Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-25025)
Resolución de 23 de noviembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica la segunda Adenda al Convenio entre la Secretaría de Estado de Turismo, y el Instituto de Crédito Oficial, E.P.E., para la concesión de financiación y garantía a operaciones del sector turístico en la línea «ICO Empresas y Emprendedores».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289
Sábado 30 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 163075
Quinto.
En el año 2022 el ICO y la SET estimaron adecuado introducir en la normativa de la
línea una modificación en el régimen de concesión de plazos de carencia, con el fin de
permitir que los clientes y las entidades financieras pudieran acordar, para las
operaciones formalizadas, la incorporación de carencias adicionales, o la ampliación de
las mismas, sin posibilidad de operaciones con amortización a vencimiento, y debiendo
mantenerse el plazo de vencimiento inicialmente formalizado. Dicha modificación se
propuso con la finalidad de facilitar y dar más capacidad de repago de la deuda a las
empresas del sector turístico, especialmente afectado por la crisis del COVID-19, lo que
debería impactar en una menor ejecución de garantías en la línea.
Dicho propósito se plasmó en la aprobación en la CDGAE, a propuesta de la Ministra de
Industria, Comercio y Turismo, el 20 de junio de 2022, de un nuevo «Acuerdo por el que se
modifican los términos y condiciones de la línea de financiación Thomas Cook para atender al
conjunto de empresas establecidas en España incluidas en determinados sectores
económicos, dentro del ámbito de aplicación del Real Decreto-ley 12/2019, de 11 de octubre,
y del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo» que introdujo las modificaciones reseñadas.
Sexto.
Por Acuerdo de Consejo de Ministros de 6 de septiembre de 2022 se autorizaron
nuevos límites de compromisos de gasto que modifican los aprobados por el artículo 12
del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 marzo.
Séptimo.
El 3 de noviembre de 2022 la SET y el ICO firmaron la (1.ª) adenda al convenio
de 27 de diciembre de 2019, con el fin de modificar el compromiso económico asumido
entre el ICO y la SET, a las nuevas cifras y condiciones aprobadas en el Acuerdo de
CDGAE de 20 de junio de 2022 por el que se modifican los términos y condiciones de la
línea de financiación Thomas Cook.
Los importes de compromiso iniciales de gasto fueron actualizados, quedando
distribuidos como se indica a continuación:
Reposición garantía ICO
(importe máximo)
Comisiones de gestión y administración
(importe máximo)
20.04.432A.441
20.04.432A.359
2019
0
0
2020
0
0
2021
0
80.000,00
2022
5.000.000,00
1.040.000,00
2023
9.000.000,00
110.000,00
2024
28.000.000,00
88.000,00
2025
57.000.000,00
44.000,00
2026
60.000.000,00
22.000,00
2027
41.000.000,00
22.000,00
Total
200.000.000,00
1.406.000,00
Cifras en euros.
A raíz de la revisión de las anualidades operada por la adenda de 3 de noviembre
de 2022, la SET se comprometió a abonar un máximo de 200.000.000 euros, con
cve: BOE-A-2024-25025
Verificable en https://www.boe.es
Año
Núm. 289
Sábado 30 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 163075
Quinto.
En el año 2022 el ICO y la SET estimaron adecuado introducir en la normativa de la
línea una modificación en el régimen de concesión de plazos de carencia, con el fin de
permitir que los clientes y las entidades financieras pudieran acordar, para las
operaciones formalizadas, la incorporación de carencias adicionales, o la ampliación de
las mismas, sin posibilidad de operaciones con amortización a vencimiento, y debiendo
mantenerse el plazo de vencimiento inicialmente formalizado. Dicha modificación se
propuso con la finalidad de facilitar y dar más capacidad de repago de la deuda a las
empresas del sector turístico, especialmente afectado por la crisis del COVID-19, lo que
debería impactar en una menor ejecución de garantías en la línea.
Dicho propósito se plasmó en la aprobación en la CDGAE, a propuesta de la Ministra de
Industria, Comercio y Turismo, el 20 de junio de 2022, de un nuevo «Acuerdo por el que se
modifican los términos y condiciones de la línea de financiación Thomas Cook para atender al
conjunto de empresas establecidas en España incluidas en determinados sectores
económicos, dentro del ámbito de aplicación del Real Decreto-ley 12/2019, de 11 de octubre,
y del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo» que introdujo las modificaciones reseñadas.
Sexto.
Por Acuerdo de Consejo de Ministros de 6 de septiembre de 2022 se autorizaron
nuevos límites de compromisos de gasto que modifican los aprobados por el artículo 12
del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 marzo.
Séptimo.
El 3 de noviembre de 2022 la SET y el ICO firmaron la (1.ª) adenda al convenio
de 27 de diciembre de 2019, con el fin de modificar el compromiso económico asumido
entre el ICO y la SET, a las nuevas cifras y condiciones aprobadas en el Acuerdo de
CDGAE de 20 de junio de 2022 por el que se modifican los términos y condiciones de la
línea de financiación Thomas Cook.
Los importes de compromiso iniciales de gasto fueron actualizados, quedando
distribuidos como se indica a continuación:
Reposición garantía ICO
(importe máximo)
Comisiones de gestión y administración
(importe máximo)
20.04.432A.441
20.04.432A.359
2019
0
0
2020
0
0
2021
0
80.000,00
2022
5.000.000,00
1.040.000,00
2023
9.000.000,00
110.000,00
2024
28.000.000,00
88.000,00
2025
57.000.000,00
44.000,00
2026
60.000.000,00
22.000,00
2027
41.000.000,00
22.000,00
Total
200.000.000,00
1.406.000,00
Cifras en euros.
A raíz de la revisión de las anualidades operada por la adenda de 3 de noviembre
de 2022, la SET se comprometió a abonar un máximo de 200.000.000 euros, con
cve: BOE-A-2024-25025
Verificable en https://www.boe.es
Año