Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-25016)
Resolución de 23 de noviembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, O.A., y la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, para la mejora del conocimiento hidrogeológico en el marco de la planificación hidrológica 2024-2028.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289

Sábado 30 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 162959

Sector Público, y que ejerce por avocación de conformidad con lo previsto en el
artículo 10 de dicha ley.
Los intervinientes, en la representación que ostentan, se reconocen recíprocamente
capacidad suficiente para el otorgamiento del presente convenio, y en su virtud
EXPONEN
Primero.
Que la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir O.A (en adelante CHG) es una
institución de derecho público, que tiene la condición de organismo autónomo adscrito a
efectos administrativos al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
según Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los
departamentos ministeriales, con sede en Sevilla (CIF. Q4117001J), y domicilio social en
Plaza de España, Sector II, 41071 Sevilla, que tiene como objetivos propios:
− La elaboración del plan hidrológico de cuenca, así como su seguimiento y revisión.
− La administración y control del dominio público hidráulico.
− La administración y control de los aprovechamientos de interés general o que
afecten a más de una Comunidad Autónoma.
− El proyecto, la construcción y explotación de las obras realizadas con cargo a los
fondos propios del Organismo, y las que les sean encomendadas por el Estado.
− Las que se deriven de los convenios con Comunidades Autónomas, Corporaciones
Locales y otras Entidades públicas o privadas, o de los suscritos con los particulares
(artículo 23 del Real Decreto legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley de Aguas).
Esta institución ha venido desarrollando en los últimos años una serie de proyectos
encaminados al conocimiento y mejora del estado de las masas de aguas superficiales y
subterráneas.
La Directiva Marco del Agua (2000/60/CE, en adelante DMA), obliga a establecer las
medidas de gestión oportunas para evitar los procesos de degradación de los
ecosistemas y regular las actividades económicas en el marco de la sostenibilidad. El
anexo V de dicha Directiva hace referencia a la necesidad de evaluar el régimen en el
nivel de las aguas subterráneas, instando a los Estados miembros al mantenimiento del
buen estado.

Que el CSIC, de conformidad con el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de
la Ciencia, la Tecnología y la Innovación ("Ley de la Ciencia"), es un organismo público
de investigación (OPI) constituido actualmente como Agencia Estatal y adscrito al
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades a través de la Secretaría General de
Investigación, que tiene por objeto el fomento, la coordinación, el desarrollo y la difusión
de la investigación científica y tecnológica, de carácter multidisciplinar, con el fin de
contribuir al avance del conocimiento y al desarrollo económico, social y cultural, así
como a la formación de personal y al asesoramiento a entidades públicas y privadas en
estas materias.
El CSIC está constituido como Agencia Estatal y, en dicha condición, se rige por lo
establecido en los artículos 108 bis a 108 (introducidos por la Ley de PGE para 2021) de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y por las
disposiciones de su Estatuto, aprobado por Real Decreto 1730/2007, de 21 de diciembre.

cve: BOE-A-2024-25016
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Segundo.