Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-24816)
Resolución de 14 de noviembre de 2024, de la Universidad Politécnica de Cataluña, por la que se convoca concurso selectivo para la provisión de puestos de trabajo de personal laboral.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 287
Jueves 28 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 160291
Se harán públicas las calificaciones obtenidas en las diferentes fases, con el nombre
y apellidos de las personas candidatas que han superado el ejercicio y con el DNI/NIE en
el caso de las personas que no lo han superado.
7.3
Desarrollo de las pruebas.
Para la realización de los ejercicios, las personas candidatas serán citadas en
convocatoria única y se excluirá del proceso selectivo a la persona que no comparezca,
excepto en casos de fuerza mayor debidamente acreditados y valorados por el órgano
convocante. En estos casos, el tribunal adaptará los medios para realizar estas pruebas
o en el caso que no sea posible puede posponer la realización de los ejercicios, de
acuerdo con los criterios de igualdad y proporcionalidad, siempre y cuando no conlleve
un retraso en el proceso selectivo que afecte al servicio público.
Al principio de cada prueba o ejercicio, el tribunal debe requerir en llamamiento único
la identificación de las personas aspirantes mediante la presentación del DNI, NIE o
pasaporte originales. La falta de identificación en el momento del llamamiento comporta
la exclusión automática del proceso selectivo.
La publicación de las listas, los anuncios, los criterios de valoración, los resultados y
los lugares de realización de las pruebas se efectuará en el tablón de anuncios
electrónico de la UPC y en el sitio web del Servicio de Acceso y Provisión en el apartado
correspondiente.
Cualquier comunicación de las personas candidatas con el tribunal o con el órgano
convocante debe realizarse mediante el correspondiente trámite de la Sede Electrónica
de la UPC.
En caso de que, en el transcurso del procedimiento selectivo, el tribunal advirtiera
que alguna de las personas aspirantes no cumple alguno de los requisitos necesarios
para participar en la convocatoria, lo comunicará al rector de la Universidad, que
adoptará las medidas pertinentes.
Cualquier persona que realice actos dirigidos a alterar el principio de igualdad y
méritos que debe regir todo proceso para acceder a puestos de trabajo o cargos públicos
quedará excluida del proceso selectivo.
Octava. Plazas reservadas a la integración social de personas con discapacidad.
8.1 Solo pueden acceder a estas plazas las personas aspirantes que así lo soliciten
y que, de conformidad con la legislación vigente, tengan reconocida por los órganos
competentes una discapacidad de grado igual o superior al 33 %. La acreditación de la
discapacidad se efectuará mediante certificado emitido por el correspondiente equipo de
valoración multiprofesional en los términos establecidos en las presentes bases.
8.2 El número de plazas reservadas en cada convocatoria y en cada uno de sus
turnos será el señalado en las respectivas bases específicas, sin perjuicio de las
previsiones sobre acumulación de plazas vacantes.
8.3 El desarrollo de estas pruebas será simultáneo al de las correspondientes a su
turno, excepto en el caso de que sea posible la adaptación de los medios de realización
del ejercicio de acuerdo con lo establecido en las presentes bases.
Resultado del proceso selectivo.
9.1 Una vez finalizada la calificación de las personas aspirantes, el tribunal
elaborará y publicará la relación de personas aprobadas, con indicación de la puntuación
global obtenida.
cve: BOE-A-2024-24816
Verificable en https://www.boe.es
Novena.
Núm. 287
Jueves 28 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 160291
Se harán públicas las calificaciones obtenidas en las diferentes fases, con el nombre
y apellidos de las personas candidatas que han superado el ejercicio y con el DNI/NIE en
el caso de las personas que no lo han superado.
7.3
Desarrollo de las pruebas.
Para la realización de los ejercicios, las personas candidatas serán citadas en
convocatoria única y se excluirá del proceso selectivo a la persona que no comparezca,
excepto en casos de fuerza mayor debidamente acreditados y valorados por el órgano
convocante. En estos casos, el tribunal adaptará los medios para realizar estas pruebas
o en el caso que no sea posible puede posponer la realización de los ejercicios, de
acuerdo con los criterios de igualdad y proporcionalidad, siempre y cuando no conlleve
un retraso en el proceso selectivo que afecte al servicio público.
Al principio de cada prueba o ejercicio, el tribunal debe requerir en llamamiento único
la identificación de las personas aspirantes mediante la presentación del DNI, NIE o
pasaporte originales. La falta de identificación en el momento del llamamiento comporta
la exclusión automática del proceso selectivo.
La publicación de las listas, los anuncios, los criterios de valoración, los resultados y
los lugares de realización de las pruebas se efectuará en el tablón de anuncios
electrónico de la UPC y en el sitio web del Servicio de Acceso y Provisión en el apartado
correspondiente.
Cualquier comunicación de las personas candidatas con el tribunal o con el órgano
convocante debe realizarse mediante el correspondiente trámite de la Sede Electrónica
de la UPC.
En caso de que, en el transcurso del procedimiento selectivo, el tribunal advirtiera
que alguna de las personas aspirantes no cumple alguno de los requisitos necesarios
para participar en la convocatoria, lo comunicará al rector de la Universidad, que
adoptará las medidas pertinentes.
Cualquier persona que realice actos dirigidos a alterar el principio de igualdad y
méritos que debe regir todo proceso para acceder a puestos de trabajo o cargos públicos
quedará excluida del proceso selectivo.
Octava. Plazas reservadas a la integración social de personas con discapacidad.
8.1 Solo pueden acceder a estas plazas las personas aspirantes que así lo soliciten
y que, de conformidad con la legislación vigente, tengan reconocida por los órganos
competentes una discapacidad de grado igual o superior al 33 %. La acreditación de la
discapacidad se efectuará mediante certificado emitido por el correspondiente equipo de
valoración multiprofesional en los términos establecidos en las presentes bases.
8.2 El número de plazas reservadas en cada convocatoria y en cada uno de sus
turnos será el señalado en las respectivas bases específicas, sin perjuicio de las
previsiones sobre acumulación de plazas vacantes.
8.3 El desarrollo de estas pruebas será simultáneo al de las correspondientes a su
turno, excepto en el caso de que sea posible la adaptación de los medios de realización
del ejercicio de acuerdo con lo establecido en las presentes bases.
Resultado del proceso selectivo.
9.1 Una vez finalizada la calificación de las personas aspirantes, el tribunal
elaborará y publicará la relación de personas aprobadas, con indicación de la puntuación
global obtenida.
cve: BOE-A-2024-24816
Verificable en https://www.boe.es
Novena.