Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-25035)
Resolución de 30 de octubre de 2024, de la Autoridad Portuaria de Barcelona, por la que se publica la prórroga del Convenio con la Universidad Abat Oliba CEU.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289
Sábado 30 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 163144
Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad legal suficiente para suscribir
esta prórroga del convenio y
MANIFIESTAN
I. Que la Autoridad Portuaria de Barcelona y la Universidad Abat Oliba CEU
suscribieron un convenio para la realización de prácticas académicas externas de los
alumnos de la universidad en las instalaciones de la Autoridad Portuaria de Barcelona.
Dicho convenio, se publicó en el BOE en fecha 29 de diciembre de 2020 siendo su
vigencia de cuatro años, concretamente del 29 de diciembre del 2020 al 29 de diciembre
de 2024.
II. Que según regula dicho convenio en su cláusula décima, establece la posibilidad
de prorrogar su vigencia de acuerdo con lo previsto en el artículo 49.h) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Por tanto, es
posible prorrogar el convenio durante cuatro años más, hasta alcanzar los ocho años
que establece la ley, como máximo.
CLÁUSULAS
Primera. Aprobar la prórroga del convenio.
La Autoridad Portuaria de Barcelona y la Universidad Abat Oliba CEU, acuerdan
aprobar la prórroga del convenio desde el 29 de diciembre de 2024 hasta el 30 de
septiembre de 2028, para abarcar cuatro cursos académicos más.
El importe máximo de la partida autorizada para las ayudas económicas de los
estudiantes de los cursos académicos incluidos en esta prórroga es de 7.800 euros por
curso académico, excepto para el curso 2024-2025 que el importe máximo será de 4.800
euros. El importe máximo autorizado para todo el periodo de vigencia de esta prórroga
es de 28.200 euros.
Segunda. Comunicación al Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación.
La prórroga del Convenio deberá comunicarse al Registro Estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación (REOICO) en el plazo de cinco días hábiles desde su
formalización. Asimismo, será publicada en el plazo de diez días hábiles desde su
formalización en el «Boletín Oficial del Estado». No obstante, lo anterior, su vigencia
quedará demorada a la finalización del plazo inicial del convenio objeto de la presente
prórroga, previa inscripción en el REOICO.
Se mantienen el resto de las cláusulas del convenio inicial publicado en el BOE en
fecha 29 de diciembre de 2020.
cve: BOE-A-2024-25035
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman este documento, en lugar y fecha
indicados.–Por la Autoridad Portuaria de Barcelona, el Presidente, Josep Lluis Salvadó y
Tenesa.–Por la Universidad Abat Oliba CEU, la Vicerrectora de Estudiantes, Laura
Amado Luz.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 289
Sábado 30 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 163144
Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad legal suficiente para suscribir
esta prórroga del convenio y
MANIFIESTAN
I. Que la Autoridad Portuaria de Barcelona y la Universidad Abat Oliba CEU
suscribieron un convenio para la realización de prácticas académicas externas de los
alumnos de la universidad en las instalaciones de la Autoridad Portuaria de Barcelona.
Dicho convenio, se publicó en el BOE en fecha 29 de diciembre de 2020 siendo su
vigencia de cuatro años, concretamente del 29 de diciembre del 2020 al 29 de diciembre
de 2024.
II. Que según regula dicho convenio en su cláusula décima, establece la posibilidad
de prorrogar su vigencia de acuerdo con lo previsto en el artículo 49.h) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Por tanto, es
posible prorrogar el convenio durante cuatro años más, hasta alcanzar los ocho años
que establece la ley, como máximo.
CLÁUSULAS
Primera. Aprobar la prórroga del convenio.
La Autoridad Portuaria de Barcelona y la Universidad Abat Oliba CEU, acuerdan
aprobar la prórroga del convenio desde el 29 de diciembre de 2024 hasta el 30 de
septiembre de 2028, para abarcar cuatro cursos académicos más.
El importe máximo de la partida autorizada para las ayudas económicas de los
estudiantes de los cursos académicos incluidos en esta prórroga es de 7.800 euros por
curso académico, excepto para el curso 2024-2025 que el importe máximo será de 4.800
euros. El importe máximo autorizado para todo el periodo de vigencia de esta prórroga
es de 28.200 euros.
Segunda. Comunicación al Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación.
La prórroga del Convenio deberá comunicarse al Registro Estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación (REOICO) en el plazo de cinco días hábiles desde su
formalización. Asimismo, será publicada en el plazo de diez días hábiles desde su
formalización en el «Boletín Oficial del Estado». No obstante, lo anterior, su vigencia
quedará demorada a la finalización del plazo inicial del convenio objeto de la presente
prórroga, previa inscripción en el REOICO.
Se mantienen el resto de las cláusulas del convenio inicial publicado en el BOE en
fecha 29 de diciembre de 2020.
cve: BOE-A-2024-25035
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman este documento, en lugar y fecha
indicados.–Por la Autoridad Portuaria de Barcelona, el Presidente, Josep Lluis Salvadó y
Tenesa.–Por la Universidad Abat Oliba CEU, la Vicerrectora de Estudiantes, Laura
Amado Luz.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X