Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-25045)
Resolución de 19 de noviembre de 2024, del Consorcio Centro de Investigación Biomédica en Red, por la que se publica el Convenio con la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., para la promoción e impulso de la investigación en el área temática de Bioingeniería, Biomateriales y Nanomedicina. Unidad 12 de Nanbiosis.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289
Sábado 30 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 163217
los siguientes nodos: las Plataformas de bioingeniería, biomateriales y nanomedicina de
CIBER, la Infraestructura Preclínica y de Desarrollo de Tecnologías de Mínima Invasión
del CCMIJU y el Instituto de Investigación Biomédica de Málaga y Plataforma en
Nanomedicina (IBIMA Plataforma BIONAND), lo cual ha quedado reflejado jurídicamente
en el convenio suscrito por las tres partes que entró en vigor tras su publicación en el
BOE el día 26 de octubre de 2020.
XII. Que esta Infraestructura NANBIOSIS sufrió una modificación en la composición
de sus nodos, al ser sustituido el Centro Andaluz de nanomedicina y Biotecnología
(BIONAND) por el Instituto de Investigación Biomédica de Málaga y Plataforma en
Nanomedicina (IBIMA. Plataforma BIONAND), hecho que quedó reflejado en la adenda
al convenio suscrita por las partes afectadas, que entró en vigor tras su inscripción en el
Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal el día 20 de octubre de 2022.
XIII. Que CIBER es propietario de aparatos y equipos destinados al desarrollo de
aplicaciones tecnológicas de investigación y a la creación de infraestructuras para
investigaciones biomédicas, cuyo uso será conforme con los Estatutos del CIBER que
las partes declaran conocer y que, actualmente, son los que se relacionan en el anexo 1.
XIV. Que el CSIC es titular de aparatos y equipos destinados al desarrollo de
aplicaciones tecnológicas y de investigación en el ámbito de la biomedicina, ubicados en
el IQAC-CSIC que actualmente se relacionan en el anexo 2.
XV. Que las partes, dentro de sus planes estratégicos, estando interesadas en
aunar esfuerzos, entre otras acciones, establecieron una colaboración de carácter
específico para constituir una Plataforma de Equipamiento, actualmente Unidad 12 de
Caracterización de Líquidos Nanoestructurados de NANBIOSIS, para lo cual firmaron
convenio de colaboración específico de creación de plataforma el 1 de diciembre
de 2010 y adenda de modificación de 1 de junio de 2013. Posteriormente, con el fin de
adecuar dicho convenio a la nueva normativa vigente en materia de convenios, las
partes firmaron uno nuevo el 6 de octubre de 2020, cuya entrada en vigor tuvo lugar
el 26 de octubre de ese mismo año.
XVI. Que, debido a que el convenio citado en el párrafo anterior llegará a su fin
próximo 26 de octubre de 2024, las partes deciden formalizar el presente convenio.
III.
Declaración de intenciones
Con base en los fines antes expuestos, es objetivo común a las partes impulsar la
investigación y están de acuerdo en regular, de forma específica, las condiciones de
funcionamiento y desarrollo de la Plataforma de Equipamiento conjunta, referida en los
Expositivos IX, X y XV.
En vista de todo lo anterior, las partes firman el presente convenio, que se regirá por
la buena fe y diligencia en sus actuaciones y por las siguientes.
CLÁUSULAS
Objeto del convenio.
El objeto del presente convenio es dar continuidad y regular, de forma específica, las
condiciones de funcionamiento y desarrollo de la Plataforma de Equipamiento conjunta
descrita en la cláusula siguiente, con el objetivo de permitir y facilitar el uso del
equipamiento que la integra al personal investigador del Instituto de Química Avanzada
de Cataluña (IQAC-CSIC) y de los grupos que componen el CIBER-BBN, así como de
otras instituciones públicas y empresas, de acuerdo con las tarifas establecidas en la
página web de NANBIOSIS www.nanbiosis.es.
Las terceras personas a las que se refiere el párrafo anterior no tienen la
consideración de parte del convenio ni asumen ningún tipo de obligación derivada del
mismo ni suponen un desarrollo ni una modificación del convenio.
cve: BOE-A-2024-25045
Verificable en https://www.boe.es
Primera.
Núm. 289
Sábado 30 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 163217
los siguientes nodos: las Plataformas de bioingeniería, biomateriales y nanomedicina de
CIBER, la Infraestructura Preclínica y de Desarrollo de Tecnologías de Mínima Invasión
del CCMIJU y el Instituto de Investigación Biomédica de Málaga y Plataforma en
Nanomedicina (IBIMA Plataforma BIONAND), lo cual ha quedado reflejado jurídicamente
en el convenio suscrito por las tres partes que entró en vigor tras su publicación en el
BOE el día 26 de octubre de 2020.
XII. Que esta Infraestructura NANBIOSIS sufrió una modificación en la composición
de sus nodos, al ser sustituido el Centro Andaluz de nanomedicina y Biotecnología
(BIONAND) por el Instituto de Investigación Biomédica de Málaga y Plataforma en
Nanomedicina (IBIMA. Plataforma BIONAND), hecho que quedó reflejado en la adenda
al convenio suscrita por las partes afectadas, que entró en vigor tras su inscripción en el
Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal el día 20 de octubre de 2022.
XIII. Que CIBER es propietario de aparatos y equipos destinados al desarrollo de
aplicaciones tecnológicas de investigación y a la creación de infraestructuras para
investigaciones biomédicas, cuyo uso será conforme con los Estatutos del CIBER que
las partes declaran conocer y que, actualmente, son los que se relacionan en el anexo 1.
XIV. Que el CSIC es titular de aparatos y equipos destinados al desarrollo de
aplicaciones tecnológicas y de investigación en el ámbito de la biomedicina, ubicados en
el IQAC-CSIC que actualmente se relacionan en el anexo 2.
XV. Que las partes, dentro de sus planes estratégicos, estando interesadas en
aunar esfuerzos, entre otras acciones, establecieron una colaboración de carácter
específico para constituir una Plataforma de Equipamiento, actualmente Unidad 12 de
Caracterización de Líquidos Nanoestructurados de NANBIOSIS, para lo cual firmaron
convenio de colaboración específico de creación de plataforma el 1 de diciembre
de 2010 y adenda de modificación de 1 de junio de 2013. Posteriormente, con el fin de
adecuar dicho convenio a la nueva normativa vigente en materia de convenios, las
partes firmaron uno nuevo el 6 de octubre de 2020, cuya entrada en vigor tuvo lugar
el 26 de octubre de ese mismo año.
XVI. Que, debido a que el convenio citado en el párrafo anterior llegará a su fin
próximo 26 de octubre de 2024, las partes deciden formalizar el presente convenio.
III.
Declaración de intenciones
Con base en los fines antes expuestos, es objetivo común a las partes impulsar la
investigación y están de acuerdo en regular, de forma específica, las condiciones de
funcionamiento y desarrollo de la Plataforma de Equipamiento conjunta, referida en los
Expositivos IX, X y XV.
En vista de todo lo anterior, las partes firman el presente convenio, que se regirá por
la buena fe y diligencia en sus actuaciones y por las siguientes.
CLÁUSULAS
Objeto del convenio.
El objeto del presente convenio es dar continuidad y regular, de forma específica, las
condiciones de funcionamiento y desarrollo de la Plataforma de Equipamiento conjunta
descrita en la cláusula siguiente, con el objetivo de permitir y facilitar el uso del
equipamiento que la integra al personal investigador del Instituto de Química Avanzada
de Cataluña (IQAC-CSIC) y de los grupos que componen el CIBER-BBN, así como de
otras instituciones públicas y empresas, de acuerdo con las tarifas establecidas en la
página web de NANBIOSIS www.nanbiosis.es.
Las terceras personas a las que se refiere el párrafo anterior no tienen la
consideración de parte del convenio ni asumen ningún tipo de obligación derivada del
mismo ni suponen un desarrollo ni una modificación del convenio.
cve: BOE-A-2024-25045
Verificable en https://www.boe.es
Primera.