Ministerio de Hacienda. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-24817)
Resolución de 19 de noviembre de 2024, de la Secretaría General de Fondos Europeos, por la que se publica la modificación y prórroga para los años 2025 y 2026 del Convenio con el Instituto de Nacional de Administración Pública, O.A., para el desarrollo de actuaciones formativas en materia de ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 287
Jueves 28 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 160300
Ambas partes se reconocen mutuamente plena capacidad de actuar en la
representación legal que ostentan para suscribir la presente adenda de prórroga y
modificación, y a tal fin,
EXPONEN
I. Que la Secretaria General de Fondos Europeos, conforme a lo dispuesto en el
artículo 22 del Real Decreto 206/2024, de 27 de febrero y en el artículo vigésimo
primero.1.f) de la Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de
competencias por la que se fijan los límites de las competencias de gestión
presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías
de Estado, es el órgano directivo al que le corresponde por delegación de la persona
titular de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, respecto al servicio 50
«Mecanismo de Recuperación y Resiliencia», la formalización de convenios atribuida a la
persona titular de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos.
II. Que entre los fines esenciales atribuidos al INAP en el artículo 2 de su Estatuto,
aprobado mediante Real Decreto 464/2011, de 1 de abril, figuran los de desarrollar y
ejecutar las políticas de selección y de formación de empleados públicos en el ámbito de
sus competencias; promover y realizar estudios, publicaciones e investigaciones en
materias relacionadas con la Administración Pública, y mantener relaciones de
cooperación y colaboración con otras Administraciones y centros de formación de
empleados públicos, nacionales e internacionales.
III. Que el INAP ha aprobado su Estrategia de Aprendizaje 2023-2024 que concede
un papel esencial a la conexión estratégica de la política de formación respecto de las
necesidades del desarrollo de las competencias gerenciales en las administraciones
públicas, incluido en el Subprograma de desempeño general. Actualmente está en
elaboración la Estrategia para el periodo 2025-2028, que plantea profundizar en este
planteamiento, entre otros.
IV. Que el 13 febrero de 2023 se suscribió convenio entre las partes con el objeto
de establecer el campo de cooperación relativo a la organización, programación,
elaboración de material docente y utilización de medios e instalaciones del INAP para el
desarrollo de actuaciones formativas en materia de ejecución del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia (en adelante, PRTR) durante el plazo de vigencia del
mismo.
V. Que el convenio fue objeto de inscripción en el Registro Electrónico estatal de
Órganos e Instrumentos de Cooperación el 14 de febrero de 2023, comenzando en esta
fecha el inicio de su vigencia. El convenio fue publicado en el BOE el 22 de febrero de 2023.
VI. Que dicho convenio se encuentra prorrogado por un año desde el día 16 de
diciembre del año 2023, prórroga publicada en el BOE del 27 de noviembre de 2023.
VII. Que los resultados obtenidos tras realizar las actuaciones recogidas en el convenio
han sido satisfactorios para ambas partes, habiéndose impulsado de manera decisiva la
difusión y conocimiento del PRTR entre los directivos, gestores, y ejecutores del mismo.
VIII. Que, de acuerdo con la cláusula séptima, antes de que la prórroga agote su
eficacia el día 15 de diciembre de 2024, las partes podrán acordar su prórroga, siempre
que dicho acuerdo se adopte antes del 15 de noviembre de 2024.
ACUERDAN
Primero.
Prórroga del convenio.
Las partes firmantes acuerdan la prórroga por dos años del convenio suscrito entre la
SGFE y el INAP para el desarrollo de actuaciones formativas en materia de ejecución del
PRTR. La prórroga del convenio tendrá plenos efectos desde el 16 de diciembre
de 2024, y extenderá su eficacia hasta el 15 de diciembre de 2026.
cve: BOE-A-2024-24817
Verificable en https://www.boe.es
De acuerdo lo anterior, las partes
Núm. 287
Jueves 28 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 160300
Ambas partes se reconocen mutuamente plena capacidad de actuar en la
representación legal que ostentan para suscribir la presente adenda de prórroga y
modificación, y a tal fin,
EXPONEN
I. Que la Secretaria General de Fondos Europeos, conforme a lo dispuesto en el
artículo 22 del Real Decreto 206/2024, de 27 de febrero y en el artículo vigésimo
primero.1.f) de la Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de
competencias por la que se fijan los límites de las competencias de gestión
presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías
de Estado, es el órgano directivo al que le corresponde por delegación de la persona
titular de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, respecto al servicio 50
«Mecanismo de Recuperación y Resiliencia», la formalización de convenios atribuida a la
persona titular de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos.
II. Que entre los fines esenciales atribuidos al INAP en el artículo 2 de su Estatuto,
aprobado mediante Real Decreto 464/2011, de 1 de abril, figuran los de desarrollar y
ejecutar las políticas de selección y de formación de empleados públicos en el ámbito de
sus competencias; promover y realizar estudios, publicaciones e investigaciones en
materias relacionadas con la Administración Pública, y mantener relaciones de
cooperación y colaboración con otras Administraciones y centros de formación de
empleados públicos, nacionales e internacionales.
III. Que el INAP ha aprobado su Estrategia de Aprendizaje 2023-2024 que concede
un papel esencial a la conexión estratégica de la política de formación respecto de las
necesidades del desarrollo de las competencias gerenciales en las administraciones
públicas, incluido en el Subprograma de desempeño general. Actualmente está en
elaboración la Estrategia para el periodo 2025-2028, que plantea profundizar en este
planteamiento, entre otros.
IV. Que el 13 febrero de 2023 se suscribió convenio entre las partes con el objeto
de establecer el campo de cooperación relativo a la organización, programación,
elaboración de material docente y utilización de medios e instalaciones del INAP para el
desarrollo de actuaciones formativas en materia de ejecución del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia (en adelante, PRTR) durante el plazo de vigencia del
mismo.
V. Que el convenio fue objeto de inscripción en el Registro Electrónico estatal de
Órganos e Instrumentos de Cooperación el 14 de febrero de 2023, comenzando en esta
fecha el inicio de su vigencia. El convenio fue publicado en el BOE el 22 de febrero de 2023.
VI. Que dicho convenio se encuentra prorrogado por un año desde el día 16 de
diciembre del año 2023, prórroga publicada en el BOE del 27 de noviembre de 2023.
VII. Que los resultados obtenidos tras realizar las actuaciones recogidas en el convenio
han sido satisfactorios para ambas partes, habiéndose impulsado de manera decisiva la
difusión y conocimiento del PRTR entre los directivos, gestores, y ejecutores del mismo.
VIII. Que, de acuerdo con la cláusula séptima, antes de que la prórroga agote su
eficacia el día 15 de diciembre de 2024, las partes podrán acordar su prórroga, siempre
que dicho acuerdo se adopte antes del 15 de noviembre de 2024.
ACUERDAN
Primero.
Prórroga del convenio.
Las partes firmantes acuerdan la prórroga por dos años del convenio suscrito entre la
SGFE y el INAP para el desarrollo de actuaciones formativas en materia de ejecución del
PRTR. La prórroga del convenio tendrá plenos efectos desde el 16 de diciembre
de 2024, y extenderá su eficacia hasta el 15 de diciembre de 2026.
cve: BOE-A-2024-24817
Verificable en https://www.boe.es
De acuerdo lo anterior, las partes