Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-25025)
Resolución de 23 de noviembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica la segunda Adenda al Convenio entre la Secretaría de Estado de Turismo, y el Instituto de Crédito Oficial, E.P.E., para la concesión de financiación y garantía a operaciones del sector turístico en la línea «ICO Empresas y Emprendedores».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289
Sábado 30 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 163080
En los casos de reajuste de las anualidades entre ejercicios de los importes
comprometidos, siempre que no se altere el importe total de los mismos, la
tramitación del expediente financiero de reajuste de anualidades no precisará la
suscripción de una adenda, siendo suficiente el acuerdo de la Comisión de
Seguimiento con la propuesta de reprogramación de los importes, una vez
valorada por dicha Comisión la certificación emitida por el ICO.
Si con posterioridad a 2025, tras el abono por la SET de la última certificación
enviada por ICO, se produjeran recuperaciones, el ICO ingresará en el Tesoro
Público, en el mes de enero del ejercicio siguiente los importes que haya recibido
de las entidades financieras en el año inmediatamente anterior correspondientes a
operaciones impagadas para las que la SET haya abonado previamente la
garantía asumida por el ICO».
Tercera.
Eficacia de la adenda.
La presente adenda se perfecciona por la prestación del consentimiento de las
partes, resultando eficaz una vez inscrita en el Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, será publicada en
el »Boletín Oficial del Estado» de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; y su plazo de
vigencia finalizará el día dispuesto por el convenio de 27 de diciembre de 2019 en su
estipulación primera.
cve: BOE-A-2024-25025
Verificable en https://www.boe.es
En prueba de conformidad, las partes suscriben el presente documento en la fecha
de firma electrónica, tomándose como fecha de formalización de la adenda la fecha del
último firmante.–La Secretaria de Estado de Turismo, Rosario Sánchez Grau.–El
Presidente del Instituto de Crédito Oficial, E.P.E., Manuel Illueca Muñoz.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 289
Sábado 30 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 163080
En los casos de reajuste de las anualidades entre ejercicios de los importes
comprometidos, siempre que no se altere el importe total de los mismos, la
tramitación del expediente financiero de reajuste de anualidades no precisará la
suscripción de una adenda, siendo suficiente el acuerdo de la Comisión de
Seguimiento con la propuesta de reprogramación de los importes, una vez
valorada por dicha Comisión la certificación emitida por el ICO.
Si con posterioridad a 2025, tras el abono por la SET de la última certificación
enviada por ICO, se produjeran recuperaciones, el ICO ingresará en el Tesoro
Público, en el mes de enero del ejercicio siguiente los importes que haya recibido
de las entidades financieras en el año inmediatamente anterior correspondientes a
operaciones impagadas para las que la SET haya abonado previamente la
garantía asumida por el ICO».
Tercera.
Eficacia de la adenda.
La presente adenda se perfecciona por la prestación del consentimiento de las
partes, resultando eficaz una vez inscrita en el Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, será publicada en
el »Boletín Oficial del Estado» de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; y su plazo de
vigencia finalizará el día dispuesto por el convenio de 27 de diciembre de 2019 en su
estipulación primera.
cve: BOE-A-2024-25025
Verificable en https://www.boe.es
En prueba de conformidad, las partes suscriben el presente documento en la fecha
de firma electrónica, tomándose como fecha de formalización de la adenda la fecha del
último firmante.–La Secretaria de Estado de Turismo, Rosario Sánchez Grau.–El
Presidente del Instituto de Crédito Oficial, E.P.E., Manuel Illueca Muñoz.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X