Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-25042)
Resolución de 19 de noviembre de 2024, del Consorcio Centro de Investigación Biomédica en Red, por la que se publica el Convenio con la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., para la promoción e impulso de la investigación en el área temática de bioingeniería, biomateriales y nanomedicina. Unidad 03 de Nanbiosis.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 30 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 163184
II. Que CIBER es un Consorcio constituido por diversas instituciones y centros de
investigación con sede social en distintas Comunidades Autónomas, el CSIC y el
Instituto de Salud Carlos III, O.A, M.P., el cual, de conformidad con el artículo 2 de sus
estatutos, es uno de los instrumentos de los que dispone la Administración para alcanzar
las metas establecidas en la Estrategia Estatal y en los Planes Estatales de Investigación
Científica y Técnica y de Innovación, así como contempla que son finalidades
específicas del Consorcio las siguientes:
a) La realización de programas conjuntos de investigación, desarrollo e
innovación en las áreas temáticas de Bioingeniería, Biomateriales y
Nanomedicina (CIBERBBN); Enfermedades Raras (CIBERER); Enfermedades
Respiratorias (CIBERES); Enfermedades Hepáticas y Digestivas (CIBEREHD);
Epidemiología y Salud Pública (CIBERESP); Salud Mental (CIBERSAM); Diabetes y
Enfermedades Metabólicas (CIBERDEM); Fisiopatología de la Obesidad y
Nutrición (CIBEROBN); Fragilidad y Envejecimiento Saludable (CIBERFES);
Enfermedades Cardiovasculares (CIBERCV); y Cáncer (CIBERONC); Enfermedades
Neurodegenerativas (CIBERNED); Enfermedades Infecciosas (CIBERINFEC).
b) Contribuir a la resolución de los problemas de la asistencia sanitaria
relacionados con dichas áreas.
c) Promover la participación en actividades de investigación de carácter nacional y
especialmente de las incluidas en los Programas Marco Europeos de I+D+I.
d) Promover la transferencia y la explotación económica de resultados de los
procesos de investigación hacia la sociedad y en especial al sector productivo para
incrementar su competitividad.
e) Promover la difusión de sus actividades y la formación de investigadores
competitivos en el ámbito de cada área temática de investigación.
III. Que el CSIC es una entidad integrante de CIBER desde la creación del Centro
de Investigación Biomédica en Biomateriales, Bioingeniería y Nanomedicina, mediante
convenio de Colaboración de fecha 4 de diciembre de 2006, firmado por las instituciones
consorciadas a las que pertenecían los grupos de investigación seleccionados en la
Resolución de 30 de marzo de 2006.
IV. Que, con fecha 1 de enero de 2014 inició su actividad el Consorcio Centro de
Investigación Biomédica en Red (Consorcio CIBER), resultante de la unificación bajo la
misma persona jurídica de ocho de los nueve Ciber (en concreto, Ciber para el área
temática de Enfermedades Hepáticas y Digestivas (CIBEREHD); Ciber para el área
temática de Epidemiología y Salud Pública (CIBERESP); Ciber para el área temática de
Bioingeniería, Biomateriales y Nanomedicina (CIBERBBN); Ciber para el área temática
de Diabetes y Enfermedades Metabólicas (CIBERDEM); Ciber para el área temática de
Fisiopatología de la Obesidad y la Nutrición (CIBEROBN); Ciber para el área temática de
Salud Mental (CIBERSAM); Ciber para el área temática de Enfermedades
Respiratorias (CIBERES); y Ciber para el área temática de Enfermedades
Raras (CIBERER). El modelo adoptado para llevar a cabo el proceso de integración fue
el de fusión por absorción, de tal manera que uno de los consorcios (CIBERSAM),
manteniendo su personalidad jurídica, asumió todos los derechos y obligaciones
contraídos por los demás consorcios extinguidos, modificando además su denominación,
que pasó a ser Centro de Investigación Biomédica en Red. Posteriormente, con el fin de
adaptar su denominación a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, pasó a denominarse Consorcio Centro de Investigación
Biomédica en Red, M.P. Posteriormente, al suprimir la condición de medio propio, volvió
a cambiar su denominación a «Consorcio Centro de Investigación Biomédica en Red».
V. Que, con fecha 1 de enero de 2017, se incorporan a CIBER tres nuevas áreas
temáticas; Fragilidad y Envejecimiento Saludable (CIBERFES), Enfermedades
Cardiovasculares (CIBERCV) y Cáncer (CIBERONC) al amparo de la Orden
Ministerial ECC/1051/2013, de 7 de junio, por la que se aprueban las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones de la Acción Estratégica en
cve: BOE-A-2024-25042
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 289
Sábado 30 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 163184
II. Que CIBER es un Consorcio constituido por diversas instituciones y centros de
investigación con sede social en distintas Comunidades Autónomas, el CSIC y el
Instituto de Salud Carlos III, O.A, M.P., el cual, de conformidad con el artículo 2 de sus
estatutos, es uno de los instrumentos de los que dispone la Administración para alcanzar
las metas establecidas en la Estrategia Estatal y en los Planes Estatales de Investigación
Científica y Técnica y de Innovación, así como contempla que son finalidades
específicas del Consorcio las siguientes:
a) La realización de programas conjuntos de investigación, desarrollo e
innovación en las áreas temáticas de Bioingeniería, Biomateriales y
Nanomedicina (CIBERBBN); Enfermedades Raras (CIBERER); Enfermedades
Respiratorias (CIBERES); Enfermedades Hepáticas y Digestivas (CIBEREHD);
Epidemiología y Salud Pública (CIBERESP); Salud Mental (CIBERSAM); Diabetes y
Enfermedades Metabólicas (CIBERDEM); Fisiopatología de la Obesidad y
Nutrición (CIBEROBN); Fragilidad y Envejecimiento Saludable (CIBERFES);
Enfermedades Cardiovasculares (CIBERCV); y Cáncer (CIBERONC); Enfermedades
Neurodegenerativas (CIBERNED); Enfermedades Infecciosas (CIBERINFEC).
b) Contribuir a la resolución de los problemas de la asistencia sanitaria
relacionados con dichas áreas.
c) Promover la participación en actividades de investigación de carácter nacional y
especialmente de las incluidas en los Programas Marco Europeos de I+D+I.
d) Promover la transferencia y la explotación económica de resultados de los
procesos de investigación hacia la sociedad y en especial al sector productivo para
incrementar su competitividad.
e) Promover la difusión de sus actividades y la formación de investigadores
competitivos en el ámbito de cada área temática de investigación.
III. Que el CSIC es una entidad integrante de CIBER desde la creación del Centro
de Investigación Biomédica en Biomateriales, Bioingeniería y Nanomedicina, mediante
convenio de Colaboración de fecha 4 de diciembre de 2006, firmado por las instituciones
consorciadas a las que pertenecían los grupos de investigación seleccionados en la
Resolución de 30 de marzo de 2006.
IV. Que, con fecha 1 de enero de 2014 inició su actividad el Consorcio Centro de
Investigación Biomédica en Red (Consorcio CIBER), resultante de la unificación bajo la
misma persona jurídica de ocho de los nueve Ciber (en concreto, Ciber para el área
temática de Enfermedades Hepáticas y Digestivas (CIBEREHD); Ciber para el área
temática de Epidemiología y Salud Pública (CIBERESP); Ciber para el área temática de
Bioingeniería, Biomateriales y Nanomedicina (CIBERBBN); Ciber para el área temática
de Diabetes y Enfermedades Metabólicas (CIBERDEM); Ciber para el área temática de
Fisiopatología de la Obesidad y la Nutrición (CIBEROBN); Ciber para el área temática de
Salud Mental (CIBERSAM); Ciber para el área temática de Enfermedades
Respiratorias (CIBERES); y Ciber para el área temática de Enfermedades
Raras (CIBERER). El modelo adoptado para llevar a cabo el proceso de integración fue
el de fusión por absorción, de tal manera que uno de los consorcios (CIBERSAM),
manteniendo su personalidad jurídica, asumió todos los derechos y obligaciones
contraídos por los demás consorcios extinguidos, modificando además su denominación,
que pasó a ser Centro de Investigación Biomédica en Red. Posteriormente, con el fin de
adaptar su denominación a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, pasó a denominarse Consorcio Centro de Investigación
Biomédica en Red, M.P. Posteriormente, al suprimir la condición de medio propio, volvió
a cambiar su denominación a «Consorcio Centro de Investigación Biomédica en Red».
V. Que, con fecha 1 de enero de 2017, se incorporan a CIBER tres nuevas áreas
temáticas; Fragilidad y Envejecimiento Saludable (CIBERFES), Enfermedades
Cardiovasculares (CIBERCV) y Cáncer (CIBERONC) al amparo de la Orden
Ministerial ECC/1051/2013, de 7 de junio, por la que se aprueban las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones de la Acción Estratégica en
cve: BOE-A-2024-25042
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 289