Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-24659)
Resolución de 18 de noviembre de 2024, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Zaragoza, para la organización conjunta del Encuentro I/2025 y dos conciertos de la Joven Orquesta Nacional de España en Zaragoza.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 285
Martes 26 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 159011
edición, se remitirán al Departamento de Comunicación de la JONDE las pruebas de los
referidos materiales.
Según acuerdo entre las partes se contemplará la grabación del concierto por quien
se acuerde previamente una vez resulte eficaz el presente convenio; y, asimismo, se
autoriza a Zaragoza Cultural a facilitar a cualquier medio de comunicación o difusión la
grabación de diez minutos de la actuación para una emisión de tres minutos con fines
exclusivamente informativos. Igualmente se autoriza a Zaragoza Cultural a realizar una
grabación audiovisual del concierto íntegro, con fines de archivo.
Quinta.
Derechos de imagen.
El INAEM declara expresamente disponer de poderes para la transmisión de los
derechos a los que se refiere el párrafo siguiente, en nombre del director invitado,
director asistente, del grupo de profesores/as invitados/as y de los/as músicos/as de
la JONDE.
El director invitado, el director asistente, así como el grupo de profesores/as
invitados/as, y los/las músicos/as de la JONDE están de acuerdo en que tanto en los
ensayos como en el concierto se puedan realizar fotografías y grabaciones
audiovisuales. Siempre que por sus prestaciones se generen derechos de autor,
derechos prestacionales u otros derechos sobre las fotografías y/o las grabaciones
audiovisuales del director invitado, del director asistente, así como del grupo de
profesores/as invitados/as y de los/las músicos/as de la orquesta, por la presente ceden
a Zaragoza Cultural, previa autorización de la JONDE, todos los derechos de uso de sus
prestaciones, sin límite de espacio ni de tiempo, de forma irrevocable y con efecto a
partir del momento en que se generen, en forma de derechos no exclusivos, con fines
informativos y de archivo.
Estos derechos de uso los pueden utilizar Zaragoza Cultural y la JONDE para el
amplio aprovechamiento no comercial de las fotos y de las grabaciones audiovisuales,
así como de partes de ellas, en todos los medios de comunicación y para cometidos de
relaciones públicas de Zaragoza Cultural, no contemplándose para ello ninguna
remuneración adicional.
Sexta. Control y seguimiento.
Se establece una Comisión de Seguimiento a la que le corresponde el control de las
actividades que deben desarrollarse en ejecución del presente convenio, así como
resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse, que
estará integrada por las siguientes personas: por parte del INAEM, por el/la titular de la
dirección artística de la JONDE y el/la titular de la gerencia de la JONDE o personas en
quienes deleguen; y, por parte de Zaragoza Cultural, por el/la titular de la Dirección del
Auditorio de Zaragoza Princesa Leonor o persona en quien delegue.
Coordinación en materia de prevención de riesgos laborales.
Zaragoza Cultural certifica que cumple con los requisitos que impone la normativa
sobre Prevención de Riesgos Laborales. Por ello asume el compromiso de comunicar
al INAEM los riesgos que su trabajo en las dependencias del Auditorio de Zaragoza
Princesa Leonor pueda generar, así como las medidas preventivas que deben adoptarse
para evitarlos o controlarlos, según el Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se
desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de
Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales.
El INAEM no será responsable de los posibles accidentes que pudieran acontecer a
cualquier persona afecta a Zaragoza Cultural, salvo que sean consecuencia directa de
un daño imputable al personal del INAEM.
El INAEM, a través de la JONDE, se compromete a cumplir todas las instrucciones
dictadas por Zaragoza Cultural, según se establece en la Ley 31/1995, de 8 de
cve: BOE-A-2024-24659
Verificable en https://www.boe.es
Séptima.
Núm. 285
Martes 26 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 159011
edición, se remitirán al Departamento de Comunicación de la JONDE las pruebas de los
referidos materiales.
Según acuerdo entre las partes se contemplará la grabación del concierto por quien
se acuerde previamente una vez resulte eficaz el presente convenio; y, asimismo, se
autoriza a Zaragoza Cultural a facilitar a cualquier medio de comunicación o difusión la
grabación de diez minutos de la actuación para una emisión de tres minutos con fines
exclusivamente informativos. Igualmente se autoriza a Zaragoza Cultural a realizar una
grabación audiovisual del concierto íntegro, con fines de archivo.
Quinta.
Derechos de imagen.
El INAEM declara expresamente disponer de poderes para la transmisión de los
derechos a los que se refiere el párrafo siguiente, en nombre del director invitado,
director asistente, del grupo de profesores/as invitados/as y de los/as músicos/as de
la JONDE.
El director invitado, el director asistente, así como el grupo de profesores/as
invitados/as, y los/las músicos/as de la JONDE están de acuerdo en que tanto en los
ensayos como en el concierto se puedan realizar fotografías y grabaciones
audiovisuales. Siempre que por sus prestaciones se generen derechos de autor,
derechos prestacionales u otros derechos sobre las fotografías y/o las grabaciones
audiovisuales del director invitado, del director asistente, así como del grupo de
profesores/as invitados/as y de los/las músicos/as de la orquesta, por la presente ceden
a Zaragoza Cultural, previa autorización de la JONDE, todos los derechos de uso de sus
prestaciones, sin límite de espacio ni de tiempo, de forma irrevocable y con efecto a
partir del momento en que se generen, en forma de derechos no exclusivos, con fines
informativos y de archivo.
Estos derechos de uso los pueden utilizar Zaragoza Cultural y la JONDE para el
amplio aprovechamiento no comercial de las fotos y de las grabaciones audiovisuales,
así como de partes de ellas, en todos los medios de comunicación y para cometidos de
relaciones públicas de Zaragoza Cultural, no contemplándose para ello ninguna
remuneración adicional.
Sexta. Control y seguimiento.
Se establece una Comisión de Seguimiento a la que le corresponde el control de las
actividades que deben desarrollarse en ejecución del presente convenio, así como
resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse, que
estará integrada por las siguientes personas: por parte del INAEM, por el/la titular de la
dirección artística de la JONDE y el/la titular de la gerencia de la JONDE o personas en
quienes deleguen; y, por parte de Zaragoza Cultural, por el/la titular de la Dirección del
Auditorio de Zaragoza Princesa Leonor o persona en quien delegue.
Coordinación en materia de prevención de riesgos laborales.
Zaragoza Cultural certifica que cumple con los requisitos que impone la normativa
sobre Prevención de Riesgos Laborales. Por ello asume el compromiso de comunicar
al INAEM los riesgos que su trabajo en las dependencias del Auditorio de Zaragoza
Princesa Leonor pueda generar, así como las medidas preventivas que deben adoptarse
para evitarlos o controlarlos, según el Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se
desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de
Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales.
El INAEM no será responsable de los posibles accidentes que pudieran acontecer a
cualquier persona afecta a Zaragoza Cultural, salvo que sean consecuencia directa de
un daño imputable al personal del INAEM.
El INAEM, a través de la JONDE, se compromete a cumplir todas las instrucciones
dictadas por Zaragoza Cultural, según se establece en la Ley 31/1995, de 8 de
cve: BOE-A-2024-24659
Verificable en https://www.boe.es
Séptima.