Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2024-25029)
Resolución de 20 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Carreteras, por la que se publica el Convenio con la Generalitat de Catalunya, para la ejecución del Plan de actuaciones en el Eje Pirenaico (N-260).
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289

Sábado 30 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 163103

de Catalunya puede asumir en relación con las obras públicas de interés de la
Comunidad Autónoma en su propio territorio y las carreteras cuyo itinerario se desarrolle
íntegramente en su territorio.
Segundo.
El artículo 4 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras, establece que
son carreteras del Estado aquellas cuya titularidad, independientemente de su sistema
de gestión, corresponde a la Administración General del Estado.
Tercero.
La Administración General del Estado es titular de la N-260 en los tramos que
discurren dentro del territorio catalán, entre Portbou y el límite de la provincia de Huesca,
con una longitud de 313+364 Km. A pesar de los esfuerzos inversores ejecutados en
este eje, la carretera todavía dispone de características técnicas que conviene actualizar
tanto por lo que se refiere a su trazado como a su sección, para que se convierta en una
vía de mayor funcionalidad y seguridad y garantice un desarrollo sostenible del territorio
por donde discurre.
Tanto el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible como la Administración de
la Generalitat de Catalunya consideran necesario llevar a cabo diversas actuaciones de
mejora de esta vía, con el objetivo de dotar de cohesión territorial a los núcleos de
población alejados de las grandes ciudades, facilitando la comunicación entre ellos y
posibilitando el acceso de los habitantes de estas poblaciones a servicios públicos
ubicados en otras partes del territorio.
Cuarto.
La Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2023, en su disposición adicional centésima vigésima, modificada por el Real
Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas
medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de
Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de
vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de
modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar
y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento
del Derecho de la Unión Europea, establece entre otros, lo siguiente:

Posteriormente, la disposición adicional décima del Real Decreto-ley 8/2023, de 27
de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias
económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así
como para paliar los efectos de la sequía, estableció en su apartado 2 que, para las
infraestructuras mencionadas en la disposición adicional centésima vigésima de la
Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2023, en el convenio que suscriban el Estado y la Generalitat de Catalunya para la
ejecución del Plan de actuaciones en el Eje Pirenaico (N-260), podrá acordarse que la
Generalitat de Catalunya realice las siguientes actuaciones:
– Licitar, contratar, efectuar el seguimiento y supervisar tanto las obras como las
asistencias técnicas vinculadas a ellas. Asimismo, podrá licitar y contratar los estudios y
proyectos que sean precisos para la posterior ejecución de dichas obras. En todo caso,
la aprobación de los estudios y los proyectos corresponderá al Estado.
– Llevar a cabo las expropiaciones necesarias para ejecutar dichas obras.

cve: BOE-A-2024-25029
Verificable en https://www.boe.es

«De igual manera, el Estado y la Generalitat de Catalunya suscribirán un convenio
para la ejecución del Plan de actuaciones en el Eje Pirenaico, con una aportación
plurianual por parte del Estado que alcanzará un total de 260 M€».