Comunidad Autónoma Del País Vasco. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Escala de personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional. (BOE-A-2024-24702)
Orden de 11 de noviembre de 2024, del Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, por la que se convocan procesos selectivos para el acceso, por el sistema general de acceso libre, a la Subescala de Intervención-Tesorería, categoría de Entrada, de la Escala de personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 286
Miércoles 27 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 159250
no cumplir los requisitos exigidos para el desempeño del puesto, entre los que se
encuentra el requisito del perfil lingüístico cuando éste sea preceptivo.
16.3 Los nombramientos deberán publicarse en el «Boletín Oficial del País Vasco»
y en el «Boletín Oficial del Estado».
Decimoséptima. Elaboración de relaciones de personas candidatas para la provisión
con carácter interino de puestos reservados a la Subescala de Intervención-Tesorería,
categoría de Entrada.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 53 del Real Decreto 128/2018, de 16
de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración
Local con habilitación de carácter nacional, la Dirección de Relaciones con las
Administraciones Locales y Registros Administrativos elaborará una relación de
personas candidatas que, no habiendo superado el proceso selectivo correspondiente,
hayan aprobado el primer ejercicio de las pruebas selectivas y que estén interesadas en
componer la relación de personas candidatas de la Comunidad Autónoma de Euskadi
para ocupar puestos reservados a personal funcionario de Administración Local con
habilitación de carácter nacional de la Subescala de Intervención-Tesorería, categoría de
Entrada.
El orden de prelación en las listas se realizará conforme a lo indicado en la
Orden TFP/297/2019, de 7 de marzo, por la que se establece el procedimiento de
elaboración de relaciones de candidatos de las subescalas de la Escala de funcionarios
de Administración Local con habilitación de carácter nacional, a los efectos de su
inclusión en las listas que constituyan las Comunidades Autónomas para la provisión con
carácter interino de puestos reservados a funcionarios de Administración Local con
habilitación de carácter nacional.
Para poder encontrarse en la relación de personas candidatas será necesario haber
superado el primer ejercicio de la fase de oposición.
Decimoctava.
Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 21.1 del texto refundido de la Ley para la
Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres,
aprobado por Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, no se aplicará la cláusula de
desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres
en Subescala de Intervención-Tesorería, categoría de Entrada, de la escala de personal
funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, no dándoles
prioridad.
Protección y gestión de los datos del proceso selectivo.
El tratamiento de la información se ajustará a lo establecido en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales, y en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del
Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que
respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el
que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), así
como la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas y de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público y demás disposiciones que resulten de aplicación.
Los datos personales recogidos en la solicitud de admisión serán tratados con la
finalidad de la gestión de las pruebas selectivas y las comunicaciones necesarias para
ello y del análisis y estudio de los datos relativos a estos procesos selectivos.
El nombre, apellidos y número del documento de identidad se publicarán respetando
la anonimización exigida en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales. El Instituto Vasco de
cve: BOE-A-2024-24702
Verificable en https://www.boe.es
Decimonovena.
Núm. 286
Miércoles 27 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 159250
no cumplir los requisitos exigidos para el desempeño del puesto, entre los que se
encuentra el requisito del perfil lingüístico cuando éste sea preceptivo.
16.3 Los nombramientos deberán publicarse en el «Boletín Oficial del País Vasco»
y en el «Boletín Oficial del Estado».
Decimoséptima. Elaboración de relaciones de personas candidatas para la provisión
con carácter interino de puestos reservados a la Subescala de Intervención-Tesorería,
categoría de Entrada.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 53 del Real Decreto 128/2018, de 16
de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración
Local con habilitación de carácter nacional, la Dirección de Relaciones con las
Administraciones Locales y Registros Administrativos elaborará una relación de
personas candidatas que, no habiendo superado el proceso selectivo correspondiente,
hayan aprobado el primer ejercicio de las pruebas selectivas y que estén interesadas en
componer la relación de personas candidatas de la Comunidad Autónoma de Euskadi
para ocupar puestos reservados a personal funcionario de Administración Local con
habilitación de carácter nacional de la Subescala de Intervención-Tesorería, categoría de
Entrada.
El orden de prelación en las listas se realizará conforme a lo indicado en la
Orden TFP/297/2019, de 7 de marzo, por la que se establece el procedimiento de
elaboración de relaciones de candidatos de las subescalas de la Escala de funcionarios
de Administración Local con habilitación de carácter nacional, a los efectos de su
inclusión en las listas que constituyan las Comunidades Autónomas para la provisión con
carácter interino de puestos reservados a funcionarios de Administración Local con
habilitación de carácter nacional.
Para poder encontrarse en la relación de personas candidatas será necesario haber
superado el primer ejercicio de la fase de oposición.
Decimoctava.
Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 21.1 del texto refundido de la Ley para la
Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres,
aprobado por Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, no se aplicará la cláusula de
desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres
en Subescala de Intervención-Tesorería, categoría de Entrada, de la escala de personal
funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, no dándoles
prioridad.
Protección y gestión de los datos del proceso selectivo.
El tratamiento de la información se ajustará a lo establecido en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales, y en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del
Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que
respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el
que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), así
como la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas y de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público y demás disposiciones que resulten de aplicación.
Los datos personales recogidos en la solicitud de admisión serán tratados con la
finalidad de la gestión de las pruebas selectivas y las comunicaciones necesarias para
ello y del análisis y estudio de los datos relativos a estos procesos selectivos.
El nombre, apellidos y número del documento de identidad se publicarán respetando
la anonimización exigida en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales. El Instituto Vasco de
cve: BOE-A-2024-24702
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Decimonovena.