Comunidad Autónoma de Canarias. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-24748)
Resolución de 15 de noviembre de 2024, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias, por la que se publican los Convenios con los Cabildos Insulares de Tenerife, Gran Canaria, La Gomera, El Hierro, La Palma, Fuerteventura y Lanzarote, por los que se instrumentalizan la concesión de subvención directa, para la implementación de las inversiones vinculadas al Programa «01 Equipamientos para cuidados centrados en la persona», contemplado en el marco del componente 22, objetivos 323 y 470, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 27 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 159492
julio de 2022 y del 2 de julio de 2024, y se recoge en el mismo que el instrumento jurídico
para ejecutar las acciones del programa «01 Equipamientos para cuidados centrados en
las personas» es la figura del convenio con entidades locales.
La presente subvención se concede de forma directa al Cabildo Insular de Tenerife,
al amparo de lo previsto en el artículo 21 del Decreto 36/2009, por el que se establece el
régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias y en los
artículos 22.2.c) y 28 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
A través de esta subvención se prevé la financiación de actuaciones consideradas de
interés público y social.
Existen razones de interés público y social que justifican la adjudicación directa de
subvenciones, dicho interés cristaliza en la necesidad de facilitar la renovación y
creación de un número determinado de plazas sociosanitarias y para el equipamiento
interno y entrada en funcionamiento en el sistema asistencial de la Isla que permita el
apoyo necesario en la economía de los cuidados y en el nuevo modelo de cuidados de
larga duración y colaborar con la institución insular en el fortalecimiento de la red
institucional de dependencia en nuestro país. En este sentido, estas subvenciones
permiten que, a través de estas inversiones en la creación o reforma de plazas
sociosanitarias de las entidades beneficiarias, estas puedan destinar más recursos al
desarrollo y ejecución de los distintos programas de contenido social, recursos que, de
otro modo, deberían ser destinados a afrontar estos gastos. Así, se considera que con
estas subvenciones se facilita que las entidades puedan desarrollar programas de
protección de los derechos sociales, así como abordar el resto de las necesidades
sociales en el conjunto del territorio insular.
Por otra parte, se hace necesario crear una oferta pública que de cobertura a la
elevada demanda de recursos asistenciales para la población de personas mayores,
dependientes o con discapacidad mediante la cual se puedan recibir los servicios
especializados a pesar de que se carezca de recursos económicos suficientes.
Asimismo dichas razones dificultan la convocatoria pública ya que tal y como se
refleja en el apartado f) del artículo 49 de la Ley 16/2019, de 2 de mayo, de Servicios
Sociales de Canarias, y en consonancia con la exigencia del artículo 21.6 del
Decreto 36/2009, le corresponde al Cabildo proveer, organizar y gestionar los servicios
especializados que por su naturaleza y características tengan carácter insular o
supramunicipal, de acuerdo con los criterios de su programación y los establecidos en la
planificación general de la Comunidad Autónoma de Canarias.
VI
Que, en base a los antecedentes señalados, se ha propuesto la suscripción de un
convenio por medio del cual se resolverá la concesión de una subvención al Cabildo
Insular de Tenerife para la implementación de las inversiones vinculadas al programa
«01 Equipamientos para cuidados centrados en la persona», contemplado en el marco
del Componente 22, objetivos 323 y 470, del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia de España, para proceder a la renovación o construcción de plazas en
centros residenciales, no residenciales y de día para adaptarlas al nuevo modelo de
cuidados de larga duración, con cargo a los fondos europeos «Next Generation EU»
procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia, en aplicación de los
artículos 22.2 y 28 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
y 21.1 b) del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen
general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, y por el cual se
acredita el interés público para la concesión de una subvención directa al Cabildo Insular
de Tenerife, ya que se trata de la única institución, a nivel insular, así establecida en el
artículo 49 de la Ley 16/2019, de 2 de mayo, de Servicios Sociales de Canarias, para el
desarrollo de plazas residenciales, no residenciales y de centros de día que permita
cumplir con los objetivos establecidos en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia vinculados al Componente 22.
cve: BOE-A-2024-24748
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 286
Miércoles 27 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 159492
julio de 2022 y del 2 de julio de 2024, y se recoge en el mismo que el instrumento jurídico
para ejecutar las acciones del programa «01 Equipamientos para cuidados centrados en
las personas» es la figura del convenio con entidades locales.
La presente subvención se concede de forma directa al Cabildo Insular de Tenerife,
al amparo de lo previsto en el artículo 21 del Decreto 36/2009, por el que se establece el
régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias y en los
artículos 22.2.c) y 28 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
A través de esta subvención se prevé la financiación de actuaciones consideradas de
interés público y social.
Existen razones de interés público y social que justifican la adjudicación directa de
subvenciones, dicho interés cristaliza en la necesidad de facilitar la renovación y
creación de un número determinado de plazas sociosanitarias y para el equipamiento
interno y entrada en funcionamiento en el sistema asistencial de la Isla que permita el
apoyo necesario en la economía de los cuidados y en el nuevo modelo de cuidados de
larga duración y colaborar con la institución insular en el fortalecimiento de la red
institucional de dependencia en nuestro país. En este sentido, estas subvenciones
permiten que, a través de estas inversiones en la creación o reforma de plazas
sociosanitarias de las entidades beneficiarias, estas puedan destinar más recursos al
desarrollo y ejecución de los distintos programas de contenido social, recursos que, de
otro modo, deberían ser destinados a afrontar estos gastos. Así, se considera que con
estas subvenciones se facilita que las entidades puedan desarrollar programas de
protección de los derechos sociales, así como abordar el resto de las necesidades
sociales en el conjunto del territorio insular.
Por otra parte, se hace necesario crear una oferta pública que de cobertura a la
elevada demanda de recursos asistenciales para la población de personas mayores,
dependientes o con discapacidad mediante la cual se puedan recibir los servicios
especializados a pesar de que se carezca de recursos económicos suficientes.
Asimismo dichas razones dificultan la convocatoria pública ya que tal y como se
refleja en el apartado f) del artículo 49 de la Ley 16/2019, de 2 de mayo, de Servicios
Sociales de Canarias, y en consonancia con la exigencia del artículo 21.6 del
Decreto 36/2009, le corresponde al Cabildo proveer, organizar y gestionar los servicios
especializados que por su naturaleza y características tengan carácter insular o
supramunicipal, de acuerdo con los criterios de su programación y los establecidos en la
planificación general de la Comunidad Autónoma de Canarias.
VI
Que, en base a los antecedentes señalados, se ha propuesto la suscripción de un
convenio por medio del cual se resolverá la concesión de una subvención al Cabildo
Insular de Tenerife para la implementación de las inversiones vinculadas al programa
«01 Equipamientos para cuidados centrados en la persona», contemplado en el marco
del Componente 22, objetivos 323 y 470, del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia de España, para proceder a la renovación o construcción de plazas en
centros residenciales, no residenciales y de día para adaptarlas al nuevo modelo de
cuidados de larga duración, con cargo a los fondos europeos «Next Generation EU»
procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia, en aplicación de los
artículos 22.2 y 28 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
y 21.1 b) del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen
general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, y por el cual se
acredita el interés público para la concesión de una subvención directa al Cabildo Insular
de Tenerife, ya que se trata de la única institución, a nivel insular, así establecida en el
artículo 49 de la Ley 16/2019, de 2 de mayo, de Servicios Sociales de Canarias, para el
desarrollo de plazas residenciales, no residenciales y de centros de día que permita
cumplir con los objetivos establecidos en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia vinculados al Componente 22.
cve: BOE-A-2024-24748
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 286