² y
año.
B. En su componente derivada de la ocupación de agua:
- Cuota íntegra unitaria Ocupación de aguas = 1,9371 €/m² y año.
C. En su componente derivada de la ocupación de infraestructuras e
instalaciones:
- Cuota íntegra anual Ocupación de obras e instalaciones = 7.363.423,97 €/
año.
Será de aplicación según el artículo 181 del Texto Refundido de la Ley de
Puertos del Estado y de la Marina Mercante en cuanto bonificación de la tasa de
ocupación, lo establecido en la letra f) del indicado artículo.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 187 apartado a) y el artículo 188
del vigente TRLEPMM, a los presentes efectos la base imponible y el tipo de
gravamen determinan para niveles de actividad inferiores al 125% del tráfico
mínimo, una cuota íntegra unitaria de 1,5 € /TEU de tránsito lleno, cuota íntegra
unitaria de 3,0 € /TEU de import/export lleno, y una cuota íntegra unitaria de 0,20 €/
TEU vacío manipulado.
Análogamente, para niveles de actividad superiores al 125% de los tráficos

cve: BOE-B-2024-44094
Verificable en https://www.boe.es

Tasa de actividad.