Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. I. Disposiciones generales. Subvenciones. (BOE-A-2024-24843)
Real Decreto 1175/2024, de 28 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención al Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid para la construcción de un nuevo acceso a la autovía de circunvalación M-50 en el citado término municipal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 29 de noviembre de 2024

Sec. I. Pág. 160524

Con cargo a la mencionada subvención, el Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid ha
adjudicado un contrato para la ejecución de la obra de la fase 1 del citado enlace, cuyo
importe resultante ha sido de 6.582.069,50 euros.
Sin embargo, el 19 de junio de 2023, el Director de obras emitió una propuesta
técnica motivada por la que se justificaba la necesidad de realizar una modificación del
contrato. El 6 de julio del mismo año se emitió informe favorable a la modificación de las
obras por parte de la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid. La modificación
propuesta arroja un adicional al presupuesto del contrato de 987.244,60 euros.
Igualmente, se aprobó una segunda modificación del contrato para la ejecución de la
obra por valor de 2.349.642,00 euros.
Del mismo modo, y dadas las necesidades surgidas a lo largo del diseño y
ejecución de la obra, imposibles de prever en el momento de adjudicación de los
contratos, fue necesario acometer modificaciones adicionales. Así, se aprobaron dos
modificados del contrato de redacción del proyecto, que sumados al importe inicial de
adjudicación asciende a un valor de 594.804,24 euros. También se aprobó un
modificado del contrato de servicio para la dirección de obra y coordinación de
seguridad y salud, que sumado al importe inicial de adjudicación asciende a un total
de 187.054,08 euros.
Se adjudicaron, adicionalmente, dos contratos menores para la realización del
estudio geotécnico y el proyecto de la estructura, que suman un valor de 28.915 euros.
Por último, se adjudicó un contrato de obras para la ejecución de la estructura por valor
de 687.211,57 euros.
Dado que, como se ha señalado anteriormente, el compromiso asumido por parte
del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible con el Ayuntamiento de RivasVaciamadrid consistía en la financiación integra de las obras de construcción del
nuevo acceso a la M-50, el elevado importe de adjudicación de los contratos junto con
la aprobación de las modificaciones de los mismos, hace necesario aumentar la
cuantía de la subvención inicialmente concedida. Así, y de acuerdo a los datos
remitidos por el propio Ayuntamiento, el importe total de la obra asciende
a 11.416.940,99 euros.
Existen, por tanto, suficientes razones de interés general que justifican la
colaboración del Estado en la financiación de la totalidad de las obras de la fase 1.
La subvención regulada en este real decreto no está incluida en el Plan Estratégico
de Subvenciones vigente. No obstante, y tal y como se ha comentado con anterioridad,
existen suficientes motivos de interés público que justifican la aprobación de la
subvención a pesar de no estar incluida en el citado Plan Estratégico.
Esta norma se adecua a los principios de buena regulación previstos en el
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, entre otros, a los principios de necesidad y
eficacia, al estar justificada por razones de interés general; al principio de
transparencia, al identificarse claramente los fines perseguidos y resultar el
instrumento más adecuado para garantizar la consecución de sus objetivos; al
principio de eficiencia, pues no supone cargas administrativas accesorias y contribuye
a la gestión racional de los recursos públicos; así como a los principios de
proporcionalidad y seguridad jurídica, ya que la norma aborda los extremos exigidos
por las normas que regulan este tipo de subvención, estableciendo la regulación
necesaria de acuerdo con dicha normativa.
Este real decreto se dicta al amparo de la competencia que al Estado atribuye el
artículo 149.1.13.ª de la Constitución española, en materia de bases y coordinación de la
planificación general de la actividad económica.
En la tramitación de este real decreto se ha recabado informe del Ministerio de
Hacienda, de conformidad con el artículo 28.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
así como los informes de la Abogacía del Estado y de la Intervención Delegada en el
Departamento.

cve: BOE-A-2024-24843
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Núm. 288