Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-24825)
Resolución de 13 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Nicewind Partners, SL, de autorización administrativa previa de la instalación híbrida Araña (eólica y solar fotovoltaica), de 72,95 MW de potencia instalada, y de su infraestructura de evacuación, en las provincias de Burgos y Palencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 287
Jueves 28 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 160345
requirió al promotor la subsanación y mejora de la solicitud, confirmando que no ha
recibido la documentación requerida.
Con fecha 27 de enero de 2023, Nicewind Partners remite documentación relativa a
una serie de modificaciones introducidas en el proyecto, para lo que solicita autorización
administrativa previa.
Con fecha 30 de marzo de 2023, esta Dirección General da traslado del nuevo
expediente a las Dependencias del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del
Gobierno en Burgos y en Palencia, como órganos competentes para la tramitación del
expediente de solicitud de autorización conforme a lo dispuesto en el artículo 113 del
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Con fecha 5 de abril de 2023, Nicewind Partners remite nueva documentación, que
incluye modificaciones adicionales en el proyecto, sustituyendo al proyecto presentado
con fecha 27 de enero de 2023.
Con fecha 3 de mayo de 2023, esta Dirección General da traslado del tercer
expediente modificado a las Dependencias del Área de Industria y Energía de la
Subdelegación del Gobierno en Burgos y en Palencia, como órganos competentes para
la tramitación del expediente de solicitud de autorización conforme a lo dispuesto en el
artículo 113 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Con fecha 7 de febrero de 2024, se recibe el informe y el expediente de tramitación
de la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en
Burgos, complementado con fecha 4 de marzo de 2024.
Con fecha 22 de febrero de 2024, se recibe el informe y el expediente de tramitación
de del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Palencia.
Cuarto.
Evaluación de impacto ambiental practicada.
Con fecha 1 de marzo de 2024 se remite a la Subdirección General de Evaluación
Ambiental (SGEA) dicho expediente para inicio del procedimiento de evaluación de
impacto ambiental ordinaria, según lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley 21/2013, de 9
de diciembre, de evaluación ambiental, completado con fecha 26 de marzo de 2024.
La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental emite, con fecha 15 de julio
de 2024, resolución por la que formula declaración de impacto ambiental desfavorable
para el parque híbrido Araña (eólico y solar fotovoltaico), y su infraestructura de
evacuación asociada, al haberse identificado la posibilidad de impactos negativos
significativos sobre el medio ambiente para los que las medidas propuestas no presentan
garantía suficiente de su adecuada prevención, corrección o compensación (en adelante,
Declaración de Impacto Ambiental desfavorable). La citada resolución se encuentra
disponible en el siguiente enlace:
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2024-15338
Permisos de acceso y conexión.
El proyecto obtuvo permisos de acceso y conexión a la red de transporte mediante la
emisión de Informe de Viabilidad de Acceso a la Red (IVA), así como Informe de
Cumplimiento de Condiciones Técnicas de Conexión (ICCTC) e Informe de Verificación
de las Condiciones Técnicas de Conexión (IVCTC) en la subestación Vallejera 220 kV,
propiedad de Red Eléctrica de España, SAU.
Con fecha de 20 de septiembre de 2024 Red Eléctrica de España, SAU, comunica la
caducidad de los permisos de acceso y conexión otorgados en aplicación de lo dispuesto
en el Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en
materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
cve: BOE-A-2024-24825
Verificable en https://www.boe.es
Quinto.
Núm. 287
Jueves 28 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 160345
requirió al promotor la subsanación y mejora de la solicitud, confirmando que no ha
recibido la documentación requerida.
Con fecha 27 de enero de 2023, Nicewind Partners remite documentación relativa a
una serie de modificaciones introducidas en el proyecto, para lo que solicita autorización
administrativa previa.
Con fecha 30 de marzo de 2023, esta Dirección General da traslado del nuevo
expediente a las Dependencias del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del
Gobierno en Burgos y en Palencia, como órganos competentes para la tramitación del
expediente de solicitud de autorización conforme a lo dispuesto en el artículo 113 del
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Con fecha 5 de abril de 2023, Nicewind Partners remite nueva documentación, que
incluye modificaciones adicionales en el proyecto, sustituyendo al proyecto presentado
con fecha 27 de enero de 2023.
Con fecha 3 de mayo de 2023, esta Dirección General da traslado del tercer
expediente modificado a las Dependencias del Área de Industria y Energía de la
Subdelegación del Gobierno en Burgos y en Palencia, como órganos competentes para
la tramitación del expediente de solicitud de autorización conforme a lo dispuesto en el
artículo 113 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Con fecha 7 de febrero de 2024, se recibe el informe y el expediente de tramitación
de la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en
Burgos, complementado con fecha 4 de marzo de 2024.
Con fecha 22 de febrero de 2024, se recibe el informe y el expediente de tramitación
de del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Palencia.
Cuarto.
Evaluación de impacto ambiental practicada.
Con fecha 1 de marzo de 2024 se remite a la Subdirección General de Evaluación
Ambiental (SGEA) dicho expediente para inicio del procedimiento de evaluación de
impacto ambiental ordinaria, según lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley 21/2013, de 9
de diciembre, de evaluación ambiental, completado con fecha 26 de marzo de 2024.
La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental emite, con fecha 15 de julio
de 2024, resolución por la que formula declaración de impacto ambiental desfavorable
para el parque híbrido Araña (eólico y solar fotovoltaico), y su infraestructura de
evacuación asociada, al haberse identificado la posibilidad de impactos negativos
significativos sobre el medio ambiente para los que las medidas propuestas no presentan
garantía suficiente de su adecuada prevención, corrección o compensación (en adelante,
Declaración de Impacto Ambiental desfavorable). La citada resolución se encuentra
disponible en el siguiente enlace:
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2024-15338
Permisos de acceso y conexión.
El proyecto obtuvo permisos de acceso y conexión a la red de transporte mediante la
emisión de Informe de Viabilidad de Acceso a la Red (IVA), así como Informe de
Cumplimiento de Condiciones Técnicas de Conexión (ICCTC) e Informe de Verificación
de las Condiciones Técnicas de Conexión (IVCTC) en la subestación Vallejera 220 kV,
propiedad de Red Eléctrica de España, SAU.
Con fecha de 20 de septiembre de 2024 Red Eléctrica de España, SAU, comunica la
caducidad de los permisos de acceso y conexión otorgados en aplicación de lo dispuesto
en el Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en
materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
cve: BOE-A-2024-24825
Verificable en https://www.boe.es
Quinto.