Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-25022)
Resolución de 23 de noviembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de modificación al Convenio entre la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género y la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, en materia de violencia de género.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 30 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 163062
MUFACE, en el marco de la Resolución de 29 de diciembre de 2020, de la Secretaría
General de Función Pública, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros
de 9 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el III Plan para la igualdad de género
en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o
dependientes de ella, en el que se incluye un Eje 5, «Violencia contra las mujeres», que
incluye una serie de medidas para erradicarla, mediante la formación y sensibilización,
así como la elaboración de directrices y medidas para apoyar y proteger a la víctima.
Posteriormente, el convenio fue modificado mediante adenda suscrita el 13 de
septiembre de 2023, por la que se añadió, por una parte, un nuevo apartado en la
cláusula segunda, para añadir entre los compromisos de la Delegación del Gobierno
contra la Violencia de Género, el de facilitar el apoyo financiero necesario para que
MUFACE incluyera, entre las prestaciones sociales concedidas por esta, una prestación
específica para las víctimas de violencia de género y sus personas beneficiarias, en el
marco de los programas sociosanitarios que se encuentran regulados en el artículo 135
del Real Decreto 375/2003, de 28 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento
General del Mutualismo Administrativo. Por otra parte, y como exigencia correlativa a la
anterior, se modificó la cláusula tercera, relativa a la financiación, para establecer un
compromiso de financiación por parte del Ministerio de Igualdad de 500.000 euros para
el ejercicio 2023.
Como muestra de la voluntad común de profundizar en el marco de colaboración del
convenio, y teniendo en cuenta la necesidad de mantener la prestación económica para
las mutualistas víctimas de violencia de género, mediante esta nueva adenda al
convenio se establece un marco estable de financiación por las dos anualidades que
restan hasta cumplir su vigencia.
De conformidad con lo anterior, las partes acuerdan suscribir la presente adenda que
se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto de la adenda.
Se modifica la cláusula tercera del convenio, relativa a la financiación, sustituyéndola
por la siguiente:
«Tercera. Financiación.
La aportación máxima del Ministerio de Igualdad será de 1.500.000 euros
según el desglose por anualidades que se indica a continuación. Dichas
aportaciones estarán condicionadas a la existencia de crédito adecuado y
suficiente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio
afectado. Estas cantidades se transferirán por el Ministerio de Igualdad desde el
programa OOOX, con cargo al artículo presupuestario 41.
2023: 500.000,00 euros.
2024:500.000,00 euros.
2025:500.000,00 euros.
Estos importes están destinados a la financiación de la ayuda que, como
prestación específica para víctimas de violencia de género se otorgue a sus
mutualistas entre las prestaciones sociales concedidas por MUFACE, en los
términos que se establezca en las convocatorias que se desarrollen para la
concesión de este tipo de ayuda.
MUFACE se compromete a asumir directamente, con cargo a su presupuesto
ordinario, la financiación de aquellos gastos derivados de esta prestación para
víctimas de violencia de género que no se cubran con la financiación de la
Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género.»
cve: BOE-A-2024-25022
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 289
Sábado 30 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 163062
MUFACE, en el marco de la Resolución de 29 de diciembre de 2020, de la Secretaría
General de Función Pública, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros
de 9 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el III Plan para la igualdad de género
en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o
dependientes de ella, en el que se incluye un Eje 5, «Violencia contra las mujeres», que
incluye una serie de medidas para erradicarla, mediante la formación y sensibilización,
así como la elaboración de directrices y medidas para apoyar y proteger a la víctima.
Posteriormente, el convenio fue modificado mediante adenda suscrita el 13 de
septiembre de 2023, por la que se añadió, por una parte, un nuevo apartado en la
cláusula segunda, para añadir entre los compromisos de la Delegación del Gobierno
contra la Violencia de Género, el de facilitar el apoyo financiero necesario para que
MUFACE incluyera, entre las prestaciones sociales concedidas por esta, una prestación
específica para las víctimas de violencia de género y sus personas beneficiarias, en el
marco de los programas sociosanitarios que se encuentran regulados en el artículo 135
del Real Decreto 375/2003, de 28 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento
General del Mutualismo Administrativo. Por otra parte, y como exigencia correlativa a la
anterior, se modificó la cláusula tercera, relativa a la financiación, para establecer un
compromiso de financiación por parte del Ministerio de Igualdad de 500.000 euros para
el ejercicio 2023.
Como muestra de la voluntad común de profundizar en el marco de colaboración del
convenio, y teniendo en cuenta la necesidad de mantener la prestación económica para
las mutualistas víctimas de violencia de género, mediante esta nueva adenda al
convenio se establece un marco estable de financiación por las dos anualidades que
restan hasta cumplir su vigencia.
De conformidad con lo anterior, las partes acuerdan suscribir la presente adenda que
se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto de la adenda.
Se modifica la cláusula tercera del convenio, relativa a la financiación, sustituyéndola
por la siguiente:
«Tercera. Financiación.
La aportación máxima del Ministerio de Igualdad será de 1.500.000 euros
según el desglose por anualidades que se indica a continuación. Dichas
aportaciones estarán condicionadas a la existencia de crédito adecuado y
suficiente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio
afectado. Estas cantidades se transferirán por el Ministerio de Igualdad desde el
programa OOOX, con cargo al artículo presupuestario 41.
2023: 500.000,00 euros.
2024:500.000,00 euros.
2025:500.000,00 euros.
Estos importes están destinados a la financiación de la ayuda que, como
prestación específica para víctimas de violencia de género se otorgue a sus
mutualistas entre las prestaciones sociales concedidas por MUFACE, en los
términos que se establezca en las convocatorias que se desarrollen para la
concesión de este tipo de ayuda.
MUFACE se compromete a asumir directamente, con cargo a su presupuesto
ordinario, la financiación de aquellos gastos derivados de esta prestación para
víctimas de violencia de género que no se cubran con la financiación de la
Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género.»
cve: BOE-A-2024-25022
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 289