Comunidad Autónoma Del País Vasco. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Escala de personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional. (BOE-A-2024-24705)
Orden de 11 de noviembre de 2024, del Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, por la que se convocan procesos selectivos para el acceso, por el sistema general de acceso libre, a la Subescala de Secretaría, categoría de Entrada, de la Escala de personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 286

Miércoles 27 de noviembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 159322

puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la
Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo.
Segunda.

Principio de igualdad de mujeres y hombres.

La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de mujeres y
hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la
Constitución; el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; la Ley
Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y el
texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de
Violencia Machista contra las Mujeres, aprobado por Decreto Legislativo 1/2023, de 16
de marzo.
Tercera.

Descripción de las plazas.

Se convocan pruebas selectivas para cubrir 20 plazas por el sistema libre de
personal funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional,
subescala de Secretaría, categoría de entrada.
Del total de plazas convocadas, una queda reservada para quienes tengan la
condición legal de personas con discapacidad general con un grado de discapacidad
igual o superior al 33 %. La opción a estas plazas reservadas habrá de formularse en la
solicitud de participación en la convocatoria. Quienes soliciten participar por el cupo de
reserva de personas con discapacidad únicamente podrán presentarse por este cupo. El
incumplimiento de esta norma determinará la exclusión de la persona aspirante.
En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes con discapacidad que se
haya presentado por el cupo de reserva superase el ejercicio correspondiente, pero no
obtuviese plaza y su puntuación fuese superior a la obtenida por otras personas
aspirantes del sistema de acceso general, esta será incluida por su orden de puntación
en el sistema de acceso general.
De acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el
que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las
personas con discapacidad, en los procesos de acceso mediante ingreso libre, las plazas
reservadas para personas con discapacidad que queden desiertas no se podrán
acumular al sistema general. No obstante, si las plazas reservadas y que han sido
cubiertas por las personas con discapacidad no alcanzaran la tasa del tres por ciento de
las plazas convocadas, las plazas no cubiertas se acumularán al cupo del cinco por
ciento de la oferta siguiente, con un límite máximo del 10 por ciento.
Cuarta.

Proceso selectivo.

Quinta.

Desarrollo del proceso selectivo.

5.1 Las personas aspirantes serán convocadas en llamamiento único para cada
ejercicio, quedando decaídos de su derecho quienes no comparezcan a realizarlo, sin
perjuicio de lo dispuesto en la base general décima. En el caso de tener que realizarse
algún ejercicio en llamamiento extraordinario este se realizaría en la sede del Instituto
Vasco de Administración Pública.

cve: BOE-A-2024-24705
Verificable en https://www.boe.es

El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición, con las
valoraciones, ejercicios y las calificaciones que se especifican en los anexos II y III.
Este proceso incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de este
curso selectivo, las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán
nombradas personal funcionario en prácticas por la Consejera de Gobernanza,
Administración Digital y Autogobierno.